1. Comunidad Foral de Navarra
1.2. Autoridades y Personal
1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones
RESOLUCIÓN 283/2025, de 12 de septiembre, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se confieren las habilitaciones para el acceso a la condición de secretaria y secretario de las entidades locales de Navarra a las personas aspirantes que se relacionan, nombrándoles funcionarias y funcionarios para el ejercicio de dichas funciones públicas en las plazas que respectivamente se les adjudican, fijando la fecha para la toma de posesión en los puestos de que se trata.
Mediante Resolución 680/2022, de 1 de diciembre del director general de Administración Local y Despoblación, se aprobó la convocatoria para la obtención de la habilitación, conferida por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el acceso a los puestos de Secretaría de las Entidades Locales de Navarra, mediante el proceso selectivo en turno libre por el sistema de concurso-oposición y el proceso selectivo de estabilización de empleo temporal por concurso-oposición.
Mediante Resolución 251/2025, de 6 de agosto, del director general de Administración Local y Despoblación, se convocó acto de elección de vacantes complementario.
Una vez finalizado el procedimiento de asignación de vacantes y comprobación de requisitos, procede otorgar las habilitaciones y nombrar funcionarias y funcionarios a las personas aspirantes a quienes les han sido asignadas aquéllas por haber cumplido todos los requisitos exigidos en la convocatoria, así como fijar fecha para la toma de posesión de ambos procesos selectivos.
Se constata la imposibilidad de otorgar habilitaciones a todas las personas aspirantes que aprobaron las pruebas de los procesos selectivos, así como que han quedado desiertas las plazas ofertadas de Secretaría de las siguientes entidades locales: Esteribar, Castillonuevo, Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa, Agrupación de Ayuntamientos de Donamaría, Urrotz, Oitz y Beintza-Labaien y Agrupación de Ayuntamientos de Arce- Artzi, Oroz-Betelu / Orotz-Betelu y Lónguida-Longida.
En relación con la fijación de fecha para la toma de posesión, ha de tenerse en consideración que, mediante Ley Foral 6/2025, de 15 de mayo, se ha modificado la Ley Foral 16/2022, habiendo quedado derogado su artículo 8.2, por lo que el precepto que establecía la toma de posesión simultánea para todos los procedimientos regulados por dicha ley foral ya no existe y puede fijarse una fecha de toma de posesión para las personas adjudicatarias, por no darse ya impedimento normativo alguno al respecto.
El nombramiento y toma de posesión conferirán a las personas designadas el carácter de funcionarias y funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario al servicio de las entidades locales de Navarra, pasando a depender de la correspondiente entidad local.
Serán afiliadas y dadas de alta en el régimen general de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.
No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliadas al régimen de derechos pasivos de cualquier montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse acogidas al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo o por afiliarse al régimen general de la Seguridad Social.
El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.
La residencia de las personas funcionarias en una localidad distinta de la de su destino no les exime de la asistencia puntual al lugar de trabajo y del estricto cumplimiento de la jornada y de las funciones propias del cargo, y no implicará compensación alguna por el desplazamiento al lugar de trabajo.
Las personas aspirantes nombradas deberán tomar posesión del puesto de trabajo de Secretaría en la entidad local de destino el día 1 de octubre de 2025.
Quienes, salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión en la fecha establecida, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de personal funcionario habilitado para el puesto de Secretaría de las entidades locales de Navarra.
Por cuanto antecede, y en uso de las facultades delegadas mediante Orden Foral 35/2020, de 1 de julio, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias atribuidas por la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, en la persona titular de la Dirección General de Administración Local y Despoblación, en virtud de las atribuciones reconocidas en el Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,
RESUELVO:
1.º Conferir las habilitaciones para el acceso a la condición de secretaria y secretario de las entidades locales de Navarra por el proceso selectivo en turno libre proceso selectivo y por el proceso selectivo de estabilización por concurso oposición a las personas aspirantes que se relacionan, y nombrarles funcionarias y funcionarios para el ejercicio de dichas funciones públicas en las plazas que respectivamente se les adjudican.
2.º Las adjudicatarias y adjudicatarios, tanto del proceso selectivo en turno libre, como del proceso selectivo de estabilización por concurso oposición deberán tomar posesión en los puestos para los que hubiesen sido nombrados en la respectiva entidad local el día 1 de octubre de 2025.
Las personas y puestos adjudicados son los recogidos en el anexo único de la presente resolución.
El nombramiento y toma de posesión conferirán a las personas designadas el carácter de personal funcionario habilitado de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario al servicio de las entidades locales de Navarra.
Quienes, salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión en la fecha establecida, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de personal funcionario habilitado para el puesto de Secretaría de las entidades locales de Navarra.
3.º Declarar desierta la provisión de las plazas ofertadas de Secretaría de las siguientes entidades locales: Esteribar, Castillonuevo, Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa, Agrupación de Ayuntamientos de Donamaría, Urrotz, Oitz y Beintza-Labaien y Agrupación de Ayuntamientos de Arce-Artzi, Oroz-Betelu / Orotz-Betelu y Lónguida-Longida.
4.º Notificar la presente resolución a las personas adjudicatarias y a las entidades locales interesadas.
5.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, teniendo en cuenta que dicha publicación surtirá los mismos efectos que la notificación en atención a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.º Contra esta resolución, las personas interesadas en el expediente que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación, mientras que las Administraciones públicas, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Pamplona, 12 de septiembre de 2025.–El director general de Administración Local y Despoblación, Jesús M.ª Rodríguez Gómez.
ANEXO.–HABILITACIONES Y PLAZAS ADJUDICADAS
Secretaría turno libre.
NOMBRE | CENTRO |
Marcen Echandi, Alvaro | Ayuntamiento de Huarte / Uharte |
Suarez Urrutia, Idoia | Ayuntamiento de Miranda de Arga |
Secretaría estabilización por concurso oposición.
NOMBRE | CENTRO | IDIOMA |
Fernández Ejea, Alberto | Agrupación Barillas, Monteagudo y Tulebras | |
Estanga Urroz, Joana | Mancomunidad de Sakana | E–C1 |
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