1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 122/2025, de 11 de agosto, de la directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública para instalación eléctrica de alta tensión en término municipal de San Adrián. Código de expediente: SAT11657.
De conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, con fecha 16 de diciembre de 2024, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. solicitó autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública para el proyecto de línea aérea de alta tensión a 13,2 kV de alimentación al CTC "Edar Bajo Ega" número7238, en el término municipal San Adrián.
Según la documentación técnica aportada por el promotor, se proyecta la instalación de un nuevo apoyo (número 68) metálico de celosía, serie C-3000, entre los apoyos número 45 y número 60 de la línea denominada "San Adrián de la STR San Adrián" y el tendido de línea aérea (vano flojo de 15 metros) con conductor de tipo 47-AL1/8ST1A (LA - 56) entre el citado apoyo y el primer apoyo de una nueva línea objeto de otro proyecto.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el proyecto y la relación de bienes y derechos afectados se sometieron al trámite de información pública durante el plazo de treinta días hábiles, mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 57 de 20 de marzo de 2025 y en Diario de Noticias de fecha 21 de marzo de 2025, habiéndose publicado la documentación en la ficha web correspondiente de Gobierno Abierto de Navarra. Asimismo, la información se comunicó al Ayuntamiento de San Adrián para su exposición al público por igual período de tiempo, acto del cual consta en el expediente diligencia acreditativa.
No se han recibido alegaciones.
En aplicación de lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se consultó al Ayuntamiento de San Adrián, como organismo afectado.
No se ha recibido ningún informe.
Mediante Resolución 128E/2025, de 13 de mayo, del director del Servicio de Biodiversidad y Gestión Piscícola, se formula Informe de Afecciones Ambientales favorable para el proyecto, debiendo observarse las determinaciones recogidas en la propia resolución ambiental.
Mediante Resolución 352E/2025, de 29 de julio, del director general de Ordenación del Territorio, se formula autorización de actividades y usos en suelo no urbanizable para el proyecto, debiendo observarse las determinaciones recogidas en la propia resolución urbanística.
Vista la documentación presentada y atendiendo a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desde la Sección de Infraestructuras Energéticas se propone atender a lo solicitado.
De conformidad con lo expuesto y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 29/2025, de 30 de julio, del director general de Fomento Empresarial e Infraestructuras, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 155 de 5 de agosto de 2025,
RESUELVO:
1. Otorgar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la citada instalación eléctrica de alta tensión, aprobando el proyecto presentado el 19 de febrero de 2025 y redactado por los Ingenieros Técnicos Industriales don Andrés Bustince Ibáñez, don Francisco Barrios Aranaz y don Asier Iriarte Zubiria y concediendo un plazo de treinta y seis meses para la ejecución de las obras.
2. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables.
3. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23, y en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
4. Una vez ejecutado el proyecto, el peticionario deberá solicitar el acta de puesta en servicio. Esta solicitud se acompañará del certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente y del resto de documentación establecida en la normativa de aplicación.
5. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación, conforme a lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en los artículos 148 y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio. La relación de bienes y derechos afectados, que no fue modificada respecto a la sometida a información pública, se adjunta como anexo a la presente Resolución.
6. Trasladar esta resolución Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, al Servicio de Biodiversidad y Gestión Piscícola y al Servicio de Territorio y Paisaje, a los efectos oportunos.
7. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.
8. Notificar esta resolución a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. y a las personas titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que, contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el código de expediente.
9. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de San Adrián, advirtiendo que, contra la misma, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa.
Pamplona, 11 de agosto de 2025.–La directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, Laura Larraya Irigoyen.
ANEXO.–RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE LOS BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL EXPEDIENTE SAT11657, CON VISTAS A SU DECLARACIÓN, EN CONCRETO, DE UTILIDAD PÚBLICA
DATOS CATASTRALES | TITULAR Y DOMICILIO | AFECCIONES |
Municipio | Polígono | Parcela | Referencia Catastral | Naturaleza / Cultivo | Propietario | Localidad | Provincia | Apoyo número | Ocupación apoyo (m²) | Longitud tendido (m) | Superficie vuelo (m²) |
San Adrián | 2 | 690 | 310000000001344546EJ | Labor secano | Comunal del Ayuntamiento de San Adrián | San Adrián | Navarra | 68 | 10,24 | 15 | 38,99 |
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