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BOLETÍN Nº 252 - 19 de diciembre de 2025
1. Comunidad Foral de Navarra
1.2. Autoridades y Personal
1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo
RESOLUCIÓN 14686E/2025, de 26 de noviembre, del director general de Interior, por la que se aprueba un procedimiento de selección de personal del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak para su incorporación al Grupo de Rescate Técnico.
La Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra recoge en su artículo 45 la creación de grupos especiales de salvamento acuático y subacuático y el rescate y salvamento técnico y de montaña en el que participará el personal debidamente formado y cualificado.
Mediante Orden Foral 102/2018, de 31 de julio, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, se crea el Grupo de Rescate Técnico (GRT) adscrito funcionalmente a la Sección de Intervención Operativa, Parques, Campañas y Grupos del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak con los siguientes criterios de dimensionamiento y especialización y composición: un mínimo de 20 miembros.
La actual insuficiencia de componentes del Grupo de Rescate Técnico de Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak, hace preciso iniciar el correspondiente proceso selectivo para facilitar su cobertura.
En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos,
RESUELVO:
1.º Aprobar el procedimiento de selección de personal del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak para:
–La incorporación de tres nuevas personas al Grupo de Rescate Técnico.
–Crear una lista con cuatro personas de reserva para cubrir necesidades que permitan mantener el mínimo operativo del Grupo.
2.º Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.
3.º Dar traslado de la presente resolución al Servicio de Gestión de Procedimientos de Personal, al Servicio de Plantilla, Estructura y Contratación Temporal de Personal y al Servicio de Control de Gasto de Personal y Nóminas de la Dirección General de Función Pública; y al Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak y a las personas del Tribunal designadas, a los efectos oportunos.
Pamplona, 26 de noviembre de 2025.–El director general de Interior, Salvador Díez Zapata.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL DEL SERVICIO DE BOMBEROS DE NAVARRA-NAFARROAKO SUHILTZAILEAK PARA LA INCORPORACIÓN DE SIETE NUEVOS MIEMBROS AL GRUPO DE RESCATE TÉCNICO
1.–Objeto.
Es objeto del presente procedimiento, la selección de personal del Servicio de Bomberos de Navarra - Nafarroako Suhiltzaileak para:
–La incorporación de tres nuevos miembros al Grupo de Rescate Técnico.
–Crear una lista con cuatro personas de reserva para cubrir necesidades que permitan mantener la dotación necesaria para el funcionamiento adecuado del Grupo.
2.–Requisitos.
Las personas que concurran al presente procedimiento deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
a) Haber sido nombrada y estar ocupando un puesto de trabajo de bombero/bombera, bombero/bombera conductor o cabo de bombero/bombera en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, no encontrándose en situación de segunda actividad.
b) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en dicho puesto en el momento de presentar la solicitud.
c) Contar con una antigüedad mínima de tres años trabajados en el Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak.
d) No pertenecer a ningún otro grupo especial dentro del servicio de Bomberos de Navarra.
3.–Instancias, plazo y lugar de presentación.
Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar su solicitud de forma telemática, a través de Internet, en la dirección https://www.navarra.es/es/empleo-publico "Información para empleados y empleadas públicas: promociones, traslados y otros servicios", en la reseña correspondiente al presente procedimiento.
La presentación de solicitudes de participación deberá realizarse en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.
Documentación a presentar con la solicitud:
a) Declaración responsable en la que se hace constar que se cuenta con conocimientos teóricos y prácticos de esquí, escalada y montañismo suficientes para realizar las distintas pruebas de selección.
4.–Lista provisional de admitidos, reclamaciones y lista definitiva.
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el director general de Interior aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en la dirección www.navarra.es en la reseña de la convocatoria, con la indicación de que, dentro de los cinco días naturales siguientes, los excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido de forma telemática a través de Internet en la dirección www.navarra.es en la reseña de la convocatoria.
Si no se hubiera presentado ninguna solicitud dentro del plazo establecido, el director general de Interior dictará resolución declarando desierto el concurso, procediendo a su publicación.
Si no hubiera aspirantes excluidos, se aprobará directamente la lista definitiva y se publicará en la dirección www.navarra.es en la reseña de la convocatoria.
Terminado el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el director general de Interior, aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en la dirección www.navarra.es en la reseña de la convocatoria. Con dicha lista se hará pública la fecha y hora de inicio de las pruebas establecidas en el procedimiento selectivo.
5.–Composición del Tribunal.
5.1. El Tribunal calificador estará integrado por los siguientes miembros:
–Presidente: don Jon Diez de Ure Uraul, jefe de la Sección de Intervención Operativa, de Parques, Campañas y Grupos del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak.
–Suplente: don Mikel Miren Oiaga Artajo, suboficial de bomberos del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak, de la Dirección General de Interior.
–Vocal: don Juan Carlos Cisneros Samper, suboficial interino de bomberos del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak, de la Dirección General de Interior.
–Suplente: don Alberto Garde Sesma, suboficial interino de bomberos del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak, de la Dirección General de Interior.
–Vocal: don Eneko César Goñi, bombero del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak.
–Suplente: don Carlos Iturriaga Arrabal, cabo de bombero del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak, de la Dirección General de Interior.
–Vocal: don Iñigo Balbás Ruiz, representante de la comisión de personal del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak, designado por la misma.
–Suplente: don Fermín Astiz Goñi, representante de la comisión de personal del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak, designado por la misma.
-Secretario: don Alfredo Fanlo Nuin, preparador físico del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak.
–Suplente: doña M.ª Teresa Osta Peteiro, jefa de Sección de Gestión Administrativa y de Personal, del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak.
5.2. El Tribunal deberá constituirse dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.
5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la aplicación de las bases del procedimiento selectivo.
5.4. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en las normas reguladoras del procedimiento administrativo. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.
6.–Desarrollo del procedimiento selectivo.
En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, se determinarán el lugar, fecha y hora de realización de la primera prueba.
Concluida la calificación definitiva de cada una de las fases, el tribunal publicará, en la página web del Gobierno de Navarra, la lista de personas aspirantes aprobadas con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración de la siguiente prueba, con una antelación mínima de 48 horas.
La convocatoria a las pruebas se realizará mediante llamamiento único, debiendo las personas aspirantes acudir provistas del documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de conducir. Quedarán excluidas las personas aspirantes que no comparezcan en las fechas, horas y lugares anunciados o no se identifiquen mediante alguno de los documentos citados.
El proceso selectivo constará de tres fases, la primera fase incluirá pruebas de conocimientos y físicas, la segunda fase pruebas psicotécnicas, y la tercera fase consistirá en la superación de un curso de formación.
La primera fase constará de las siguientes pruebas:
–Prueba de conocimientos:
De carácter teórico, consistirá en contestar por escrito, a un cuestionario de un máximo de 40 preguntas tipo test con cuatro alternativas de respuesta para cada pregunta, de las que solo una será válida. Cada respuesta incorrecta penalizará una tercera parte del valor de un acierto.
La duración de la prueba se publicará junto con la fecha de la misma en la página web del Gobierno de Navarra en la reseña de la convocatoria.
Versará sobre los temas siguientes relacionados con el Grupo de Rescate Técnico:
1.–Codificación de la estructura de mandos de guardia.
2.–Comunicaciones por radio en intervenciones en medio natural.
3.–Intervenciones en búsquedas de personas.
- Ficha de recogida de datos.
- Perfiles de personas perdidas.
- Tipos de búsquedas.
- Tabla de vulnerabilidad.
- Orux y Google Earth.
4.–Geografía de Navarra.
5.–Conceptos generales de meteorología.
6.–Seguridad en escalada, barrancos, espeleología, alta montaña y esquí de montaña.
7.–Características técnicas de:
- Cuerdas de escalada, barrancos, espeleología.
- Cintas y Cordinos.
- Mosquetones, diferentes poleas, Rig, I`D, gri-gri, Maestro, protraxión, camillas de rescate del servicio, DVA.
La puntuación de esta primera prueba podrá alcanzar un máximo de 20 puntos. Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación máxima de la prueba, es decir, 10 puntos.
–Pruebas Físicas:
El tribunal publicará el orden de celebración, fecha y lugar de celebración de cada una de las pruebas en la reseña de la convocatoria con la antelación establecida en base 6 de esta convocatoria.
Cada día, antes del comienzo de cada una de las pruebas se realizará un sorteo entre las personas aspirantes para determinar el orden de realización de las pruebas.
Antes del comienzo de la prueba, las personas aspirantes que vayan a realizarla deberán suscribir una declaración responsable, en la que hagan constar expresamente que reúnen las condiciones físicas y de salud suficientes para la realización de la misma. Dicha declaración se entregará al tribunal en el momento del llamamiento. Quienes no suscriban o no estén en condiciones de suscribir la citada declaración, perderán el derecho a realizar la prueba, quedando excluidas del proceso a todos los efectos.
Las personas aspirantes, a requerimiento del tribunal, tendrán la obligación de someterse a control antidopaje durante la realización de las pruebas o fuera de ellas, bien por orden de clasificación en alguna prueba o bien por azar. Esta convocatoria se realizará por escrito, mediante el formulario de control de dopaje oficial establecido en las normas de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte. Los análisis destinados a la detección o comprobación de prácticas prohibidas se realizarán por el órgano especializado que corresponda. La resistencia o negativa expresa por parte de la persona aspirante a realizar dicha prueba, o su no presentación a la realización de la misma en el lugar y tiempo en que sea convocada, de forma no justificada válidamente, supondrá la exclusión inmediata del mismo en el proceso selectivo. Asimismo, será motivo de exclusión la obstrucción, no atención, dilación indebida, ocultación y demás conductas que, por acción u omisión, eviten, impidan, perturben o no permitan realizar controles de dopaje en la forma prevista en la Ley, o siempre que cualquier persona aspirante evite voluntariamente, por acción u omisión, la recogida de muestras a que estuviese obligada a someterse.
La detección de la presencia de cualquier cantidad de una sustancia prohibida, supondrá la exclusión del proceso selectivo, sin perjuicio del derecho de solicitud de realización de contra-análisis que asiste a la persona aspirante, así como la posibilidad de formular ante al tribunal calificador las alegaciones que estime oportunas.
A estos efectos, se consideran prohibidas las sustancias, grupos farmacológicos, métodos de dopaje y manipulaciones contenidas en el anexo de la Resolución de 27 de noviembre de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte (Boletín Oficial del Estado número 289, de 30 de noviembre de 2024).
Si alguna de las personas aspirantes no pudiera realizar esta prueba, con motivo de embarazo de riesgo o de parto, debidamente acreditado, el tribunal valorará el aplazamiento de la realización de esta prueba para las aspirantes afectadas. Su situación quedará condicionada a la finalización del proceso selectivo y a la superación de la prueba aplazada, sin que esta pueda demorarse de manera que se menoscabe el derecho de los demás aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal y, en todo caso, la realización de la prueba tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Las pruebas recogidas en la presente base serán objeto de grabación por medios audiovisuales. Su única finalidad será la de servir como elemento auxiliar al Tribunal a la hora de juzgar las pruebas en lo que a la ejecución de las mismas se refiere sin que sirva para la medición de los tiempos realizados por las personas aspirantes en el desarrollo de las pruebas. Asimismo, tales grabaciones no serán conservadas más allá del mismo día en que se lleven a cabo las pruebas físicas.
Los ejercicios de la segunda prueba se calificarán del siguiente modo:
- Pruebas eliminatorias y puntuables:
- Prueba de Esquí Alpinismo: máximo 30 puntos.
- Prueba de Carrera de montaña: máximo 20 puntos.
- Prueba de escalada deportiva: máximo 30 puntos.
- Prueba de Escalada alpina: máximo 20 puntos.
- Pruebas puntuables:
- Prueba de progresión por cuerdas (espeleología): máximo 20 puntos.
- Prueba de Técnica de barrancos: máximo 20 puntos.
- Prueba de Rescate técnico: máximo 20 puntos.
Para aprobar las pruebas eliminatorias será obligatorio realizar las pruebas en los tiempos establecidos y cumpliendo los requisitos que a continuación se detallan. Cometer algún fallo grave de seguridad será motivo de eliminación.
- Esquí Alpinismo.
- La prueba constará de un recorrido con un peso de 10 kgr de ascenso y descenso por diferentes tipos de nieve con varias transiciones a realizar. El peso se comprobará al inicio y al final de la prueba. Éste recorrido se tendrá que hacer en un tiempo máximo. Las transiciones serán de ascenso a descenso, de descenso a ascenso, de modo esquí a crampones y piolet, y de crampones y piolet a esquí. La cuantía y el orden dependerán del lugar de la prueba.
- No se podrá abandonar material en el recorrido.
- El lugar, el tiempo estimado y el material necesario se comunicarán unos días antes de la prueba en la reseña de la convocatoria.
- Se calificará con un máximo de 30 puntos: se evaluará el tiempo, la técnica y la seguridad. El aspirante será eliminado si supera el tiempo estimado o si comete errores graves de seguridad que comprometan la integridad física del aspirante.
- Material necesario:
- Ropa adecuada para alpinismo, recomendando mínimo tres capas con una de ellas impermeable y transpirable.
- Equipamiento completo de montaña, esquíes con fijaciones articuladas, focas, bastones y crampones (de acero y 12 puntas).
- Piolet clásico de montaña.
- Dos pares de guantes.
- Casco y gafas.
- Mochila apta para la práctica de la prueba, mínimo de 30 litros para transportar el material necesario y albergar hasta los 10 kilos.
- DVA, pala y sonda.
- Manta térmica.
- Crema solar.
- Comida y bebida.
- Prueba Carrera de montaña. Monte Beriain.
- Esta prueba supondrá salvar un desnivel aproximado de 850 metros en un tiempo estimado y portando una mochila de 10 kg.
- En esta prueba la persona aspirante podrá ayudarse de bastones.
- Deberá acudir con una mochila propia con capacidad suficiente y en su interior deberán ir alojados 10 kg, la organización procederá a su pesado al inicio y al final de la prueba. La persona aspirante que llegue en 67 minutos o más quedará eliminada.
- Se calificará con un total de 20 puntos.
- Tiempos:
- 50 minutos o menos: 20 puntos.
- 51 minutos: 18,75 puntos.
- 52 minutos: 17,5 puntos.
- 53 minutos: 16,25 puntos.
- 54 minutos: 15 puntos.
- 55 minutos: 13,75 puntos.
- 56 minutos: 12,5 puntos.
- 57 minutos: 11,25 puntos.
- 58 minutos: 10 puntos.
- 59 minutos: 8,75 puntos.
- 60 minutos: 7,5 puntos.
- 61 minutos: 6,25 puntos.
- 62 minutos: 5 puntos.
- 63 minutos: 3,75 puntos.
- 64 minutos: 2,5 puntos.
- 65 minutos: 1,25 puntos.
- 66 minutos: 0 puntos.
- 67 minutos: o más: eliminada.
- Prueba de escalada deportiva.
- Esta prueba consistirá en encadenar una ruta de escalada deportiva.
- Se deberá de acometer una vía de primero de cuerda y a vista en un tiempo determinado.
- La persona aspirante tendrá un máximo de dos intentos. Si encadena a la primera, esa será la puntuación obtenida. En caso de pisar o agarrarse al anclaje, cinta exprés o cuerda para ayudarse a la progresión, la vía no se dará por encadenada. En caso de chapar una cinta exprés al revés, la vía tampoco se dará por encadenada.
- En caso de caída o de colgarse, se le bajará al suelo desde ese anclaje. En el segundo intento se puede cambiar de vía.
- La persona aspirante debe asegurarse escalando de primera a todos los seguros de la vía y el descuelgue. El nudo para encordarse será el ocho doble.
- El tiempo total se indicará el día de la prueba.
- Puntuaciones:
- Vía de 6b = 0 puntos.
- Vía de 6c = 10 puntos.
- Vía de 7a = 20 puntos.
- Vía de 7b = 30 puntos.
- Material mínimo obligatorio:
- Arnés y casco de escalada.
- Pies de gato.
- Comida y bebida.
- La puntuación de esta prueba podrá alcanzar un máximo de 30 puntos. Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no encadenen como mínimo el 6B o si comete errores graves de seguridad que comprometan la integridad física del aspirante.
- Escalada alpina.
- El aspirante deberá realizar una vía de entre V y 6b en libre y con elementos flotantes en un tiempo determinado.
- El itinerario se desarrolla en una ruta de escalada semiequipada y en la cual se deberán colocar diversos anclajes flotantes en la vía. Los únicos anclajes fijos que se puedan utilizar estarán previamente instalados (puesta una cinta expres).
- El resultado es completar el itinerario con seguridad, en un tiempo establecido y colocando correctamente los anclajes flotantes. Se valorará la técnica y la seguridad de progresión.
- Material mínimo obligatorio:
- Ropa adecuada para la escalada en roca.
- Casco homologado.
- Arnés para escalada.
- Pies de gato.
- Comida y bebida.
- La puntuación de esta prueba podrá alcanzar un máximo de 20 puntos. Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no realicen la vía en tiempo y condiciones establecidas. Quedaran eliminados si cometen errores graves de seguridad que comprometan la integridad física del aspirante.
- Prueba de progresión por cuerdas (espeleología).
- La persona aspirante deberá realizar un circuito de al menos 50 metros que constará de varias dificultades.
- Este recorrido lo deberá de realizar portando una saca lastrada con 10 kg en un tiempo inferior al establecido por la organización técnica, realizando las maniobras con fluidez, respetando los protocolos de seguridad y en un único intento.
- Se valorará el tiempo y la técnica de progresión en espeleología.
- La puntuación de esta prueba podrá alcanzar un máximo de 20 puntos. En caso de no superar la prueba en el tiempo establecido, la persona aspirante no puntuará, pero podrá continuar el proceso selectivo. Quedaran eliminados si cometen errores graves de seguridad que comprometan la integridad física del aspirante.
- Material mínimo obligatorio:
- Ropa cómoda para realizar el ejercicio.
- Calzado deportivo.
- Casco homologado.
- Arnés de escalada, barranco o espeleología.
- Equipamiento de progresión por cuerda fija en ascenso y descenso (croll, stop, puño de ascenso, cabo de anclaje doble).
- Descensor tipo stop.
- Comida y agua.
- Técnica de barrancos.
- La prueba consistirá en resolver las situaciones técnicas habituales al descender un barranco. A partir de una o varias situaciones concretas, la persona aspirante deberá proponer y ejecutar las maniobras.
- La prueba tendrá un tiempo estimado de ejecución.
- La puntuación de esta prueba podrá alcanzar un máximo de 20 puntos. En caso de no superar la prueba en el tiempo establecido, la persona aspirante no puntuará, pero podrá continuar el proceso selectivo. Quedaran eliminados si cometen errores graves de seguridad que comprometan la integridad física del aspirante.
- Prueba de rescate técnico.
- La prueba consistirá en resolver uno o varios escenarios tipo en un rescate técnico a partir de una situación concreta, la persona aspirante deberá proponer y ejecutar la maniobra.
- La prueba tendrá un tiempo estimado de ejecución.
- La puntuación de esta prueba podrá alcanzar un máximo de 20 puntos. En caso de no superar la prueba en el tiempo establecido, la persona aspirante no puntuará, pero podrá continuar el proceso selectivo. Quedaran eliminados si cometen errores graves de seguridad que comprometan la integridad física del aspirante.
- Concluida la calificación de la primera fase, el tribunal publicará en la dirección www.navarra.es, en la reseña de la convocatoria, las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes y abrirá un plazo de cinco días hábiles, para que las personas interesadas puedan alegar de forma telemática lo que a su derecho convenga.
–Segunda Fase: pruebas psicológicas.
Consistirá en la realización de cuestionarios de personalidad general, de competencias laborales y/o de aptitudes y entrevistas personales y/o de trabajo grupal, para la determinación del grado de adecuación de las personas aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico del puesto de trabajo.
Esta prueba se realizará por el Instituto Navarro de Administración Pública y sus valoraciones vincularán al tribunal.
La puntuación de esta prueba podrá alcanzar un máximo de 30 puntos.
Concluida la calificación de cada prueba, el tribunal publicará en la dirección www.navarra.es, en la reseña de la convocatoria, las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes y abrirá un plazo de cinco días hábiles, para que las personas interesadas puedan alegar de forma telemática lo que a su derecho convenga.
–Fase tercera: Curso de Formación.
Terminada la calificación de los aspirantes en las fases anteriores, el Tribunal calificador elaborará una relación de personas aspirantes admitidas al curso de formación, por estricto orden de puntuación obtenida, se seleccionarán los siete con mejor puntuación para realizarlo.
Los empates que se produzcan en las puntuaciones totales del procedimiento se dirimirán a favor de quien tenga más tiempo trabajado en Bomberos de Navarra. De permanecer el empate se resolverá mediante un único sorteo celebrado en un acto al que se convocará a todos los aspirantes.
El curso de formación será impartido por la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra, tendrá carácter selectivo y se regirá por lo dispuesto en el Decreto Foral 113/2005, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Seguridad de Navarra. Se calificará con apto y no apto.
Las calificaciones que otorgue la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra vincularán al tribunal calificador.
Las horas lectivas de los cursos computarán como horas de trabajo.
7.–Relación de aprobados y propuesta de adscripción.
–Transcurrido el curso de formación, se aprobará la relación de personas aprobadas y elevará al director general de Interior propuesta de adscripción al Grupo, que procederá a dictar resolución por la que se adscribirá a las 3 personas aspirantes con mejor puntuación como miembros del Grupo de Rescate Técnico.
–Se aprobará una lista de reserva con las 4 personas restantes, que tendrá un periodo de vigencia de 5 años y los incluidos en ella aceptarán el compromiso expreso de realizar todos los años las prácticas programadas para el Grupo de Rescate Técnico y su incorporación al mismo, si así se les requiriese. En caso de no realizarse dichas prácticas ya no formaran parte de la lista de reserva.
8.–Régimen específico de los miembros.
Los aspirantes que sean adscritos al Grupo de Rescate Técnico, quedarán sujetos al régimen específico del citado grupo en vigor en el momento de su incorporación, así como de los que posteriormente se pudieran aprobar.
Asimismo, se verá incrementado el complemento al puesto de trabajo en un 10% del sueldo inicial a estos nuevos componentes, según está establecido para todos los miembros del Grupo de Rescate Técnico, complemento que dejarán de percibir en el momento en que finalice su adscripción al Grupo, como viene recogido en el artículo 7.20 del Decreto Foral 100/2005, de 27 de julio, por el que se aprueba la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
9.–Recursos.
Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el director general de Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.
Contra este proceso selectivo, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Interior, Función Pública y Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.
Código del anuncio: F2515622
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