BOLETÍN Nº 25 - 6 de febrero de 2025

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 549E/2024, de 16 de diciembre, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se acepta parcialmente el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de elaboración de conservas vegetales, cuyo titular es Riberega S. COOP., ubicada en término municipal de Castejón.

Esta instalación dispone de autorización ambiental integrada concedida mediante la Orden Foral 427/2007, de 11 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, actualizada posteriormente por la Resolución 277E/2014, de 2 de julio, del director general de Medio Ambiente y Agua, y modificada por las Resoluciones 27E/2020, de 4 de febrero, y 80E/2021, de 27 de abril, del director del Servicio de Economía Circular y Cambio Climático.

Con fecha 15/10/2024 el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su autorización ambiental integrada, en concreto, la inclusión en el listado de residuos producidos del anejo III de la autorización ambiental integrada, de nuevos residuos con código LER 13 02 08*, 02 01 03, 15 01 06 y 15 01 07.

El Servicio de Economía Circular e Innovación ha revisado la solicitud presentada, concluyendo con la siguiente valoración:

CÓDIGO LER

DESCRIPCIÓN

VALORACIÓN

02 01 03

Residuos de tejidos de vegetales

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

13 02 08*

Otros aceites de motor, de transmisión mecánica y lubricantes

No se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos por poseer autorización para el residuo con código LER 130205*, más adecuado que el anterior

15 01 06

Envases mezclados

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

15 01 07

Envases de vidrio

Se acepta su inclusión en el listado de residuos producidos

Los cambios aceptados permiten el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, y son acordes con los valores límite de emisión y las exigencias establecidas en su autorización ambiental integrada, así como con la aplicación de las mejores técnicas disponibles.

Por otra parte, se procederá a eliminar el residuo con código LER 200301 del listado de residuos producidos del anejo III de la autorización ambiental integrada, por ser un residuo del capítulo 20, que se refiere únicamente a residuos domésticos, los cuales se deben gestionar a través de la entidad local que corresponda (en este caso, la Mancomunidad de la Ribera) y, por lo tanto, no deben aparecer en este listado.

Se considera que, en este caso, concurren las circunstancias previstas en el artículo 35 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, y en consecuencia, procede llevar a cabo la modificación de oficio de las condiciones establecidas en la autorización ambiental integrada, de acuerdo con el procedimiento administrativo previsto en el citado artículo, no considerándose oportuno someter a información pública el presente expediente de modificación.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días. En anejo de la presente resolución se incluye una relación de las alegaciones presentadas por el titular y la respuesta a las mismas.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Aceptar parcialmente el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de elaboración de conservas vegetales, cuyo titular es Riberega S. COOP., ubicada en término municipal de Castejón, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.

Segundo.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el título III de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable.

Tercero.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Quinto.–Trasladar la presente resolución a Riberega S. COOP. y al Ayuntamiento de Castejón a los efectos oportunos.

Pamplona, 16 de diciembre de 2024.–El director del Servicio de Economía Circular e Innovación, Raúl Salanueva Murguialday.

Nota: los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9-planta baja, Servicio de Economía Circular e Innovación; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/CentroPublicaciones.html#/CentroPublicaciones.

Código del anuncio: F2418512

Hace cien años

Boletín Oficial de Navarra

Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.

31001 - Pamplona (Navarra)

848 42 12 50

bon@navarra.es