1. Comunidad Foral de Navarra
1.5. Estatutos y Convenios colectivos
RESOLUCIÓN 73C/2024, de 3 de abril, del director general de Economía Social y Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Acuerdo de revisión salarial para el año 2024 del Convenio Colectivo de la empresa Colep Packaging Navarra, S.A. de San Adrián.
Visto el texto del Acuerdo de revisión salarial para el año 2024 del Convenio Colectivo de la empresa Colep Packaging Navarra, S.A. de San Adrián (código número 31008202012002), que ha tenido entrada en este registro con fecha 20 de marzo de 2024, suscrito con fecha 19 de enero de 2024 por la representación empresarial y sindical de la empresa.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, en relación con el Decreto Foral 251/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo,
RESUELVO:
Primero.–Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de Navarra.
Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.
Tercero.–Notificar esta resolución a la solicitante, advirtiéndole de que no agota la vía administrativa, y que contra la misma cabe interponer recurso de alzada la consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 3 de abril de 2024.–El director general de Economía Social y Trabajo, Iñaki Mendióroz Casallo.
ACTA DEL ACUERDO DE ACTUALIZACIÓN DE LA TABLA DE RETRIBUCIONES DEL CONVENIO COLECTIVO DE COLEP PACKAGING NAVARRA, S.A.
En San Adrián (Navarra), a 19 de enero de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, en representación de la empresa COLEP PACKAGING NAVARRA, S.A.:
Dña. Julia María Ripa Ciáurriz.
D. Carlos Javier Subero López.
D. Tomás Gortazar Mendieta (asesor).
Dña Silvia Vázquez Inchausti (asesora).
De otra parte, en representación de los trabajadores:
D. Eduardo García Pérez.
D. Joaquín María Félez Miguel.
D. Raúl Fernández Santos.
D. Mario López Gálvez (CCOO).
D. Pedro José González Martínez (UGT).
D. Miguel Angel Bueno Ugarte (USO).
Reconociéndose las partes capacidad legal para suscribir el presente documento, suscriben el presente,
ACUERDO:
Primero.–Que, conforme a lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda del Convenio Colectivo de la empresa Colep Packaging Navarra, S.A. para los años 2021, 2022 y 2023 (código de convenio 31008202012002), publicado en el Boletín Oficial de Navarra de 23 de mayo de 2023 y como consecuencia de que la suma de los Índices de Precios de Consumo (IPC) de los años 2021, 2022 y 2023 es de 15,30% (6,50% en 2021, 5,70% en 2022 y 3,10% en 2023), por tanto, superior a la suma de los incrementos salariales para estos años, que fue del 10,00% (2% en 2021, 2% en 2022 y 6% en 2023), procede aplicar lo previsto en la referida Disposición Transitoria Segunda, incrementando las tabla de retribuciones, con efectos desde el 1 de enero de 2024, en un 4,24% respecto a las tabla en vigor para 2023. Este porcentaje corresponde al 80% de la diferencia entre la suma de los IPC (15,30%) y la suma de los incrementos (10%).
Segundo.–Que, como consecuencia de lo acordado, la tabla de retribuciones actualizada para el año 2024, conforme a la Disposición Transitoria Segunda del Convenio Colectivo, queda como se indica en el anexo al presente acuerdo. Esta tabla se utilizará como base de cálculo para aplicar las variaciones que se pacten, en su caso, en el convenio colectivo para el año 2024.
Tercero.–La empresa dispondrá hasta el 31 de marzo de 2024 para la aplicación de las nuevas tablas y de la regularización, en su caso, con efectos desde el 1 de enero de 2024 de las diferencias que hubiera dado lugar.
Cuarto.–Se acuerda delegar en Carlos Javier Subero López y en Silvia Vázquez Inchausti las facultades necesarias para realizar todos los trámites que sea preciso llevar a cabo para la presentación ante la autoridad laboral, sobre registro y publicación de la actualización de tablas salariales y otras retribuciones del Convenio Colectivo de la empresa
En prueba de conformidad con el contenido del presente documento, firman a continuación ambas partes en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
REPRESENTACIÓN EMPRESA REPRESENTACIÓN TRABAJADORES
Dña. Julia María Ripa Ciáurriz D. Eduardo García Pérez
D. Carlos Javier Subero López D. Joaquín María Félez Miguel
D. Tomás Gortazar Mendieta D. Raúl Fernández Santos
Dña. Silvia Vázquez Inchausti D. Mario López Gálvez (CCOO)
D. Pedro González Martínez (UGT)
D. Miguel Angel Bueno Ugarte (USO)
Colep Packaging Navarra, S.A.
Anexo
Tabla base de retribuciones actualizada para el año 2024 conforme a la Disposición Transitoria Segunda del Convenio Colectivo
Salarios, pluses y otros conceptos salariales
NIVEL | SALARIO DE NIVEL ANUAL | SALARIO MENSUAL Y PAGAS EXTRAS | PLUS POR HORA NOCTURNA | HORAS EXTRAS LABORABLES | HORAS EXTRAS FESTIVAS |
1 | 40.023,48 | 2.858,82 | 5,71 | 26,16 | 39,25 |
2 | 30.333,52 | 2.166,68 | 4,33 | 22,76 | 34,14 |
3 | 29.979,18 | 2.141,37 | 4,27 | 22,48 | 33,73 |
4 | 27.699,84 | 1.978,56 | 3,95 | 20,91 | 31,37 |
5 | 26.102,44 | 1.864,46 | 3,72 | 18,22 | 27,33 |
6 | 24.625,44 | 1.758,96 | 3,51 | 17,15 | 25,73 |
7 | 23.691,22 | 1.692,23 | 3,38 | 15,79 | 23,69 |
8 | 22.463,28 | 1.604,52 | 3,21 | 15,02 | 22,54 |
Otros conceptos
SUBSIDIOS Y AYUDAS | IMPORTES |
Ayuda discapacidad | 166,62 |
Ayuda escolar | 20,55 |
Plus transporte compensatorio anual | 813,46 |
DIETAS Y KILOMETRAJE POR USO DEL VEHÍCULO PROPIO | IMPORTES |
Dieta completa | 57,08 |
Media dieta | 28,56 |
Compensación por uso del vehículo propio (por kilómetro) | 0,36 |
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