BOLETÍN Nº 254 - 23 de diciembre de 2025

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LERÍN

Aprobación definitiva del Reglamento de presupuestos participativos

El Pleno del Ayuntamiento de Lerín, en sesión celebrada el día 6 de octubre de 2025, aprobó inicialmente el Reglamento de presupuestos participativos.

El acuerdo de aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 210, de 21 de octubre de 2025.

Durante el plazo de exposición pública no se han producido alegaciones. Queda aprobado definitivamente el citado reglamento y se publica su texto íntegro.

Normativa aplicable: Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, artículo 325.

Lerín, 10 de diciembre de 2025.–La alcaldesa, María Esmeralda Masó Cabezón.

REGLAMENTO DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS

Introducción

Los Presupuestos Participativos de Lerín suponen una apuesta por la gestión municipal pública y trasparente. Son una herramienta de participación y gestión del ayuntamiento mediante la cual los lerineses y las lerinesas pueden proponer y decidir sobre una parte de los presupuestos municipales.

El Presupuesto Participativo de Lerín tiene como objetivo principal generar un espacio ciudadano de debate y decisión entre todo el pueblo, con el fin de establecer las principales demandas y preocupaciones de sus vecinos y vecinas para poder canalizarlas a través de propuestas de actividades, inversiones, programas y servicios. Las propuestas elegidas por votación popular serán beneficiarias de la partida de los Presupuestos Municipales habilitada para este fin y se realizará un seguimiento presupuestario para su correcta ejecución.

Este reglamento es el documento que establece las normas y reglas que regirán el proceso del Presupuesto Participativo de cada año, estableciendo todos los pasos y acciones a seguir para su desarrollo.

Este documento se ha elaborado a partir de las opiniones, acuerdos y decisiones generadas en los diferentes espacios de reunión y trabajo llevados a cabo con todo el tejido asociativo del pueblo de forma participativa. Se trata de un documento dinámico que se evaluará cada año con el fin de realizar las modificaciones que se entiendan necesarias, asegurando su adaptación y evolución a las demandas ciudadanas. Asimismo, se trata de un documento vinculante para el Ayuntamiento de Lerín, que deberá velar por su cumplimiento anualmente.

Artículo 1. Ámbito territorial y competencial.

Las propuestas que se presenten y que, por tanto, sean elegidas para su ejecución deberán ser desarrolladas en su integridad en el término municipal de Lerín.

Asimismo, estas propuestas de actividades, inversiones o iniciativas se corresponderán con asuntos de competencia municipal. No serán aceptadas propuestas sobre temas cuya competencia corresponda a otras administraciones (Gobierno de Navarra, Gobierno de España) ni a ningún fin privativo.

Artículo 2. Participantes en los Presupuestos Participativos.

Podrán presentar las propuestas para participar en los Presupuestos Participativos cualquier persona empadronada en Lerín, mayor de 16 años.

Las personas que sean concejales o personal técnico municipal no podrán presentar propuestas, salvaguardando que sea un proceso netamente ciudadano.

Las personas proponentes podrán actuar a título individual o en representación de una entidad colectiva del pueblo.

Para la votación de las propuestas, podrán ejercer este derecho toda persona empadronada en Lerín con una edad mínima de 16 años cumplidos.

Artículo 3. Órganos de los Presupuestos Participativos.

Los órganos de los Presupuestos Participativos de Lerín han surgido del proceso participativo llevado a cabo para la elaboración de este Reglamento. Estos órganos son:

–La Asamblea ciudadana.

–El grupo motor.

–El ayuntamiento.

Artículo 4. De la Asamblea Ciudadana.

La Asamblea Ciudadana es un espacio de intercambio, análisis, debate y decisión sobre el proceso de los Presupuestos Participativos de Lerín que se convocará, con carácter ordinario, una vez al año.

En la Asamblea Ciudadana podrá participar, con voz y voto, todas las personas empadronadas en Lerín, a partir de los 16 años cumplidos.

Para su convocatoria y desarrollo contarán con el apoyo del ayuntamiento.

El horario, lugar, fecha y orden del día de las reuniones de las asambleas ciudadanas serán fijados por el Grupo motor del proceso. Las convocatorias se harán públicas para el conocimiento de todas las personas que tienen derecho a participar en las mismas.

Las funciones de la Asamblea ciudadana son:

–Recibir información previa del proceso de Presupuestos Participativos cada año.

–Realizar una valoración del proceso de Presupuestos Participativos realizado en el ejercicio anterior y, en su caso, proponer cambios a este reglamento.

–Divulgar a todo el pueblo el proceso participativo: calendario y sistema de presentación y de votación de las propuestas.

Artículo 5. Del Grupo motor.

El Grupo motor es un grupo de trabajo, integrado por 4 representantes de las asociaciones y entidades del pueblo y 3 representantes del ayuntamiento, uno por cada grupo municipal. En ningún caso la representación del ayuntamiento podrá ser mayoritaria en su composición.

Tendrán derecho a participar en el Grupo motor los 4 representantes elegidos por las asociaciones o entidades que realicen sus actividades en Lerín y hayan solicitado formar parte del mismo al ayuntamiento.

Cada representante del Grupo motor tendrá derecho a un solo voto a la hora de tomar decisiones en este órgano.

Las funciones del Grupo motor son:

–La divulgación, dinamización, el seguimiento y la coordinación durante todo el proceso de los Presupuestos Participativos de cada año, en base a lo establecido en este reglamento.

–A propuesta del ayuntamiento, establecer cada año el calendario y forma de presentación y votación de los Presupuestos Participativos.

–Hacer el seguimiento de la ejecución de las propuestas elegidas y vigilar el cumplimiento de los compromisos alcanzados en el proceso.

–Proponer al ayuntamiento modificaciones al reglamento de los Presupuestos Participativos.

Se realizarán tantas reuniones del Grupo motor como se estimen necesarias en cada proceso anual de Presupuestos Participativos. El horario, lugar y fecha de las reuniones serán fijados por el ayuntamiento.

Las reuniones estarán presididas por una persona asistente a la reunión que sea representante de la parte social. Podrá ayudarse de otra persona que actuará en funciones de secretario/a que elaborará el acta de la reunión, para su remisión a todas las personas integrantes del Grupo motor. En ningún caso las reuniones podrán ser presididas por un/a concejal/a.

Artículo 6. Del ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Lerín, como responsable político de la gestión de los fondos públicos municipales, es el encargado de aprobar el desarrollo de todo el proceso de los Presupuestos Participativos, en base a las propuestas planteadas por la Asamblea ciudadana y el Grupo motor.

El ayuntamiento podrá decidir si la toma de los acuerdos pertinentes corresponde al Pleno municipal o a la correspondiente comisión, por delegación.

En concreto, corresponde al ayuntamiento:

–Aprobar el reglamento de los Presupuestos Participativos y sus posibles modificaciones, en base a las propuestas planteadas por el Grupo motor.

–Acordar en los Presupuestos municipales la cuantía de la partida correspondiente a los Presupuestos Participativos del ejercicio correspondiente.

Proponer cada año al Grupo motor el calendario y forma de presentación y votación de los Presupuestos Participativos, cumpliendo con lo establecido en este reglamento.

Validar técnica, jurídica y económicamente las propuestas presentadas para su inclusión o no en el proceso de votación. En el caso de no validar alguna de las propuestas presentadas, el ayuntamiento elaborará un informe motivado que justifique su no inclusión que se dará cuenta al Grupo motor y a las personas afectadas.

Gestionar la recepción y el pago de las facturas correspondientes a los gastos de las propuestas elegidas en el proceso participativo. Todas las facturas deberán tener como destinatario el Ayuntamiento de Lerín.

Artículo 7. Características de las propuestas.

Podrán presentarse a la convocatoria anual de los Presupuestos Participativos cualquier tipo de propuesta que, cumpliendo con este reglamento, suponga una mejora social, cultural, deportiva, ambiental y/o patrimonial para el municipio de Lerín y/o para el conjunto de sus vecinos y vecinas.

Las propuestas deberán ser de ámbito y competencia municipal. En las mismas se definirá su ubicación física y/o ámbito de actuación. En todo caso, deberá tener carácter de libre acceso, tránsito y/o uso público. No se admitirán las propuestas que vayan dirigidas a inversiones, actividades o gastos corrientes de titularidad privada que no estén dirigidas y/o abiertas a la participación de todo el vecindario.

Deberán ejecutarse en el ejercicio presupuestario correspondiente a la convocatoria anual. En el caso de propuestas de carácter plurianual, estas deberán presentarse para su ejecución por fases de ejecución anual y sometidas a votación de forma independiente.

Artículo 8. Del gasto destinado a los Presupuestos Participativos.

El Ayuntamiento de Lerín se compromete a incorporar anualmente una partida de gasto destinado a los Presupuestos Participativos en sus Presupuestos Municipales.

La cuantía anual se establecerá por el Pleno del ayuntamiento, previa información al Grupo motor de su previsión.

Las cuantías del gasto municipal destinado al proceso de los Presupuestos Participativos se harán públicas y se difundirán, junto al resto de información del proceso, antes de abrir los plazos para la presentación de las propuestas por parte de la ciudadanía.

Artículo 9. De la presentación de las propuestas.

La presentación de las propuestas ciudadanas se realizará dentro del plazo establecido por el Grupo motor y a través de los canales y medios destinados a la recogida de éstas.

La presentación de las propuestas se realizará mediante la entrega en tiempo y forma de un formulario básico, breve y sencillo, que explique sus principales características (nombre de la propuesta, descripción, finalidad, presupuesto y observaciones) e identifique a la/s persona/s y/o entidad/es que las proponen (nombre, NIF, dirección, teléfono y/o correo electrónico).

Este formulario será uniforme para todas las propuestas. Para ello, dicho formulario será distribuido tanto en papel como en archivo virtual por todos los medios disponibles al conjunto de la ciudadanía de Lerín.

Se establece un importe máximo de 5.000 euros para cada propuesta, con el objetivo de que resulte elegida más de una iniciativa en cada votación anual de los presupuestos participativos.

La propuesta debe incorporar un presupuesto real del gasto, concretado a través de una información técnica o personal cualificado que avale el importe indicado.

Cada persona o entidad puede presentar tantas propuestas como considere oportuno.

En el caso de presentarse varias propuestas dirigidas a un mismo fin, el Grupo motor puede unificarlas en una sola propuesta, notificando esta circunstancia a las personas o entidades proponentes.

Para facilitar la presentación del formulario, se contará con la ayuda del personal técnico municipal, al que poder recurrir para solicitar ayuda o aclaraciones.

Artículo 10. De la valoración y selección de las propuestas.

Se crea una Comisión de Viabilidad compuesta por el Grupo motor y el personal técnico necesario para la evaluación técnica, jurídica y económica de las propuestas.

Dicha comisión tiene la función de seleccionar las propuestas que serán puestas a votación por la población de Lerín. Su cometido será reunirse una vez que se hayan recogido las propuestas y mediante criterios técnicos, económicos, jurídicos, de mayor interés social y plazo de ejecución, definir cuáles son viables y cuáles no, y seleccionar las que se someterán a votación. La Comisión de Viabilidad deberá realizar un informe público explicando tanto sus valoraciones positivas como negativas, puntuándolas de mayor a menor interés para seleccionar las que se someterán a votación. Su dictamen no podrá ser recurrido.

Todas las propuestas validadas por el Grupo motor serán divulgadas al conjunto de la ciudadanía antes del inicio de la votación de las mismas. A tal fin, se habilitará una página dentro de la web municipal donde se colgarán todas las propuestas presentadas con su contenido y coste económico. La dirección de esta página será divulgada a través de todos los medios de comunicación que disponga el ayuntamiento (correos electrónicos, redes sociales, grupos de Whatsapp…).

Artículo 11. De la votación de las propuestas.

En las fechas y horarios que determine el Grupo motor se procederá a la votación de las propuestas presentadas por las personas empadronadas en Lerín. Se requiere tener al menos 16 años para ejercer el derecho a voto, y cada persona deberá identificarse con su número de DNI o NIE.

Cada persona solo podrá votar por una única propuesta de entre las validadas y que hayan sido divulgadas.

La votación online se realizará mediante un sistema de doble comprobación. En primer lugar, cada persona introducirá su número de DNI o NIE, su fecha de nacimiento y una dirección de correo electrónico válido en el formulario establecido junto con la propuesta elegida. Inmediatamente a que haya enviado su voto, recibirá un correo electrónico en la dirección indicada que deberá validar para que su voto sea computado. Solamente se podrá utilizar una misma dirección de correo electrónico para la emisión del voto de dos personas diferentes.

Asimismo, se establece un sistema de votación presencial de las propuestas, para facilitar la participación de todo el pueblo. Esta votación se realizará una vez finalizado el plazo de la votación online. Se realizará en la fecha acordada por el Grupo motor, y en horario de mañana y tarde para facilitar la máxima participación ciudadana. Solamente podrán tomar parte en esta votación presencial aquellas personas que no hayan ejercido su derecho al voto en la votación online.

La votación presencial se realizará en un local municipal accesible y estará presidida por las personas del Grupo motor que hayan sido elegidas para estas funciones y asistida por personal técnico municipal. Estas personas serán quienes verifiquen que la persona votante se encuentra inscrita en el Censo y que no ha votado previamente. Para ello, cada votante deberá identificarse con su DNI, NIE o carné de conducir.

Artículo 12. De la elección de las propuestas.

Una vez finalizado el escrutinio de la votación, serán elegidas aquellas propuestas que mayor número de votos hayan obtenido, en orden hasta alcanzar el importe de gasto establecido para los Presupuestos Participativos de cada año.

En el caso de que el crédito presupuestario se acabe sin poder atender la totalidad del gasto previsto de la última propuesta elegida, desde el ayuntamiento se comunicará esta circunstancia a la persona o a las personas proponentes, para que puedan reajustar el proyecto al presupuesto disponible. En el caso de que estas personas renuncien a la ejecución de su propuesta por falta de suficientes recursos económicos, se gestionará con las siguientes propuestas que más votos hubieran obtenido, de la misma manera. En el caso de que ninguna de las propuestas acepte su ejecución, el importe restante de la partida presupuestaria se destinará al fin que el Grupo motor decida.

En el caso de empate en la votación de alguna de las propuestas, el ayuntamiento realizará un sorteo entre las propuestas empatadas, resolviendo así el orden de estas propuestas.

Artículo 13. De la ejecución de las propuestas.

Las propuestas elegidas serán gestionadas por la entidad o persona/s proponente/s, con la asistencia técnica del propio ayuntamiento.

El ayuntamiento realizará el seguimiento de su ejecución, y velará por el cumplimiento de los plazos y el presupuesto asignado.

Las correspondientes facturas irán dirigidas al Ayuntamiento de Lerín una vez se hayan ejecutado completamente las propuestas elegidas. Los pagos los realizará el Ayuntamiento de Lerín a los proveedores contratados para la ejecución de los trabajos de cada propuesta y en base al presupuesto asignado.

En el caso de existencia de problemas en la ejecución de las propuestas, el ayuntamiento convocará al Grupo motor para dar cuenta de la situación y solicitar su opinión sobre como solventar los problemas que hayan surgido.

Artículo 14. De la evaluación del proceso participativo.

Las entidades y/o personas cuyas propuestas hayan sido realizadas aportarán un pequeño informe de la ejecución de cada una de ellas, junto con aquellas valoraciones, críticas y propuestas que consideren oportuno realizar en torno al proceso de Presupuestos Participativos.

El Grupo motor analizará estos informes para validar la ejecución de las propuestas y realizará una evaluación anual del proceso, proponiendo los cambios a este reglamento que considere oportunos.

Artículo 15. Del calendario del proceso.

Cada año, una vez aprobados los presupuestos municipales, el ayuntamiento reunirá al Grupo motor para informar del proceso de los Presupuestos Participativos. En esta reunión, se convocará la Asamblea ciudadana para informar al pueblo del proceso que se va a seguir con los siguientes plazos:

a) Asamblea ciudadana informativa, en la fecha establecida por el Grupo motor.

b) Se establece un plazo de 30 días a partir de la fecha de celebración de la Asamblea ciudadana para presentar las propuestas a los Presupuestos Participativos.

c) El ayuntamiento dispondrá de 7 días desde el fin del plazo de presentación de las propuestas para analizar la viabilidad técnica de las propuestas y subsanar los errores que las mismas puedan presentar.

d) Al octavo día de la fecha final de presentación de las propuestas, el Grupo motor se reunirá para ser informado de las propuestas presentadas y tomar los acuerdos que correspondan en cumplimiento de este reglamento.

e) Al lunes siguiente de la reunión del Grupo motor, se iniciarán las votaciones de las propuestas validadas por el Grupo motor. El plazo de votación online se realizará en primer lugar y tendrá una duración de 14 días.

f) Una vez finalizada la votación online, en la fecha determinada por el Grupo motor, se procederá a la votación presencial en horario de mañana y tarde.

g) Al final de la votación presencial, se realizará el recuento de todos los votos, estableciéndose las propuestas ganadoras y comunicándose a las personas proponentes el resultado, para iniciar el proceso de ejecución de las mismas.

Código del anuncio: L2516192

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