BOLETÍN Nº 200 - 7 de octubre de 2025

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LARRAUN

Encomienda de gestión entre el Ayuntamiento y el Concejo de Iribas para la ejecución de las actuaciones de habilitación de punto de acogida del nacedero del río Larraun: aparcamiento disuasorio a la entrada de Iribas

"Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU".

El Ayuntamiento de Larraun en pleno celebrado el día 9 de septiembre de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.–Aprobar el convenio de encomienda de gestión entre el Ayuntamiento de Larraun y el Concejo de Iribas para la ejecución de las actuaciones de habilitación de punto de acogida del nacedero del río Larraun en Iribas (aparcamiento disuasorio a la entrada de Iribas).

Segundo.–Facultar al señor alcalde del Ayuntamiento de Larraun, Mikel Uharte Martija, para la firma del convenio y cuantos documentos sean necesarios para su efectividad.

Tercero.–Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, de conformidad con el artículo 11.3 de la Ley 40/2015.

Mugiro, Larraun, 10 de septiembre de 2025.–El alcalde, Mikel Uharte Martija.

CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL CONCEJO DE IRIBAS AL AYUNTAMIENTO DE LARRAUN PARA LA EJECUCIÓN DE LAS ACTUACIONES DE HABILITACIÓN DE PUNTO DE ACOGIDA DEL NACEDERO DEL RÍO LARRAUN EN IRIBAS (APARCAMIENTO DISUASORIO A LA ENTRADA DE IRIBAS)

«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU».

En Iribas, a 21 de julio de 2025.

REUNIDOS:

De una parte, don Ramón Ruiz Cabestany, en representación del Concejo de Iribas, con C.I.F. P3151500J y domicilio en calle San Fermín, s/n - 31879, Iribas-Larraun (Navarra), en el ejercicio de las competencias que le otorga la condición de Presidente del Concejo.

De otra parte, don Mikel Uharte Martija, representante legal del Ayuntamiento de Larraun, con C.I.F. P3114300 y domicilio en Gabari Plaza, 1 - 31878, Muguiro-Larraun (Navarra), en el ejercicio de las competencias que le otorga la condición de alcalde de dicha entidad.

En la condición que intervienen, las partes se reconocen mutuamente la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN:

I.–Que, según se dispone en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada a otros órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.

La encomienda de gestión no supone la cesión de titularidad de la competencia, siendo responsabilidad de la entidad encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda.

Cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos de distintas Administraciones se formalizará mediante la firma del correspondiente convenio entre ellas.

El instrumento de formalización de la encomienda de gestión deberá ser publicado para su eficacia en el diario oficial correspondiente.

II.–Que el Concejo de Iribas desea ejecutar las actuaciones de habilitación del punto de acogida del nacedero del río Larraun en Iribas consistentes en el acondicionamiento del aparcamiento disuasorio a la entrada del Concejo, para mejorar la accesibilidad y seguridad vial en la zona y ordenar el flujo de visitantes al Nacedero y la protección del entorno.

III.–Que el Ayuntamiento de Larraun dispone de medios técnicos, materiales y personales suficientes para llevar a cabo la ejecución de dicha actuación.

IV.–Que las actuaciones de habilitación del punto de acogida del nacedero del río Larraun en Iribas, consistentes en el acondicionamiento del aparcamiento disuasorio a la entrada del Concejo, se encuentran incluida en el Plan de Sostenibilidad Turística en Destino (PSTD) "Plazaola–Sakana-Ultzamaldea", financiado por los fondos Next Generation EU.

V.–Que el Ayuntamiento de Larraun ha suscrito con la Asociación Cederna-Garalur, con fecha 16 de mayo de 2025, el Convenio Regulador para la ejecución por el Ayuntamiento de Larraun de las actuaciones enmarcadas en la subvención concedida a la Asociación Cederna-Garalur para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino "Plazaola–Sakana-Ultzamaldea", Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, entre las que se encuentra la "Habilitación de punto de acogida del nacedero del río Larraun en Iribas".

VI.–Que, de conformidad con el artículo 39.1.g) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, habilita a las entidades locales a celebrar convenios para la gestión común de servicios o la realización conjunta de obras.

Por todo ello, acuerdan suscribir el presente convenio de encomienda de gestión, dentro del marco establecido en las siguientes leyes: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley Foral Reguladora de Bases de Régimen Local, y Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, con arreglo a las siguientes,

CLÁUSULAS:

Primera.–El objeto del presente Convenio es articular una encomienda de gestión entre el Concejo de Iribas y el Ayuntamiento de Larraun, al amparo del artículo 11 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local y la Ley de la Administración Local.

Segunda.–El Concejo de Iribas encomienda al Ayuntamiento de Larraun la gestión de las actuaciones necesarias para la ejecución de las actuaciones de "Habilitación de punto de acogida del nacedero de Larraun en Iribas (Aparcamiento disuasorio a la entrada de Iribas)", incluyendo la tramitación, contratación, ejecución y supervisión de las obras.

Tercera.–La presente encomienda no supone la cesión de la titularidad de la competencia, ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del Concejo de Iribas dictar cuantos actos jurídicos sean necesarios para su desarrollo.

Cuarta.–La memoria objeto del presente Convenio deberá contar con el visto bueno y aprobación del Concejo de Iribas.

Quinta.–Comisión de seguimiento. Con el fin de articular el seguimiento de la ejecución de las medidas previstas en el presente convenio de encomienda de gestión y proceder a su interpretación, se creará una comisión de seguimiento con las siguientes composición y funciones:

  • Composición: El presidente del Concejo y el alcalde del Ayuntamiento de Larraun.
  • Funciones: Revisión del correcto funcionamiento de las tareas encomendadas.

En todo lo no específicamente previsto sobre el funcionamiento de esta comisión, serán de aplicación las normas sobre órganos colegiados previstas en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

Sexta.–El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contenidas en el presente convenio podrá dar lugar a la resolución del mismo.

Séptima.–La vigencia del presente Convenio se extenderá hasta la total ejecución y verificación de las actuaciones, conforme a las condiciones establecidas en el Convenio de colaboración suscrito entre la Asociación Cederna-Garalur y el Ayuntamiento de Larraun para la ejecución de las actuaciones enmarcadas en la subvención concedida a la Asociación Cederna-Garalur para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino "Plazaola–Sakana-Ultzamaldea", Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Octava.–El presente acuerdo de encomienda de gestión podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes.

Novena.–Esta actuación se enmarca en los fondos Next Generation EU, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo y, concretamente, formando parte de la Componente 14 "Plan de Modernización y competitividad del sector turístico", en la inversión número 1 "Transformación del modelo turístico hacia la sostenibilidad", Submedida 2: "Planes de sostenibilidad turística en destino" para actuaciones transformadoras en el sector turístico en los ámbitos de la transición verde, la transición digital y la mejora de la competitividad turística.

Se financiarán las actuaciones aprobadas en la convocatoria extraordinaria de planes territoriales de sostenibilidad turística en destinos 2023, incorporada al Plan nacional de Sostenibilidad Turística en Destino de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado mediante acuerdo de la conferencia sectorial de turismo de 9 de mayo de 2023, y resolución de 22 de mayo de 2023 de la secretaría de estado de turismo; y publicado en el Boletín Oficial del Estado número 129 de 31 de mayo de 2023. proyecto Plan de Sostenibilidad Turística en Destino (PSTD) "Plazaola-Sakana-Ultzamaldea".

En el presupuesto de gastos vigente del Ayuntamiento de Larraun no existe partida presupuestaria suficiente para financiar el gasto previsto, por lo que la aprobación del Convenio está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del convenio en el ejercicio correspondiente. Se trata de una condición suspensiva al amparo de lo establecido en el artículo 210.bis de la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra.

Décima.–Este Convenio ostenta a todos los efectos naturaleza administrativa.

Decimoprimera.–El presente convenio tendrá eficacia una vez firmado por ambas partes y publicado en el Boletín Oficial de Navarra, de conformidad con el artículo 11.3 de la Ley 40/2015.

Y en prueba de conformidad suscriben ambas partes el presente convenio en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Firmado:

Por el Concejo de Iribas, Ramón Ruiz Cabestany.–Por el Ayuntamiento de Larraun, Mikel Uharte Martija.

Código del anuncio: L2512170

Hace cien años

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