1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 97/2025, de 12 de junio, de la directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, por la que se concede autorización administrativa de construcción para la instalación eléctrica de almacenamiento con baterías denominada "Zakubi" y sus infraestructuras de evacuación, en término municipal de Altsasu / Alsasua. Código de expediente: 0003-ALM.
Mediante Resolución 40/2025, de 11 de marzo de 2025, de la directora de Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, se otorgó autorización administrativa previa a The Best Global Practices, S.L. para la instalación de almacenamiento por baterías "Zakubi", de 5 MW, ubicada en la parcela 1137, del polígono 5, de Altsasu / Alsasua.
Con fecha 17 de abril de 2025, The Best Global Practices, S.L. ha solicitado autorización administrativa de construcción para la instalación de almacenamiento, que dispondrá de las siguientes características principales:
–Potencia nominal: 5 MW.
–Contenedores: 4 (2,89 x 2,43 x 6,058 m³), disponiendo cada uno de 48 módulos de baterías y 5,015 MWh de capacidad de almacenamiento. Además, cada contenedor incluye un sistema de refrigeración, sistemas de control y sistemas de conversión de potencia.
–Centro de conversión y transformación (PCS) de marca Sungrow, modelo MVS5140-LS o similar, disponiendo 2 celdas de línea y 1 celda de protección para el transformador de 5,5 MVA de potencia y 0,690/30 kV Dy11.
–Superficie ocupada: 0,08 Ha.
Por su parte, las infraestructuras de evacuación incluyen las siguientes instalaciones:
–Centro de Maniobra, Seccionamiento, Protección y Medida (CMPyM) situado en el interior del vallado de la planta de almacenamiento.
–Línea subterránea de alta tensión (50,91 metros) a 30 kV con conductor de tipo HEPRZ1 18/30 kV 3x1x95 mm² Al, que conectara el CMPyM con una nueva posición de línea en el CT C/Estación, propiedad de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U.
En aplicación de lo establecido en el artículo 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se remitieron separatas del proyecto al Ayuntamiento de Altsasu / Alsasua que, en informe de fecha 6 de junio de 2025, comunica que la instalación es compatible urbanísticamente y que, previamente al inicio de la actividad, se deberá obtener la correspondiente licencia de actividad clasificada (o trámite ambiental correspondiente) y licencia de obras.
Por otro lado, consta en el expediente informe de la Sección de Evaluación Ambiental de fecha 22 de mayo de 2025, en el que se señala que el proyecto no genera nuevas afecciones ambientales, por lo que queda amparado por la Resolución 1313E/2024, de 16 de diciembre, de la directora general de Medio Ambiente, por la que se formula informe de impacto ambiental favorable, estando vigentes los condicionantes incluidos en dicha autorización.
Por todo ello, vista la documentación presentada y atendiendo a lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, la Sección de Infraestructuras Energéticas del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas concluye que el procedimiento se ha llevado a cabo adecuadamente y propone conceder autorización administrativa de construcción a The Best Global Practices, S.L. para la instalación eléctrica de almacenamiento con baterías denominada "Zakubi".
De conformidad con lo expuesto y en ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Resolución 10/2024, de 1 de febrero, de la directora general de Energía, I+D+i empresarial y Emprendimiento (Boletín Oficial de Navarra número 35, de 16 de febrero de 2024),
RESUELVO:
1. Otorgar autorización administrativa de construcción a The Best Global Practices, S.L., para la instalación eléctrica de almacenamiento con baterías denominada "Zakubi", de 5 MW, y sus infraestructuras de evacuación, en término municipal de Altsasu / Alsasua, aprobando el proyecto presentado y concediendo un plazo de treinta y seis meses para su ejecución.
2. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias y permisos, tanto públicas como privadas, que sea necesario obtener por parte del solicitante de la instalación para efectuar la misma, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables.
3. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con los proyectos aprobados y se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23, en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y en el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
4. Una vez ejecutado el proyecto, el peticionario deberá solicitar el acta de puesta en servicio. Esta solicitud se acompañará del certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente y del resto de documentación establecida en la normativa de aplicación.
5. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas y al Servicio de Biodiversidad y Gestión Piscícola, a los efectos oportunos.
6. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.
7. Notificar esta resolución a The Best Global Practices, S.L., advirtiendo que, contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.
8. Notificar esta resolución al Ayuntamiento de Altsasu / Alsasua, advirtiendo que, contra la misma, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pamplona, 12 de junio de 2025.–La directora del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, Laura Larraya Irigoyen.
Código del anuncio: F2508527