BOLETÍN Nº 92 - 6 de mayo de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 14E/2024, de 5 de abril, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se aprueba la corrección de errores de la modificación Estructurante de la Unidad Z-2 de la U.I. XVI del Plan Municipal de Pamplona / Iruña, aprobada por Orden Foral 8E/2011, de 10 de junio, de la consejera de Vivienda y Ordenación del Territorio, promovida por Club de Tenis de Pamplona.

El Ayuntamiento de Pamplona / Iruña remite el acuerdo de Pleno adoptado en sesión celebrada el día 07/03/2024, por el que se aprueba el Texto Refundido de la modificación estructurante de la unidad Z-2 de la U.I. XVI del Plan Municipal, que fue aprobada por Orden Foral 8E/2011, de 10 de junio y que subsana errores materiales detectados en el mismo, derivados de la confusión entre el concepto de edificabilidad con el de ocupación máxima sobre rasante.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,

ORDENO:

1.º Aprobar la corrección de errores de la modificación Estructurante de la Unidad Z-2 de la U.I. XVI del Plan Municipal de Pamplona / Iruña, aprobada por Orden Foral 8E/2011, de 10 de junio, de la consejera de Vivienda y Ordenación del Territorio, promovida por Club de Tenis de Pamplona y sustituir el documento técnico obrante en el Registro de Planeamiento por el texto refundido de la misma.

2.º Notificar esta orden foral al promotor del expediente.

3.º Trasladar la orden foral al Ayuntamiento de Pamplona / Iruña para su conocimiento y efectos y, en concreto, para que proceda a publicar la correspondiente normativa urbanística en el Boletín Oficial de Navarra, con el fin de que se produzca la entrada en vigor del texto refundido aprobado.

4.º Señalar que esta orden foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente orden foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

5.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 5 de abril de 2024.–El consejero de Cohesión Territorial, Óscar Chivite Cornago.

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