BOLETÍN Nº 205 - 14 de octubre de 2025

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ULTZAMA

Calendario laboral para 2026

El Pleno del Ayuntamiento de Ultzama, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de septiembre de 2025, aprobó el calendario de días festivos entre semana durante el año 2026 para el personal al servicio del Ayuntamiento del Valle de Ultzama, estableciendo como fiestas de carácter retribuido y no recuperable para el año 2026, las siguientes:

–1 de enero, jueves: Festividad de Año Nuevo.

–6 de enero, martes: Festividad de la Epifanía del Señor.

–6 de marzo, viernes: Fiesta Local.

–19 de marzo, jueves: Festividad de San José.

–2 de abril: Jueves Santo.

–3 de abril: Viernes Santo.

–6 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo, viernes: Fiesta del Trabajo.

–15 de agosto, viernes: Festividad de la Asunción de la Virgen.

–12 de octubre, lunes: Festividad de la Virgen del Pilar.

–2 de noviembre, lunes: Día siguiente a la Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre, jueves: Fiesta de San Francisco Javier-Día de Navarra.

–8 de diciembre, martes: Festividad de la Inmaculada Concepción.

–25 de diciembre, viernes: Festividad de la Natividad del Señor.

Además, se establecen los días 31 de julio y 3 de agosto de fiesta por fiestas patronales.

Asimismo, se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2026, todos los domingos y los días declarados festivos para las oficinas municipales.

La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo en el Ayuntamiento de Ultzama, fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo, se realizará de la siguiente forma:

A) La jornada diaria de trabajo tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos, de lunes a viernes comprendidas entre las 7:30 y las 15:20 horas.

B) El horario de atención al público y de apertura del Registro General queda establecido de 9:30 horas a 14:30 horas.

C) El disfrute de las vacaciones fijadas reglamentariamente se concederá por el órgano administrativo competente, sobre la base de establecer uno o dos periodos largos y dejar únicamente siete días sueltos para utilizarlos a lo largo del año, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.

Quedan pendientes del disfrute por parte de los/as trabajadores/as, elegir 3 días de asuntos propios, solicitados y justificados previamente a la Alcaldía con la antelación suficiente.

Así mismo, quedan pendientes del disfrute por parte de los/as trabajadores/as, los días correspondientes conforme a la Ley Foral 12/2023, de 29 de marzo, por la que se modifica el texto refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.

D) La distribución de la jornada de trabajo señalada en el anterior apartado A), no se aplicará a los/as empleados/as que, por necesidades del servicio, tengan establecida algún tipo de jornada especial, ni al personal adscrito al Centro Escolar, que se regirán en todo caso por su calendario laboral específico, el cual deberá respetar el cómputo anual de la jornada establecida con carácter anual.

Se hace la salvedad de que en todo caso la duración de la jornada anual quedará condicionada a la que se establezca definitivamente para el año 2026 con carácter general para las Administraciones públicas de Navarra. A tal efecto y en el caso de existir alguna variación se realizarán los ajustes necesarios.

Larraintzar, Valle de Ultzama, 18 de septiembre de 2025.–Martín M.ª Picabea Aguirre, alcalde.

Código del anuncio: L2512633

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