BOLETÍN Nº 209 - 20 de octubre de 2025

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 2184/2025, de 10 de octubre, del vicerrector de Investigación de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación en régimen laboral de personal investigador para el desarrollo del proyecto de investigación "BIOANCIENT".

Con fecha 9 de octubre de 2025 el Servicio de Investigación solicita la convocatoria de proceso selectivo para la contratación de personal investigador en calidad de colaborador doctor de proyecto tipo 1, mediante contrato de actividades científico-técnicas para el desarrollo del proyecto de investigación "BIOANCIENT", siendo el investigador responsable don Ignacio Raúl Matías Maestro, Catedrático de Universidad adscrito al Departamento de Ingeniería Eléctrica, Electrónica y de Comunicación.

Considerando el informe-propuesta del Jefe de la Sección de Gestión del PDI, que cuenta con el visto bueno del director del Servicio de Recursos Humanos.

En uso de las competencias delegadas por Resolución 1306/2023, de 20 de junio, del rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se aprueba la estructura general del equipo rectoral y se determinan sus funciones,

HE RESUELTO:

Primero.–Aprobar la convocatoria de proceso selectivo para la contratación en régimen laboral de personal investigador para el desarrollo del proyecto de investigación "BIOANCIENT", así como sus bases.

Segundo.–Comunicar la presente resolución a los miembros de la comisión de selección y al Servicio de Investigación.

Tercero.–Ordenar la publicación de la presente resolución en el tablón electrónico oficial de la Universidad y en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 10 de octubre de 2025.–El vicerrector de Investigación, Martín Larraza Quintana.

CONVOCATORIA DE PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACIÓN EN RÉGIMEN LABORAL DE PERSONAL INVESTIGADOR PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN "BIOANCIENT"

Esta convocatoria se regirá por las siguientes:

BASES

1.–Datos generales.

–Objeto de la convocatoria: es objeto de la presente convocatoria la selección de personal para su posterior contratación en régimen laboral para el desarrollo del proyecto de investigación "BIOANCIENT".

–Categoría profesional: colaborador doctor de proyecto tipo 1, con carácter preeminentemente investigador.

–Funciones a realizar:

  • Tarea 1. Se desarrollará la metodología del proyecto, especificando los métodos y técnicas que se utilizarán en cada fase del estudio. Se detallarán los procedimientos experimentales, incluyendo la recolección de datos, análisis y validación. Estas tareas serán informadas a la empresa InsAIght que realizará aportaciones científicas.
  • Tarea 2. Se modelizará y se testará in vitro las modificaciones postranscripcionales sobre proteínas de diferentes orígenes. Una vez seleccionadas las proteínas diana específicas para validar el modelo de cambio en PTM, se testarán diferentes concentraciones de agentes participantes e inductoras de PTM in vitro, y se usarán diferentes ensayos de detección de PTM
  • Tarea 3. Se cultivarán células y extraerá proteína de diferentes organismos (bacteria, planta, animal...), se desalará y se inducirán PTMs utilizando las condiciones determinadas en los estudios in vitro de las tareas 1 y 2. Las proteínas tratadas será objeto de análisis mediante proteómica redox.
  • Tarea 4. Coordinación con InsAIght, que introducirá mutaciones en secuencias de proteínas seleccionadas para potenciar su grado de PTM. Estas proteínas, junto con sus versiones naturales, serán sobreexpresadas en sistemas bacterianos, purificadas y caracterizadas mediante técnicas avanzadas de biología molecular y proteómica.
  • Tareas 5. Se identificarán PTMs originadas, se cuantificarán y se evaluará el efecto de las PTM en la función moduladora de estas proteínas sobre el envejecimiento y el estrés celular.
  • Tarea 6. Los datos experimentales obtenidos se procesarán utilizando herramientas y aplicaciones habituales para identificar y entender que PTM tienen lugar, y el mecanismo bioquímico que lo origina. Además, InsAIght y UPNA desarrollarán PTMSeq, un sistema de IA diseñado para predecir sitios de PTM y su impacto en la funcionalidad proteica.

–Tipo de contrato: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, la contratación se realizará a través de la modalidad de contrato de actividades científico-técnicas.

–Duración: indefinida, vinculada al proyecto de investigación "BIOANCIENT".

–Tipo de jornada: completa.

–Retribuciones: las contempladas en el anexo del Reglamento de contratación del Personal Investigador de la Universidad Pública de Navarra, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de mayo de 2017, actualizadas al año 2025.

Se podrá realizar el pago de remuneraciones por el cumplimiento de los objetivos establecidos en el proyecto. El pago de las mismas requerirá que se emita un informe final justificativo del responsable y existencia de dotación presupuestaria.

–Financiación: Gobierno de Navarra y Fondos FEDER.

–Lugares de publicación: sin perjuicio de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, todos los actos y resoluciones a que dé lugar esta convocatoria se publicarán en el tablón electrónico oficial de la Universidad Pública de Navarra, en la reseña correspondiente a la misma.

2.–Requisitos de participación.

2.1. Para ser admitidos al proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrá participar quien sea cónyuge de personas con nacionalidad española, de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de los estados incluidos en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales mencionados, siempre que no medie separación de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Las personas aspirantes de Estados no miembros de la Unión Europea no incluidos en los apartados anteriores podrán participar en el concurso, quedando condicionada la contratación a que se encuentren en España en situación de legalidad y sean titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.

b) Ser mayor de 16 años y no haber cumplido la edad máxima de jubilación forzosa establecida para el personal al servicio de las administraciones públicas.

c) Titulación académica oficial de doctor.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión del correspondiente certificado de equivalencia o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que impida el desempeño de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

2.2. El cumplimiento de los requisitos de participación previstos en esta convocatoria se entiende referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deberá mantenerse durante la vigencia del contrato.

3.–Solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de participación será de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

La inscripción en este proceso selectivo se hará de forma telemática a través de la sede electrónica de la Universidad Pública de Navarra, en la siguiente dirección:

https://sedeelectronica.unavarra.es/oficina/tramites/acceso.do?id=8734&block=PDI-RR-HH_1096&blockType=AREAS_SEDE&entity=1096

a través del botón "Iniciar trámite".

En el apartado "Documentación incorporada" deberán adjuntarse los siguientes documentos para cada categoría de plaza:

–Fotocopia del documento nacional de identidad, NIE o pasaporte.

–Fotocopia del título exigido en la convocatoria.

–Fotocopia del expediente académico, con especificación de la nota media.

–Curriculum vitae con cuantos justificantes de méritos se estime oportuno.

4.–Admisión de aspirantes.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación en este último caso de la causa de exclusión. Si no hubiera aspirantes excluidos se aprobará directamente la lista definitiva.

4.2. Sin perjuicio de la exclusión provisional por no presentar los documentos a que se refiere la base 2.1, serán motivos de exclusión insubsanables presentar la solicitud fuera del plazo establecido o no poseer los requisitos que deben reunirse para ocupar la plaza a la que se concurse.

4.3. Los aspirantes excluidos y omitidos, dentro de los 5 días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.

4.4. Trascurrido el plazo de reclamaciones y de subsanación, se publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos.

4.5. La inclusión de aspirantes en la relación de admitidos al proceso selectivo, así como en la lista de personas que han superado el proceso selectivo, no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Universidad de que reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en las bases de la convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar para los aspirantes que sean llamados a la contratación, que deberán presentar la documentación original en el momento de la firma del contrato.

4.6. La inexactitud, falsedad u omisión de la documentación original respecto a la documentación aportada junto a la instancia de participación determinará la imposibilidad de suscribir el contrato y la exclusión de la lista de contratación, de conformidad con la declaración responsable firmada por la propia persona interesada.

5.–Proceso selectivo.

Consistirá en la valoración de los méritos de los candidatos de acuerdo a la documentación aportada y en función del baremo que se acompaña como Anexo I.

Únicamente serán valorados los méritos que se ostenten a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no computándose los obtenidos con posterioridad. En ningún caso la comisión de selección dará por supuesta la concurrencia de un mérito que no haya sido alegado o que no haya sido acreditado documentalmente, ni podrá otorgar en cada uno de los apartados puntuación superior a la máxima señalada.

Todos los méritos que se aleguen deben estar acreditados por cualquier medio válido en derecho.

Cada uno de los miembros de la comisión de selección valorará los méritos de los candidatos. La media aritmética de las puntuaciones otorgadas a cada candidato será su puntuación final.

6.–Resolución del proceso selectivo.

6.1. Finalizada la evaluación de los méritos aportados por los aspirantes, la comisión de selección elevará al vicerrector de Investigación la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, con las puntuaciones obtenidas.

6.2. El vicerrector de Investigación dictará resolución aprobando la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo, que será publicada en el Tablón electrónico oficial de la Universidad Pública de Navarra.

6.3. La lista de contratación generada en esta convocatoria tendrá una vigencia de 3 años a contar desde el día siguiente al de su publicación.

En tanto conserve su vigencia, esta lista de contratación podrá ser utilizada, además, cuando surjan necesidades de contratación de personal con la misma categoría y funciones básicamente idénticas, para un proyecto, contrato, convenio, cátedra, fondos del instituto o grupo de investigación, respetando en todo caso su orden de prelación.

6.4. A los aspirantes incluidos en la lista de contratación generada en esta convocatoria que acepten un contrato no se les ofertará la contratación para desempeñar ningún otro puesto de trabajo, salvo que resten 15 días o menos para la finalización de su contrato.

7.–Comisión de selección.

Presidente: don José Fernando Morán Juez, catedrático de Universidad adscrito al Departamento de Ciencias, por delegación del vicerrector de Investigación.

Secretario: don Ignacio Raúl Matías Maestro, catedrático de Universidad adscrito al Departamento de Ingeniería Eléctrica, Electrónica y de Comunicación.

Vocal: doña Esther María González García, catedrática de Universidad adscrito al Departamento de Ciencias.

–Comisión de selección suplente:

Presidenta: doña Estíbaliz Larrainzar Rodríguez, profesora titular de Universidad adscrita al Departamento de Ciencias.

Secretaria: doña María Isabel Rubia Galiano, profesora ayudante doctora adscrita al Departamento de Ciencias.

Vocal: don José Antonio Oguiza Tomé, profesor titular de Universidad adscrito al Departamento de Ciencias de la Salud.

Las actuaciones de la comisión de selección se ajustarán en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de selección tendrá su sede en el edificio de Administración y Gestión de la Universidad Pública de Navarra.

8.–Protección de datos de carácter personal.

La participación de interesados en los procesos convocados por la Universidad Pública de Navarra en materia de gestión de personal comportará el tratamiento de sus datos. El responsable del tratamiento de sus datos es la propia Universidad Pública de Navarra.

Este tratamiento se efectuará conforme a la normativa aplicable, esto es, el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos. La descripción del tratamiento resulta accesible en el Registro de Actividades de Tratamiento, publicado en http://www.unavarra.es/portal-transparencia.

Los interesados afectados por el tratamiento de datos son principalmente aspirantes en procesos selectivos y personal propio de la UPNA. Los datos objeto de tratamiento son nombre, apellidos, DNI, datos académicos y profesionales así como eventualmente datos bancarios y de seguridad social o cualesquiera otros precisos para la siguiente finalidad.

La finalidad que justifica el tratamiento de datos es la tramitación de procedimientos selectivos, de movilidad, situaciones administrativas, certificaciones u otros relativos a la competencia de la UPNA en materia de Recursos Humanos.

Dicha finalidad constituye una legitimación de interés público o poder público, como establece el artículo 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos. Sus bases jurídicas son, entre otra normativa de personal, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, en su caso, el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Los derechos de los interesados sobre acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad, relativos a las correspondientes actividades de tratamiento, podrán ejercerse ante delegado.protecciondatos@unavarra.es según los artículos 11 a 18 de la LOPD. En caso de insatisfacción, podrán acudir a la Agencia Española de Protección de Datos accesible desde el dominio https://www.aepd.es/.

9.–Recursos.

Contra los actos que adopte la Comisión de selección podrá interponerse recurso de alzada ante el rector en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen de la Comisión de selección podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el rector o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes en el primer caso y de dos meses en el segundo, contados ambos desde el día siguiente al de su notificación o publicación.

ANEXO I.–BAREMO DE SELECCIÓN

BAREMO A UTILIZAR Y/O PRUEBAS A REALIZAR

APARTADO 1: TITULACIONES Y EXPEDIENTE ACADÉMICO

Puntos

10

El expediente académico de la titulación se valorará proporcionalmente con hasta 2 puntos. El resultado se multiplicará por un factor 5 si la titulación presentada es Diplomatura/Grado/Licenciatura en Biología o ciencias biológicas, o bioquímica, o Biotecnología o equivalente; por un factor 3 si la titulación presentada es Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Técnico Agrónomo, Grado en Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural o asimilables, y por un factor 1 si son otras titulaciones.

APARTADO 2: TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN RELACIONADOS CON LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR

Puntos

50

Se valorará la experiencia técnica profesional adquirida en los que se hayan desarrollado actividades relacionadas con las tareas 1-7:

–Mantenimiento y crecimiento de líneas control y transgénicas de plantas. Crecimiento de plantas en condiciones axénicas mediante cultivo in vitro de plantas.

–Experimentación usando oximas u otros donadores de óxido nítrico en plantas o animales. Experimentación con poliaminas como tratamientos

–Utilización y seguimiento de experimentos en los que se utilice técnicas básicas de análisis de proteínas y biología molecular: Electroforesis vertical en gel, hibridación western, detección de proteínas en gel. Electroforesis horizontal en gel de agarosa, amplificación y análisis por PCR, clonación.

–Utilización de tecnologías proteómicas, y evaluación de los resultados utilizando herramientas informáticas, y de procesado estadístico, en análisis de plantas o animales.

–Técnicas de microscopía. Experimentación en biología celular basados en técnicas de microscopía óptica convencional, microscopia de epi-fluorescencia, y microscopia confocal.

Se valorará con hasta 5 puntos por cada trabajo de investigación publicado en revistas científicas del índice Q1 del "JCR-Citation Index" en categorías afines a la temática del proyecto (fundamentalmente pero no de modo exclusivo), categorías de "Plant Science", "biochemistry", y "Multidisciplinary Sciences", en función de la relación que tengan con las actividades a desarrollar de las 5 descritas arriba. Dada la importancia que desde las entidades financiadoras de los proyectos de investigación se da a la investigación de calidad las publicaciones en revistas del 10% (también denominadas P10) superior en el ranking de la categoría su valoración se multiplicará x2;y si el índice de impacto dentro del rankin es superior a 10 la puntuación de la publicación se multiplicará x4 (hasta un máximo de 20 puntos por publicación), siempre, a condición de que el tribunal valore cada una de estas publicaciones como de alto nivel y merecedoras de esa puntuación superior.

La puntuación obtenida por cada solicitante en cada uno de 5 puntos indicados se normalizará, dentro de cada Grupo, de modo que se otorgará una puntuación de 10 al mejor, multiplicándose el resto por el mismo factor de normalización.

APARTADO 3: OTROS MÉRITOS

Puntos

10

Movilidad internacional. Se concederá hasta 5 puntos, 1 punto por cada año de estancia en centros de investigación científica en universidades extranjeras fuera de la CCAA de Navarra, que sea superior o igual a 3 meses

Uso de idiomas extranjeros. Hasta un máximo de 5 puntos, 1 punto por año de estancia en países extranjeros cuyo idioma oficial no sea el castellano. Se valorarán solo estancias que sean superior o igual a 3 meses (no se valorarán los títulos de idiomas).

APARTADO 4: ENTREVISTA

Puntos

30

Se realizará una entrevista que podrá ser presencial (preferible), por videoconferencia o telefónica. Se valorarán, y se discutirán con los candidatos las tareas y sus capacidades para llevarlas a cabo.

La puntuación mínima requerida para superar el proceso selectivo será de 50 puntos.

Los empates que se produzcan en el resultado final del proceso selectivo se dirimirán a favor de quienes obtenga mayor puntuación en el apartado 2. A igualdad de puntuación, por quienes obtengan mayor puntuación en el apartado 3. De persistir el empate, el proceso selectivo se resolverá por sorteo.

Código del anuncio: F2513282

Hace cien años

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