BOLETÍN Nº 193 - 26 de septiembre de 2025

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 615/2025, de 9 de septiembre, del director general de Educación y Formación Profesional, por la que se aprueba la modificación de la Resolución 483/2025, de 17 de julio, por la que se aprueba la convocatoria pública para la asignación económica que provea de profesionales para la atención del alumnado con necesidades de apoyo educativo en los centros concertados de la Comunidad Foral de Navarra, para el curso 2025-2026 y sus bases reguladoras en el anexo I.

Con fecha 17 de julio de 2025, se aprobó la Resolución 483/2025, de 17 de julio, por la que aprueba la convocatoria pública para la asignación económica que provea de profesionales para la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, en los centros concertados de la Comunidad Foral de Navarra, para el curso 2025-2026.

Tras la aprobación, se han advertido errores en la resolución y el anexo I adjunto, ya que este último no contiene modificaciones y actualizaciones en las bases respecto a la convocatoria del año anterior, realizadas por el Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia. Por error, se adjuntó un anexo que no contiene las bases reguladoras revisadas y definitivas.

En virtud de las facultades atribuidas por el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Modificar el contenido del primer párrafo de la Resolución 483/2025, de 17 de julio, por la que se aprueba la convocatoria pública para la asignación económica que provea de profesionales para la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, en los centros concertados de la Comunidad Foral de Navarra, para el curso 2025-2026:

Donde dice: "La Ley Foral 2/2024 de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2025".

Debe decir: "La Ley Foral 19/2024 de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2025".

2.º Modificar el punto 2.1 de citada resolución, y el punto 2.1 de la base cuarta del anexo I:

Donde dice: "Con cargo a la partida 410003-41600-4811-322402, "Necesidades educativas específicas. Centros privados concertados y/o subvencionados", un total de 5.993.270,00 euros, desglosado en 1.997.756,67 euros del presupuesto de 2025 y el resto, 3.995.513,33 euros, con cargo a la partida presupuestaria que con la misma denominación se habilite en el presupuesto de gastos de 2026."

Debe decir: "Con cargo a la partida 410003-41600-4811-322402, "Necesidades educativas específicas. Centros privados concertados y/o subvencionados", un total de 5.993.270,00 euros, desglosado en 1.997.756,67 euros del presupuesto de 2025 y el resto, 3.995.513,33 euros, con cargo a la partida presupuestaria equivalente que a tal efecto se habilite en el presupuesto de gastos de 2026".

3.º Modificar el punto 2.2 de citada resolución, y el punto 2.2 de la base cuarta del anexo I:

Donde dice: "Con cargo a la partida 410003-41600-4811-322403, "Inmigración y minorías culturales. Centros privados concertados y/o subvencionados", un total de 875.812,25 euros, desglosado en 291.937,33 euros del presupuesto de gastos de 2025 y el resto, 583.874,67 euros, con cargo a la partida presupuestaria que con la misma denominación se habilite en el presupuesto de gastos de 2026."

Debe decir: "Con cargo a la partida 410003-41600-4811-322403, "Inmigración y minorías culturales. Centros privados concertados y/o subvencionados", un total de 875.812,25 euros, desglosado en 291.937,33 euros del presupuesto de gastos de 2025 y el resto, 583.874,67 euros, con cargo a la partida presupuestaria equivalente que a tal efecto se habilite en el presupuesto de gastos de 2026."

4.º Modificar el contenido del punto 2 de la base tercera del anexo I:

Donde dice: "El salario, antigüedad y cargas sociales de los recursos humanos, correspondientes a personal complementario no docente, serán abonadas directamente por el titular del Centro y compensados por la Administración Educativa a dicho titular mediante abonos bimensuales."

Debe decir: "El salario, antigüedad y cargas sociales de los recursos humanos, correspondientes a personal complementario no docente, serán abonadas directamente por el titular del Centro y compensados por la Administración Educativa a dicho titular mediante abonos bimestrales."

5.º Suprimir el punto 3 de la base tercera del anexo I.

6.º Modificar el contenido del punto 6 de la base sexta del anexo I:

Donde dice: "La justificación de la utilización de los recursos concedidos se hará a través de:".

Debe decir: "La justificación de la utilización de los recursos concedidos para el curso 2025-2026 se hará a través de:".

7.º Modificar el contenido del punto 6.1 de la base sexta del anexo I:

Donde dice: "El titular del centro, como justificación de estos ingresos, presentará en la Sección de Financiación de Centros Escolares, antes del 30 de julio de 2025".

Debe decir: "El titular del centro, como justificación de estos ingresos, presentará en la Sección de Financiación de Centros Escolares, antes del 31 de octubre de 2026".

8.º Suprimir el punto 7 de la base sexta anexo I.

9.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

10.º Contra la presente convocatoria y sus bases podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Educación, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

11.º Trasladar la presente resolución a la Intervención delegada en el Departamento de Educación, al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia, al Servicio de Nóminas y Seguros Sociales, al Servicio de Gestión de Personal Temporal, a la Sección de Presupuestos y Gestión Económica, a la Sección de Financiación de Centros Escolares y al Centro de Recursos para la Equidad Educativa en Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 9 de septiembre de 2025.–El director general de Educación y Formación Profesional, Gil Sevillano González.

Código del anuncio: F2512151

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