2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
CAPARROSO
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por entrada y salida de vehículos a través de las aceras y reserva de espacio locales comerciales
El Pleno del Ayuntamiento de Caparroso, en sesión celebrada el día 31 de julio de 2025, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por entrada y salida de vehículos a través de las aceras y reserva de espacio locales comerciales.
Habiendo transcurrido el plazo de información pública de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación del anterior acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra número 169, de 26 de agosto de 2025 y no habiéndose formulado reclamaciones, reparos u observaciones al mismo, de conformidad con los artículos 325 y 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, el acuerdo de aprobación inicial pasa a ser definitivo, procediéndose a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra del texto íntegro de la modificación de la ordenanza, para su entrada en vigor al día siguiente de dicha publicación.
Lo que se hace público, advirtiéndose de que esta aprobación definitiva puede ser impugnada por alguna de las siguientes vías:
a) Mediante la interposición directa de recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.
b) Mediante la interposición, ante el Tribunal Administrativo de Navarra de recurso de alzada, dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.
Caparroso, 14 de octubre de 2025.–El alcalde, Carlos Alcuaz Monente.
TEXTO DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR ENTRADA Y SALIDA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y RESERVA DE ESPACIO LOCALES COMERCIALES
–Se añade un artículo 11 bis. con el texto que se transcribe a continuación:
Artículo 11. bis. Carga y descarga.
Los titulares de actividades comerciales o industriales podrán solicitar reservas de espacio para hacer operaciones de carga y descarga.
El acceso de vehículos comerciales y otros vehículos que distribuyan mercancías a estos establecimientos, que estén realizando operaciones de carga y descarga, se realizará del siguiente modo:
1. Las labores de carga y descarga en las zonas reservadas al efecto se realizarán dentro del horario establecido mediante la correspondiente señalización vertical u horizontal aprobada por el Ayuntamiento.
2. Se podrá reservar espacio para carga y descarga con un máximo de 6 horas a la semana, dentro de las siguientes franjas horarias:
–De lunes a viernes: de 7 a 11 h. y de 16 a 18 h.
–Sábados: de 7 a 11 h.
–Domingos y festivos: no se autoriza.
3. Por esta reserva se abonará una tarifa anual del 50% de la establecida con carácter general en la ordenanza, que es de 20 euros/metro lineal al año. Será de cuenta del solicitante el coste de la señalización a realizar conforme a la normativa vigente.
4. No resultan de aplicación a la reserva para carga y descarga las anchuras máximas y mínimas establecidas en el artículo 11 precedente.
–Y se añade en el anexo de tarifas la siguiente:
Tarifas carga y descarga: tarifa anual de 10 euros/metro lineal al año. Y una tarifa de alta que será el coste de la señalización a realizar conforme a la normativa vigente.
Código del anuncio: L2513321