BOLETÍN Nº 93 - 7 de mayo de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 32/2024, de 8 de abril, de la directora general de Energía, I+D+i empresarial y Emprendimiento por la que se deniega la autorización administrativa previa para instalación de producción de energía eléctrica denominada "Instalación Solar Fotovoltaica Amaya Solar 1".

1. Solicitud de 23 de julio de 2021.

Con fecha 23 de julio de 2021, y en aplicación de lo establecido en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. solicitó autorización administrativa previa para instalación de producción de energía eléctrica denominada "Instalación Solar Fotovoltaica Amaya Solar 1" de 35 MWp, en los términos municipales de Iza, Cendea de Olza y Orcoyen.

2. Información pública del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental y consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.

De conformidad con el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, desde el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas se sometió a información pública la solicitud de Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 212 de 9 de septiembre de 2021 y en la web de Gobierno Abierto de Gobierno de Navarra.

Así mismo, de conformidad con el artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, desde el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas se consultó a las Administraciones públicas y a las personas interesadas.

Se remitieron también separatas a las instituciones públicas y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte en que la instalación podía afectar a bienes y derechos a su cargo.

3. Remisión al promotor del resultado de la información pública y de las consultas.

Conforme al artículo 38 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, con fecha 29 de octubre de 2021, desde el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas se remitieron a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. los informes y alegaciones recibidas durante los trámites de información pública y consultas.

Con fecha 29 de marzo de 2023 Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. presenta nueva versión del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental, ante lo que el Servicio entiende que procede un nuevo trámite de información pública y consultas.

4. Segundo trámite de información pública del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental y consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.

Esta nueva solicitud se sometió a información pública mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 88 de 27 de abril de 2023 y en la web de Gobierno Abierto de Gobierno de Navarra.

Así mismo, desde el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas se consultó a las Administraciones públicas y a las personas interesadas.

Se remitieron también separatas a las instituciones públicas y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte en que la instalación podía afectar a bienes y derechos a su cargo.

5. Remisión al promotor del resultado de la información pública y de las consultas.

Con fecha 15 de junio de 2023, se remitieron a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. los informes y alegaciones recibidas durante el segundo trámite de información pública y consultas.

En respuesta a los informes y alegaciones recibidas, el promotor presenta en fecha 29 de junio de 2023 nueva documentación, que es traslada a la Dirección General de Ordenación del Territorio y a la Dirección General de Medio Ambiente solicitando autorización de actividades y usos en suelo no urbanizable y Declaración de impacto ambiental.

6. Autorización de actividades y usos en suelo no urbanizable.

Tras el análisis técnico del expediente y con fecha 10 de noviembre de 2023, el Servicio de Territorio y Paisaje emitió informe concluyendo que el ámbito de implantación de la instalación solar fotovoltaica se hacía sobre suelos de clase agrológica II y de clase agrológica III, con un índice de regionalización productiva de 4,1 y 4,4 Tn/ha, correspondiendo con un suelo de alto valor natural para el cultivo, resultando la propuesta incompatible con la Orden Foral 64/2006.

A la vista de lo anterior, mediante Resolución 439E/2023, de 20 de noviembre, de la directora del Servicio de Territorio y Paisaje, se denegó la autorización de actividades y usos en suelo no urbanizable para el proyecto de planta solar fotovoltaica Amaya Solar 1 y sus infraestructuras de evacuación, promovido por Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L.

7. Propuesta de denegación de autorización administrativa previa.

Con motivo de la denegación de la autorización de actividades y usos en suelo no urbanizable, y tras el análisis técnico del expediente, la Sección de Infraestructuras Energéticas del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas concluye que el procedimiento se ha llevado a cabo adecuadamente y propone resolver el expediente denegando la autorización administrativa previa solicitada.

Por otra parte, con fecha 5 de marzo de 2024, Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. ha solicitado la devolución de la garantía asociada al permiso de acceso y conexión de la instalación.

De conformidad con lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Denegar la autorización administrativa previa solicitada por Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. para la instalación de producción de energía eléctrica denominada "Instalación Solar Fotovoltaica Amaya Solar 1" de 35 MWp, en los términos municipales de Iza, Cendea de Olza y Orcoyen.

2. Ordenar a la Sección de Tesorería la devolución de la garantía asociada al procedimiento de acceso y conexión, por importe de 2.000.000 euros, depositada el 21 de abril de 2020 por Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L., con n.º de registro 5020000108 CFNA 2020 (Av-NAV-0233–C).

3. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, Servicio de Infraestructuras Agrarias, a la Sección de Impacto Ambiental, a la Sección de Ordenación del Territorio, al Servicio de Patrimonio Histórico, al Servicio de Conservación de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras y a la Sección de Tesorería del Servicio de Economía y Finanzas del Departamento de Economía y Hacienda, a los efectos oportunos.

4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

5. Notificar esta resolución a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L., a la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE), al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), a AUDENASA, a Enagas, a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a Telefónica de España, S. A. y al Departamento de Acceso de Red Eléctrica de España, S. A. U., advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente (5099-CE).

6. Notificar esta resolución a los Ayuntamientos de Iza, Cendea de Olza y Orcoyen, advirtiendo que contra la misma, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 8 de abril de 2024.–La directora general de Energía, I+D+i empresarial y Emprendimiento, Uxue Itoiz Mariñelarena.

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