BOLETÍN Nº 238 - 27 de noviembre de 2025

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 40/2025 de 5 de noviembre, de la directora de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra, por la que se aprueba el logotipo institucional de la oficina.

El Decreto Foral 14/2023, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra, dispone en su artículo 8 que el logotipo institucional de la oficina, que identificará visualmente a la misma, será aprobado por resolución de la dirección de la Oficina. En la documentación que genere la Oficina podrá utilizarse la denominación abreviada Oficina Anticorrupción de Navarra o su acrónimo OANA.

En consecuencia, y en ejercicio de las funciones que tengo atribuidas por la Ley Foral 7/2018, de 17 de mayo de creación de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra y el Decreto Foral 14/2023, de 1 de marzo,

RESUELVO:

1. Aprobar el logotipo institucional de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra, que es el conjunto gráfico compuesto por el logotipo "OANA" y las leyendas "Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra" y "Nafarroako Foru Komunitateko jardunbide egokien aldeko eta ustelkeriaren kontrako Bulegoa", pudiendo escribirse tanto en letra mayúscula como en minúscula y cuyas características técnicas figuran en el documento que se incorpora como anexo I a la presente resolución.

Este conjunto gráfico será el símbolo exclusivo y obligado de todas y cada una de las unidades de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra.

En determinadas aplicaciones, el símbolo oficial podrá emplearse incluyendo en su leyenda, además de la expresión "Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra Nafarroako" y "Foru Komunitateko jardunbide egokien aldeko eta ustelkeriaren kontrako Bulegoa", el nombre de un Servicio o Sección incluido en la estructura de la Oficina.

En orden a su correcto uso, la utilización del símbolo OANA en cada una de sus diferentes aplicaciones, deberá ser autorizada previamente por la directora o el director de la oficina.

2. Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona/Iruña, 5 de noviembre de 2025.–La directora de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra, Edurne Eginoa Antxo.

ANEXO I.–Características técnicas del logotipo

El símbolo de la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción está formado por el logotipo "OANA" y la leyenda "Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra" y "Nafarroako Foru Komunitateko jardunbide egokien aldeko eta ustelkeriaren kontrako Bulegoa". Podrá emplearse el logotipo sin necesidad de añadir la leyenda.

El conjunto gráfico no se podrá modificar ni alterar en sus proporciones.

Composición.

Colores.

Para sus dos versiones, el logotipo utiliza dos colores básicos:

–Pantone 7535 C/U.

  • C9/M10/Y30/K18 (CMYK).
  • 205/196/166 (RGB).
  • #CDC4A6.

–Pantone BLACK.

  • C0/M0/Y0/K100 (CMYK).
  • 0/0/0 (RGB).
  • #000000.

Cuando se utilice la versión a color del logotipo, éste se aplicará:

–Sobre fondo blanco, en su formato original.

–Sobre fondo negro, en su formato en negativo, a dos colores.

–Sobre fondo Pantone 7535 corporativo, en su formato en negativo, en su versión a una sola tinta (negro), en positivo hasta el umbral de visibilidad del mismo; en negativo, por encima del umbral de visibilidad.

–Sobre cualquier otro color solo se contempla su versión a una sola tinta (negro), en positivo hasta el umbral de visibilidad del mismo; en negativo, por encima del umbral de visibilidad.

Código del anuncio: F2514652

Hace cien años

Boletín Oficial de Navarra

Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.

31001 - Pamplona (Navarra)

848 42 12 50

bon@navarra.es