1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 304E/2025, de 7 de agosto, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se modifica de oficio la autorización ambiental unificada de la instalación de transferencia y pretratamiento de residuos peligrosos y no peligrosos, cuyo titular es Sara Domingo Calderón, ubicada en término municipal de Murchante, de acuerdo con los cambios detallados en el anejo I de la presente resolución.
Esta instalación existente, actualmente en funcionamiento, dispone de autorización ambiental unificada en aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, por encontrarse incluida en el anejo 1, grupo 5.1 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.
Durante los últimos años han entrado en vigor nuevas normas medioambientales, de carácter sectorial, que afectan a la instalación de referencia, como es el caso de la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Con fecha 11/05/2025 el titular solicita la adecuación de su autorización ambiental integrada a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular. En concreto solicita la adecuación de los códigos LER asociados a los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) de su autorización, así como la adecuación de la operación de tratamiento R12.
Las condiciones reales de funcionamiento solicitadas son acordes con el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación y con la aplicación de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, el proyecto fue sometido al trámite de información pública. En el anejo II de la presente resolución se incluye una relación de las alegaciones presentadas por el titular y la respuesta a las mismas.
Se considera que, en este caso, concurren las circunstancias previstas en la letra f) del artículo 27 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental y, en consecuencia, procede llevar a cabo la modificación de oficio de las condiciones establecidas en la autorización ambiental unificada, de acuerdo con el procedimiento administrativo previsto en el artículo 40 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.
La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días. En anejo de la presente resolución se incluye una relación de las alegaciones presentadas por el titular y la respuesta a las mismas.
De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,
RESUELVO:
Primero.–Modificar de oficio la autorización ambiental unificada de la instalación de transferencia y pretratamiento de residuos peligrosos y no peligrosos, cuyo titular es Sara Domingo Calderón, ubicada en término municipal de Murchante, de acuerdo con los cambios detallados en el anejo I de la presente resolución, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.
Segundo.–Mantener la vigencia de las autorizaciones e inscripciones incluidas en la autorización ambiental unificada de esta instalación, concedida mediante la Resolución 176E/2016, de 29 de febrero, de la Directora General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, referentes a la producción y gestión de residuos, en tanto no se opongan a lo dispuesto en la presente resolución.
Tercero.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
Cuarto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.
Quinto.–Trasladar la presente resolución a Domingo Calderón, Sara, al Ayuntamiento de Murchante, a los efectos oportunos.
Pamplona, 7 de agosto de 2025.–El director del Servicio de Economía Circular e Innovación, Raúl Salanueva Murguialday.
Nota: Los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9-planta baja, Servicio de Economía Circular y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/ConsultasAAU.html#/ConsultaAutorizacionesAmbientalesUnificadas.
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