BOLETÍN Nº 155 - 5 de agosto de 2025

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

SANTACARA

Tipos de gravamen para 2025

El Pleno del Ayuntamiento de Santacara, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de mayo de 2025, acordó aprobar inicialmente la modificación de los tipos de gravamen, tasas y precios públicos para el ejercicio de 2025, cuya aprobación definitiva fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 88, de 6 de mayo de 2025.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990 de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el acuerdo de aprobación inicial de modificación se expondrán al público en la Secretaría y en el tablón de anuncios por período de treinta días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos e interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones, reparos u observaciones.

El acuerdo de aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 110, de 3 de junio de 2025.

Lo que hace público para general conocimiento.

MODIFICACIÓN DE TIPOS DE GRAVAMEN PARA 2025

Uno.–Se modifica el apartado 1 de los tipos de gravamen para 2025 publicados en el Boletín Oficial de Navarra número 88, de 6 de mayo de 2025.

1.–Tipos impositivos.

–Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: 3%.

De conformidad con la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, para aquellas construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar o de otras energías renovables, se contempla una bonificación de la cuota del impuesto del 95%, la cual será aplicada de oficio por la Administración en el momento del otorgamiento de la licencia o declaración responsable correspondiente.

La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.

El impuesto se devengará en el momento de iniciarse la construcción, instalación u obra, aun cuando no se haya obtenido la correspondiente licencia. No obstante, la liquidación y recaudación de dicho impuesto se hará coincidir con los meses de exacción y recaudación del Impuesto de Contribución territorial.

–Impuesto de circulación: las tarifas que apruebe el Gobierno de Navarra.

De conformidad con la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, se establecen las siguientes bonificaciones sobre la cuota del impuesto:

a) Una bonificación del 50% para los "vehículos ECO".

b) Una bonificación del 100% para los "vehículos 0 emisiones".

Santacara, 15 de julio de 2025.–El alcalde, Miguel Ibiricu Varona.

Código del anuncio: L2509670

Hace cien años

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