1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 339E/2025, de 25 de agosto, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación, por la que se acepta el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de elaboración de combustibles a partir de residuos y estación de transferencia de residuos, cuyo titular es Chipala Medioambiente, S.L., ubicada en término municipal de Estella / Lizarra.
Esta instalación dispone de autorización ambiental integrada concedida mediante la Resolución 2230/2009, de 4 de noviembre, del director general de Medio Ambiente y Agua, actualizada posteriormente por la Resolución 369E/2014, de 13 de agosto, del director general de Medio Ambiente y Agua.
Con fecha 27/06/2025 el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su Autorización Ambiental Integrada, en concreto, la inclusión en el listado de residuos gestionados del anejo III de la autorización ambiental integrada, de un nuevo residuo con código LER 191207, procedente de la industria de fabricación de paneles de madera. Dicho residuo se incluiría en el proceso ya autorizado R1208, de fabricación de CDR.
El Servicio de Economía Circular e Innovación ha revisado la solicitud presentada, concluyendo que es aceptable por ser acorde con el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, y con la aplicación de las mejores técnicas disponibles, concluyendo con la siguiente valoración:
CÓDIGO LER | DESCRIPCIÓN | VALORACIÓN |
19 12 07 | Madera distinta de la especificada en el código 19 12 06. | Se acepta su inclusión en el listado de residuos a gestionar. |
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,
RESUELVO:
Primero.–Aceptar el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de elaboración de combustibles a partir de residuos y estación de transferencia de residuos, cuyo titular es Chipala Medioambiente, S.L., ubicada en término municipal de Estella/Lizarra, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.
Segundo.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el título III de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable.
Tercero.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
Cuarto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.
Quinto.–Trasladar la presente resolución a Chipala Medioambiente, S.L., al Ayuntamiento de Estella/Lizarra, a los efectos oportunos.
Pamplona, 25 de agosto de 2025.–El director del Servicio de Economía Circular e Innovación, Raúl Salanueva Murguialday.
Nota: Los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9 - planta baja, Servicio de Economía Circular e Innovación; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/CentroPublicaciones.html#/CentroPublicaciones.
Código del anuncio: F2511213