2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
ANDOSILLA
Delegación de alcaldía para celebrar matrimonio civil
El alcalde-presidente de Ayuntamiento de Andosilla mediante Resolución 443/2024, de 12 de diciembre, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, e Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización de matrimonio civil por los alcaldes, teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 43 y 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, sobre delegación de atribuciones de Alcaldía, acordó delegar las funciones que a esta alcaldía corresponden para la celebración de matrimonios civiles en la concejal del Ayuntamiento de Andosilla que a continuación se indica, cuando así lo soliciten los contrayentes:
–Beatriz Sádaba Argáiz.
Andosilla, 9 de enero de 2025.–El alcalde, José Manuel Terés Azcona.
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