2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
CONCEJO DE MURILLO DE LÓNGUIDA
Aprobación definitiva del proyecto de acondicionamiento y mejora del camino de acceso al cementerio y de la relación de bienes y derechos afectados
El Concejo de Murillo de Lónguida, en sesión celebrada el 30 de agosto de 2025 adoptó el siguiente acuerdo cuyo texto literalmente se transcribe a continuación:
"El Concejo de Murillo de Lónguida, en sesión celebrada el día 12 de diciembre de 2024, acordó aprobar el proyecto, "Acondicionamiento y mejora del camino de acceso al cementerio de Murillo de Lónguida / Murelu-Longida", así como aprobar inicialmente la relación de bienes y derechos afectados por el mismo, sometiéndolo a información pública por plazo de quince días hábiles. Dicho acuerdo fue ratificado por el Ayuntamiento de Lónguida en sesión ordinaria celebrada el día 29 de mayo de 2025.
Transcurrido dicho plazo se han recibido las siguiente alegaciones, que a continuación se contestan:
Alegaciones formuladas por Jesús M.ª Vélaz Burgui en representación de José Javier Vélaz Burgui.
El alegante señala que no se especifica el destino de los 526,42 m² objeto de expropiación en la subparcela 116A del polígono 13, que el plano de proyecto no se corresponde con la finalidad del mismo y solicita una reducción del área a expropiar a la realmente necesaria, así como su justificación y la definición de límites rectos para facilitar las labores de cultivo agrícolas, especialmente en la zona norte. Por último, señala que desconoce si el proyecto expuesto de abril de 2023 es la última versión por tener conocimiento de tres versiones diferentes.
En respuesta a las alegaciones se manifiesta que el Concejo de Murillo de Lónguida promovió el proyecto con el objeto de garantizar un acceso rodado adecuado hasta la parte trasera del cementerio, incluyendo una explanada como parte del trazado, que permita a los vehículos realizar maniobras de giro, evitando que se vean obligados a descender marcha atrás. Asimismo, se contempla una zona de estacionamiento de vehículos, garantizando la estancia del coche fúnebre y la reserva de una plaza para personas con movilidad reducida. En consecuencia, el destino de las superficies de la relación de bienes y derechos aprobada, son las mínimas necesarias para las obras previstas, esto es, camino de acceso, taludes, cuneta de guarda y explanada del camino en la parte superior de la actuación tal y como se especifica en el informe técnico que será remitido al alegante.
Respecto a la solicitud de definición de los límites mediante líneas rectas, se informa que dicha modificación implica un incremento de la superficie afectada en la parcela 116 de 19,54 m² de los que 0,48 m² corresponden a la subparcela C y 19,06 m² a la subparcela A.
Por último, se señala que la versión del proyecto sometido a información pública es la aprobada en diciembre de 2024, Boletín Oficial de Navarra número 127/2025 de 26 de junio y de cuyo acuerdo se dio traslado a los titulares afectados.
En consecuencia, se considera respondida la alegación en lo que respecta a la justificación del proyecto. No puede atenderse la solicitud de reducción de superficie a expropiar, ya que resulta incompatible con la solicitud de modificación de límites que es aceptada, siendo la superficie final a ocupar en la parcela 116 de 611,56 m². Asimismo, se ha detallado la fecha de aprobación y versión del proyecto.
Por todo ello, se acuerda:
Primero.–Aprobar definitivamente el proyecto "Acondicionamiento y mejora del camino de acceso al cementerio de Murillo de Lónguida / Murelu-Longida", así como la relación de bienes y derechos afectados, resolviendo las alegaciones presentadas en el sentido señalado en la parte expositiva, quedando implícita la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación en dicha aprobación.
Segundo.–Solicitar al Gobierno de Navarra como órgano competente para ello, la declaración de urgencia en la ocupación de los bienes y derechos afectados, a los efectos previstos en el artículo 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, debido a la necesidad de dotar de acceso seguro al cementerio de la localidad.
Tercero.–Realizar la retención de crédito necesaria para hacer frente al pago del justiprecio de los bienes y derechos afectados por el proyecto.
Cuarto.–Trasladar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Lónguida para su ratificación.
Quinto.–Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, un resumen del mismo en un diario de la Comunidad Foral, e insertarlo en el tablón de anuncios del Concejo de Murillo de Lónguida y en el del Ayuntamiento de Lónguida.
Sexto.–Notificar el presente acuerdo a los titulares afectados, dándole traslado al alegante del informe técnico completo, significándoles que, contra el mismo, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
Recurso de reposición ante el Concejo de Murillo de Lónguida en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de este acuerdo; o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de notificación de este acuerdo; o bien, recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo".
Dicho acuerdo fue ratificado por el Ayuntamiento de Lónguida en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2025.
Murillo de Lónguida, 29 de septiembre de 2025.–El presidente, Martin Huarte Ollo.
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