BOLETÍN Nº 104 - 27 de mayo de 2025

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 145/2025, de 29 de abril, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueba la línea límite jurisdiccional entre los términos municipales de Pamplona / Iruña y Villava / Atarrabia.

Por Resolución 4E/2020, de 8 de junio, del director general de Administración Local y Despoblación, se dispuso el inicio de los trabajos de recuperación y mejora geométrica de las líneas límite jurisdiccionales entre los municipios de Pamplona y sus limítrofes, y se instó a los Ayuntamientos concernidos a la constitución de las respectivas Comisiones municipales para la cooperación en dichos trabajos y su refrendo.

Entre las líneas a recuperar, según se resuelve, se encuentra la geometría entre los términos municipales de Pamplona / Iruña y Villava / Atarrabia.

A su vez, en la mencionada Resolución se sometían a información pública las propuestas base para la corrección y mejora geométrica de las líneas límite, por el plazo de un mes desde la fecha de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de Navarra, con el objeto de recabar información o aportaciones relacionadas con los trabajos.

Los días 25 de mayo de 2023 y 6 de marzo de 2025, los plenos de los Ayuntamientos de Villava / Atarrabia y Pamplona / Iruña aprobaron, respectivamente, el Acta adicional conjunta firmada por las Comisiones que habían sido designadas al efecto, y mediante la cual se precisan con coordenadas UTM los puntos de amojonamiento reconocidos y el trazado geométrico de la línea límite jurisdiccional que deslinde ambos términos, todo ello según las especificaciones del informe de 12 de abril de 2023, del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales, que obra en el Acta adicional conjunta como anexo.

Del mismo modo, los días 13 de abril de 2023 y 30 de enero de 2025, los ayuntamientos de Ezcabarte y Burlada / Burlata, respectivamente, aprobaron la misma Acta adicional conjunta, del mismo modo firmada previamente por sus Comisiones, en cuanto a los puntos de amojonamiento de 3 términos que les conciernen en el procedimiento.

Vistos los informes técnico y jurídico del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales, de 10 de abril y 23 de abril de 2025, respectivamente, que obran en el expediente.

Considerando que la definición de la línea límite conformada por los Ayuntamientos de Pamplona / Iruña y Villava / Atarrabia no supone una alteración de términos municipales según las definiciones, requisitos y procedimientos establecidos en la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, artículos 13 a 20.

Considerando lo establecido por el Decreto Foral 13/2009, de 16 de febrero, por el que se resuelve el expediente de alteración de los términos municipales de Pamplona y de Burlada, cuya geometría resultado no se refleja actualmente en la cartografía oficial del Estado, y cuyas afecciones alcanzan a la línea de término entre Pamplona / Iruña y Villava / Atarrabia, tal y como se establece en el Informe Técnico de fecha 10 de abril de 2025, del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales.

En virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y por el Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial.

RESUELVO:

1.–Aprobar la línea límite jurisdiccional entre los términos municipales de Pamplona / Iruña y Villava / Atarrabia, cuya geometría se configura a partir de las coordenadas que aparecen reflejadas en el anexo.

2.–Instar al Instituto Geográfico Nacional a la inscripción de esta línea límite en el Registro Central de Cartografía, para su incorporación al Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional con los efectos que procedan en la actualización o revisión de la Hoja Registral vigente hasta el momento, así como la emisión de los certificados correspondientes.

3.–Que una vez obtenida la inscripción de la línea en el Registro Central de Cartografía, el Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales traslade a los Ayuntamientos concernidos copia de la Hoja Registral.

4.–Del mismo modo, instar al Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales a efectuar cuantas acciones sean necesarias para garantizar que la geometría resultado del Decreto Foral 13/2009, de 16 de febrero, por el que se resuelve el expediente de alteración de los términos municipales de Pamplona y de Burlada, pase a formar parte de la cartografía oficial del Estado.

5.–Trasladar al Servicio de Riqueza Territorial de la Hacienda Tributaria esta Resolución y la documentación oportuna para que realice en los catastros las operaciones que resulten procedentes.

6.–Trasladar a la Sección de Sistemas de Información Territorial, del Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital, esta Resolución y la documentación oportuna para su conocimiento y efectos en el SITNA.

7.–Asimismo, trasladar a la Sección de Cartografía, Topografía y Geodesia, del Departamento de Cohesión Territorial, y a la Sección de Comunales, del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, la presente Resolución para su conocimiento.

8.–Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra y trasladarla a los Ayuntamientos de Pamplona / Iruña, Villava / Atarrabia, Burlada / Burlata y Ezcabarte, y al Servicio Regional del Instituto Geográfico Nacional.

Pamplona, 29 de abril de 2025.–El director general de Administración Local y Despoblación, Jesús M.ª Rodríguez Gómez.

COORDENADAS

NODO / MOJÓN

COORDENADA X

COORDENADA Y

COORDENADA Z

M01-M3T

613067,2

4743492,7

440,5

N0002

613063,75

4743525,13

444,5

N0003

613062,06

4743540,85

446,8

N0004

613060,92

4743551,57

448,4

N0005

613058,79

4743571,45

454,7

N0006

613062,72

4743613,77

466,7

N0007

613067,06

4743653,35

481,5

N0008

613071,12

4743693,26

498,6

N0009

613071,59

4743697,89

498,9

N0010

613071,65

4743698,47

498,9

N0011

613076,18

4743743,03

524,8

N0012

613077,15

4743752,59

530,3

N0013

613077,24

4743753,34

530,9

N0014

613078,66

4743764,68

535,2

N0015

613083,55

4743810,74

557,4

M02-M3T

613091,5

4743844

572,7

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