1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 162/2024, de 10 de diciembre, de la directora general de Energía, I+D+i empresarial y Emprendimiento por la que se otorga autorización administrativa previa para la instalación de producción de energía eléctrica denominada planta solar fotovoltaica "Oarriz", de 1,1 MW, y sus infraestructuras asociadas de transformación y evacuación, en término municipal Atetz / Atez.
1. Solicitud de autorización administrativa previa.
De conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, con fecha 16 de enero de 2024, Believe In Change, SL solicitó autorización administrativa previa para la ejecución de la planta solar fotovoltaica "Oarriz", de 1,1 MW, instalada en suelo, y sus infraestructuras asociadas de transformación y evacuación, en el término municipal de Atetz / Atez.
Según la documentación técnica aportada, la instalación solar ocupa 2,61 Ha y se sitúa sobre la parcela 5 del polígono 1 del referido municipio y el anteproyecto, en su conjunto, está compuesto por los siguientes elementos principales:
–2.619 módulos fotovoltaicos bifaciales modelo Trunsun Solar TSBHM-144HVG de 540 Wp, o similar, instalados sobre 97 estructuras fijas y distribuidos en 97 cadenas de 27 módulos en serie cada una, totalizando una potencia pico de 1.414,26 kWp.
–5 inversores SUNGROW SG250HX o similar, limitados a 100 kW uno de ellos, sumando 1,1 MWn de potencia nominal.
–Conexión subterránea en baja tensión entre los inversores y un centro de transformación con caseta prefabricada de hormigón para celdas de media tensión y transformador de intemperie de 0,6 kVA, con cercado metálico de protección, que elevará la tensión de la energía generada de 800V hasta los 13,2 kV.
–Línea subterránea de evacuación a 13,2 kV (461 metros) entre el centro de transformación y el punto de conexión a la red de distribución (LAMT L02 Ultzama-Ostiz existente).
2. Trámite de consultas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud se sometió a información pública durante 30 días hábiles mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 29 de 8 de febrero de 2024, habiéndose publicado la documentación en la ficha web correspondiente de Gobierno Abierto de Navarra. Asimismo, la información se remitió al Ayuntamiento de Atetz / Atez para su exposición al público en su correspondiente tablón de edictos por el mismo plazo, acto del cual consta en el expediente diligencia acreditativa.
No se recibieron alegaciones.
Al mismo tiempo, en aplicación de lo establecido en el artículo 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se remitieron separatas del anteproyecto a los siguientes organismos, habiendo recibido los informes señalados en la tabla:
ORGANISMO | INFORME | FECHA |
Ayuntamiento de Atetz / Atez | X | 15/11/2024 |
Sección de Patrimonio Arquitectónico | X | 12/02/2024 |
Sección de Registro, Bienes Muebles y Arqueología | X | 12/02/2024 |
Servicio Conservación de la D.G. de Obras Públicas e Infraestructuras | | |
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) | X | 14/02/2024 |
Conforme a la misma normativa, los informes señalados se remitieron al promotor.
El contenido y análisis de los informes se resumen en el anexo de la presente resolución.
3. Evaluación de afecciones ambientales favorable.
Mediante Resolución 87E/2024, de 15 de abril, del director de Servicio de Biodiversidad y Gestión Piscícola, por se formula Evaluación de Afecciones Ambientales favorable para el proyecto, debiendo observarse las determinaciones recogidas en la propia resolución ambiental.
4. Autorización de actividades y usos en suelo no urbanizable.
Mediante Resolución 391E/2024, de 7 de octubre, del director general de Ordenación del Territorio, se formula autorización de actividades y usos en suelo no urbanizable para el proyecto, debiendo observarse las determinaciones recogidas en la propia resolución urbanística.
5. Propuesta de autorización administrativa previa.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, consta acreditación de la capacidad legal, técnica y económica de Believe In Change, SL.
Por otro lado, tal y como exige el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Believe In Change, SL dispone de permiso de acceso y conexión otorgado por el gestor de la red de distribución en el punto de conexión proyectado otorgado por el gestor de la red de distribución.
Por todo ello, vista la documentación presentada y atendiendo a lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, la Sección de Infraestructuras Energéticas del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas concluye que el procedimiento se ha llevado a cabo adecuadamente y propone conceder autorización administrativa previa a Believe In Change, SL para la instalación de producción de energía eléctrica denominada planta solar fotovoltaica "Oarriz".
De conformidad con lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,
RESUELVO:
1. Otorgar autorización administrativa previa a Believe In Change, SL para la instalación de producción de energía eléctrica denominada planta solar fotovoltaica "Oarriz", de 1,1 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras asociadas de transformación y evacuación, en término municipal Atetz / Atez.
2. La presente autorización administrativa previa se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables. Asimismo, se debe tener en cuenta lo previsto en el artículo 36 de la Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo, de Cambio Climático y Transición Energética, en cuanto a la oferta de participación local, obligatoria siempre que el proyecto de generación renovable esté ubicado en el suelo público.
3. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, a las Secciones de Patrimonio Arquitectónico y de Registro, Bienes Muebles y Arqueología del Servicio de Patrimonio Histórico y al Servicio de Conservación de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, a los efectos oportunos.
4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.
5. Notificar esta resolución a Believe In Change, SL y a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, advirtiendo que, contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el código de expediente.
6. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de Atetz / Atez y a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, advirtiendo que, contra la misma, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Pamplona, 10 de diciembre de 2024.–La directora general de Energía, I+D+i empresarial y Emprendimiento, Garbiñe Basterra Olóriz.
ANEXO.–INFORMES RECIBIDOS
A continuación, se incluye resumen y análisis de los informes recibidos:
Informe 1.–Sección de Patrimonio Arquitectónico del Servicio de Patrimonio Histórico.
Mediante informe de fecha 12 de febrero de 2024, la Sección de Patrimonio Arquitectónico del Servicio de Patrimonio Histórico señala que "no hay afecciones" en lo que compete a dicha Sección.
Informe 2.–Sección de Registro, Bienes Muebles y Arqueología del Servicio de Patrimonio Histórico.
En informe de 12 de febrero de 2024, la Sección de Registro, Bienes Muebles y Arqueología informa que no se encuentra catalogado ningún yacimiento arqueológico. No obstante, se recuerda que, si en el trascurso de la obra apareciese algún resto arqueológico, se debe comunicar de forma inmediata.
Informe 3.–Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
En informe de 14 de febrero de 2024, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) traslada que no tiene competencia para pronunciarse respecto a las autorizaciones que pueda emitir su Administración, u otras administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias.
Informe 4.–Ayuntamiento de Atetz / Atez.
En informe de 15 de noviembre de 2024, recibido fuera de plazo, el Ayuntamiento de Atetz / Atez traslada que se está elaborando una planificación energética municipal propia en la cual no tiene cabida el proyecto de planta solar fotovoltaica planteado.
Respuesta:
Las cuestiones de carácter urbanístico han sido valoradas por el órgano competente, habiendo concluido su evaluación con la emisión de la Resolución 391E/2024, de 7 de octubre, del director general de Ordenación del Territorio, por la que se formula autorización de actividades y usos en suelo no urbanizable para el proyecto.
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