BOLETÍN Nº 200 - 7 de octubre de 2025

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LARRAUN

Encomienda de gestión entre el Ayuntamiento y el Consorcio Turístico del Plazaola para la gestión directa de la ejecución, dirección y gestión de proyectos y actuaciones de mejoras en la Cueva de Mendukilo y mejoras en la oferta turística del entorno que rodea a la cueva

"Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU".

El Ayuntamiento de Larraun en Pleno celebrado el día 9 de septiembre de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.–Aprobar el convenio de encomienda de gestión entre el Ayuntamiento de Larraun y el Consorcio Turístico del Plazaola para la gestión directa de la ejecución, dirección y gestión de proyectos de actuaciones de mejoras en la Cueva de Mendukilo (Astitz) y mejoras en la oferta turística del entorno que rodea a la cueva.

Segundo.–Facultar al señor alcalde del Ayuntamiento de Larraun, Mikel Uharte Martija, para la firma del convenio y cuantos documentos sean necesarios para su efectividad.

Tercero.–Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, de conformidad con el artículo 11.3 de la Ley 40/2015.

Mugiro, Larraun, 10 de septiembre de 2025.–El alcalde, Mikel Uharte Martija.

CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE EL CONSORCIO TURÍSTICO PLAZAOLA Y EL AYUNTAMIENTO DE LARRAUN PARA LA GESTIÓN DIRECTA DE LA EJECUCIÓN, DIRECCIÓN Y GESTIÓN DE PROYECTOS Y ACTUACIONES DE MEJORAS EN LA CUEVA DE MENDUKILO (ASTITZ, NAVARRA) Y MEJORAS EN LA OFERTA TURÍSTICA DEL ENTORNO QUE RODEA A LA CUEVA

«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU».

En Lekunberri, a 10 de septiembre de 2025.

REUNIDOS:

De una parte, don Arkaitz Goikoetxea Arriola, representante legal del Consorcio Turístico Plazaola, con CIF G31498371 y con domicilio en calle Plazaola, número 21, 31870, Lekunberri (Navarra), en el ejercicio de las competencias que le otorga la condición de Presidente de dicha entidad.

De otra parte, don Mikel Uharte Martija, representante legal del Ayuntamiento de Larraun, con C.I.F. P3114300 y domicilio en Gabari Plaza, número 1, 31878, Muguiro-Larraun (Navarra), en el ejercicio de las competencias que le otorga la condición de alcalde de dicha entidad.

Todas las partes, reconociéndose respectivamente capacidad legal y competencia suficientes para formalizar la presente encomienda.

EXPONEN:

I.–Que, según se dispone en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.

La encomienda de gestión no supone la cesión de titularidad de la competencia, siendo responsabilidad de la entidad encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda.

Cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos de distintas Administraciones se formalizará mediante la firma del correspondiente convenio entre ellas.

El instrumento de formalización de la encomienda de gestión deberá ser publicado para su eficacia en el diario oficial correspondiente.

II.–Que la Cueva de Mendukilo, situada en el Concejo de Astitz (Navarra), constituye un recurso turístico singular del Valle de Larraun, cuya gestión ha sido asumida de forma colaborativa por el Ayuntamiento de Larraun, el Ayuntamiento de Lekunberri, el Concejo de Astitz y el Consorcio Turístico Plazaola, en base a la constitución de la compañía mercantil de responsabilidad limitada "Astizko Kobak S.L.-Cuevas de Astitz S.L.", a fecha de 31 de mayo de 2001.

III.–Que, con el fin de reforzar la calidad de la experiencia turística, la sostenibilidad y la accesibilidad del recurso, se ha diseñado un conjunto de actuaciones de mejora, tanto en la Cueva como en su entorno.

IV.–Que los proyectos y actuaciones de mejoras en la Cueva de Mendukilo (Astitz, Navarra) y mejoras en la oferta turística del entorno que rodea a la Cueva, se encuentran incluidas en el Plan de Sostenibilidad Turística en Destino (PSTD) "Plazaola-Sakana-Ultzamaldea", financiado por los fondos Next Generation EU.

V.–Que el Ayuntamiento de Larraun ha suscrito con la Asociación Cederna-Garalur, con fecha 16 de mayo de 2025, el Convenio Regulador para la ejecución por el Ayuntamiento de Larraun de las actuaciones enmarcadas en la subvención concedida a la Asociación Cederna-Garalur para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino "Plazaola-Sakana-Ultzamaldea", Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, entre las que se encuentran las siguientes:

  • 3.1 - "Rehabilitación energética del edificio de acogida de visitantes de la cueva turística de Mendukilo".
  • 6.2.1 - "Sensorización bioclimática y de radón en la cueva de Mendukilo".
  • 7.3 - "Musealización centro de recepción de la cueva de Mendukilo".

VI.–Que, el Ayuntamiento de Larraun realizará el encargo de la ejecución y gestión de las actuaciones correspondientes a la sociedad "Astizko Kobak S.L.–Cuevas de Astiz S.L", declarada ente instrumental del Ayuntamiento de Larraun, del Concejo de Astitz, del Consorcio Turístico del Plazaola y del Ayuntamiento de Lekunberri, con el fin llevar a cabo los trabajos correspondientes a dichas actuaciones.

VII.–Que, de conformidad con el artículo 39.1.g) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, que habilita a las entidades locales a celebrar convenios para la gestión común de servicios o la realización conjunta de obras.

VIII.–Que el Consorcio Turístico Plazaola, como entidad participante en dicha gestión, desea encomendar la ejecución material, técnica y administrativa de dichas actuaciones al Ayuntamiento de Larraun, que dispone de medios adecuados para su realización.

Por todo ello, acuerdan suscribir el presente convenio de encomienda de gestión, dentro del marco establecido en las siguientes leyes: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley Foral Reguladora de Bases de Régimen Local, y Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, con arreglo a las siguientes,

CLÁUSULAS:

Primera.–El objeto del presente Convenio es formalizar una encomienda de gestión entre el Consorcio Turístico Plazaola y el Ayuntamiento de Larraun, al amparo del artículo 11 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local y la Ley de la Administración Local, para encomendar la gestión directa del Consorcio Turístico Plazaola al Ayuntamiento de Larraun para la ejecución, dirección técnica y gestión administrativa de las siguientes actuaciones en la Cueva de Mendukilo (Astitz) y su entorno:

  • 3.1 - "Rehabilitación energética del edificio de acogida de visitantes de la cueva turística de Mendukilo".
  • 6.2.1 - "Sensorización bioclimática y de radón en la cueva de Mendukilo".
  • 7.3 - "Musealización centro de recepción de la cueva de Mendukilo".

Segunda.–La presente encomienda de gestión directa no implica cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. El Consorcio Turístico Plazaola conserva la titularidad de las competencias y la responsabilidad última de los actos jurídicos que se deriven.

Tercera.–Comisión de seguimiento. Con el fin de articular el seguimiento de la ejecución de las medidas previstas en el presente Convenio de encomienda de gestión y proceder a su interpretación, se creará una Comisión de Seguimiento con las siguientes composición y funciones:

  • Composición: El presidente del Consorcio Turístico Plazaola y el alcalde del Ayuntamiento de Larraun.
  • Funciones: Revisión del correcto funcionamiento de las tareas encomendadas.

En todo lo no específicamente previsto sobre el funcionamiento de esta Comisión, serán de aplicación las normas sobre órganos colegiados previstas en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

Cuarta.–El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contenidas en el presente convenio podrá dar lugar a la resolución del mismo.

Quinta.–La vigencia del presente Convenio se extenderá hasta la total ejecución y verificación de las actuaciones, conforme a las condiciones establecidas en el Convenio de colaboración suscrito entre la Asociación Cederna-Garalur y el Ayuntamiento de Larraun para la ejecución de las actuaciones enmarcadas en la subvención concedida a la Asociación Cederna-Garalur para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino "Plazaola-Sakana-Ultzamaldea", Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Sexta.–El presente acuerdo de encomienda de gestión podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes.

Séptima.–Esta actuación se enmarca en los fondos Next Generation EU, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo y, concretamente, formando parte de la Componente 14 "Plan de Modernización y competitividad del sector turístico", en la inversión número 1 "Transformación del modelo turístico hacia la sostenibilidad", Submedida 2: "Planes de Sostenibilidad Turística en Destino" para actuaciones transformadoras en el sector turístico en los ámbitos de la transición verde, la transición digital y la mejora de la competitividad turística.

Se financiarán las actuaciones aprobadas en la convocatoria extraordinaria de planes territoriales de sostenibilidad turística en destinos 2023, incorporada al Plan nacional de Sostenibilidad Turística en Destino de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado mediante acuerdo de la conferencia sectorial de turismo de 9 de mayo de 2023, y resolución de 22 de mayo de 2023 de la secretaría de estado de turismo; y publicado en el Boletín Oficial del Estado número 129 de 31 de mayo de 2023, proyecto Plan de Sostenibilidad Turística en Destino (PSTD) "Plazaola-Sakana-Ultzamaldea".

En el presupuesto de gastos vigente del Ayuntamiento de Larraun no existe partida presupuestaria suficiente para financiar el gasto previsto, por lo que la aprobación del Convenio está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del convenio en el ejercicio correspondiente. Se trata de una condición suspensiva al amparo de lo establecido en el artículo 210.bis de la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra.

Octava.–Este convenio ostenta a todos los efectos naturaleza administrativa.

Novena.–El presente convenio tendrá eficacia una vez firmado por ambas partes y publicado en el Boletín Oficial de Navarra, de conformidad con el artículo 11.3 de la Ley 40/2015.

Y en prueba de conformidad suscriben ambas partes el presente convenio en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Firmado:

Por el Consorcio Turístico Plazaola, Arkaitz Goikoetxea Arriola.–Por el Ayuntamiento de Larraun, Mikel Uharte Martija.

Código del anuncio: L2512173

Hace cien años

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