BOLETÍN Nº 90 - 2 de mayo de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

BARAÑÁIN
–SERVICIO MUNICIPAL LAGUNAK–

Convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes para la contratación temporal como oficial de mantenimiento

La Junta Rectora del Servicio Municipal Lagunak, en sesión de fecha 13 de marzo de 2024, aprobó las bases de la convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes para la contratación temporal como oficial de mantenimiento.

Esta convocatoria se regirá por las siguientes,

BASES

A la vista de las necesidades de personal existentes en el Servicio Municipal Lagunak, se anuncia las bases de la convocatoria para la constitución, mediante pruebas de selección de conformidad con lo previsto en el artículo 42.2.c) del Decreto Foral 113/1985 de 5 de junio y del artículo 25 del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Servicio Municipal Lagunak, de dos relaciones de aspirantes para la cobertura de las necesidades de carácter temporal como oficial de mantenimiento que pudieran producirse en Lagunak:

–Una relación de personas aspirantes para el desempeño, en situación de servicios especiales para la formación,

–Así como de una relación de personas aspirantes a la contratación temporal de dicho puesto de trabajo en orden a la cobertura de las necesidades de carácter temporal que pudieran producirse en el Servicio Municipal Lagunak.

La convocatoria tiene como finalidad constituir dos relaciones de personas aspirantes para la cobertura temporal de puestos de trabajo mediante las correspondientes pruebas de selección: la primera con personal en plantilla del Servicio Municipal Lagunak y la segunda, que tendrá carácter subsidiario respecto a la anterior de personal fijo, así como de las anteriores listas de contratación, constituido con personas ajenas al mismo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio del Servicio Municipal Lagunak, "con ocasión de la aprobación de convocatoria para la constitución de listas para la contratación temporal, el Servicio Municipal Lagunak convocará las correspondientes pruebas selectivas para la confección de listas de personas aspirantes en formación entre el personal fijo de plantilla, de conformidad con las previsiones del Decreto Foral 96/1997 y la Orden Foral 199/2004".

De acuerdo con lo establecido en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, con carácter previo a la contratación temporal, la Administración ofertará el desempeño de aquellos puestos de trabajo que pretenda cubrir a su personal fijo, convocando a tal efecto las correspondientes pruebas selectivas para la confección de listas de personas aspirantes en formación.

Esta relación de aspirantes tendrá una vigencia de cinco años, prorrogable según las necesidades o hasta que la misma se agote, o se inicien procedimientos específicos de selección para la provisión definitiva de plazas o se realice una nueva lista de contratación temporal.

Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio del Servicio Municipal Lagunak, en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril y en la Orden Foral 199/2004, de 30 diciembre, del consejero de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra y de conformidad con lo previsto en el artículo 42.2 c) del Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, se anuncian la siguiente convocatoria:

I.–OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Primera.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la constitución, mediante oposición, de una relación de personas aspirantes, en orden a la cobertura de las necesidades de carácter temporal que pudieran producirse en el Servicio Municipal Lagunak en los puestos de oficial de mantenimiento.

El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones establecidas para el personal de plantilla en la plantilla orgánica y en el convenio colectivo de empresa. Las personas designadas serán contratadas para cubrir puestos temporales en régimen laboral.

1.2. La jornada de trabajo se desarrollará, de acuerdo con el calendario laboral vigente en cada momento para el personal del Servicio Municipal Lagunak y de las características del puesto a cubrir. El horario se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes cuando las necesidades del servicio así lo requieran.

Segunda.–Perfil del puesto.

Las personas que resulten nombradas en virtud de la presente convocatoria desempeñarán, entre otras, las funciones que a continuación se relacionan, y en general todas aquellas que en la actualidad o en el futuro puedan corresponder a su categoría profesional y que se puedan derivar de la evolución de los oficios y profesiones, de las herramientas y útiles que se manejan y de los cambios en los sistemas de organización y en la composición de los servicios que se prestan:

–Mantenimiento y limpieza de las instalaciones.

  • Realizar las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo de zonas verdes y jardines: podar, cortar el césped, desbrozar, aplicar tratamientos fitosanitarios, etc.
  • Realizar las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo de campos deportivos.
  • Efectuar el seguimiento de las instalaciones deportivas, informando de cuantas incidencias, tanto de limpieza como de mantenimiento observe.
  • Responsabilizarse del mantenimiento, conservación y buen uso de los útiles de trabajo que utiliza.
  • Responsabilizarse del cuidado, limpieza y orden de los almacenes, así como de toda la maquinaria y materiales que en él se guardan.
  • Realizar el control de los productos y materiales de limpieza y mantenimiento, realizando el pedido al responsable de instalaciones.
  • Realizar las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo de las calderas, piscinas y laboratorios de control de calidad del agua.
  • Control, tratamiento y climatización del agua de las piscinas, saunas, agua caliente sanitaria, etc.
  • Arranque y paro de instalaciones o maquinaria.
  • Control y reposición de productos químicos (bromo, cloro, algicida, floculante, reductores de PH).
  • Control de desinfección del agua: medición y anotación de constantes y valores estándares legales, y programación de su reposición automática.
  • Puesta en marcha y cierre de los vasos de piscinas e instalaciones de acondicionamiento del agua, en inicio y fin de temporada, con sus correspondientes tratamientos.
  • Realizar las acciones necesarias para garantizar la prevención y control de la legionelosis, mediante la adopción de todas las medidas higiénico-sanitarias recogidas en los libros de registro.
  • Realizar trabajos de pintura, carpintería, albañilería, electricidad, fontanería, soldadura y otros, y realizar pequeñas reparaciones.
  • Realizar tareas en el mantenimiento de edificios, como limpieza de canalones, arquetas de saneamiento etc.
  • Reparar puertas, ventanas, persianas y mobiliario.

–Cumplir las normas de prevención de riesgos laborales.

–Fomentar y colaborar en la mejora del servicio, proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejora.

–Organizar el trabajo a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos establecidos.

–Fomentar y colaborar en la mejora del servicio que se presta a las personas abonadas al servicio y a las personas usuarias en general, adecuándose a las exigencias que, con carácter ocasional y en términos de flexibilidad horaria, plantee el cumplimiento del programa de trabajo establecido y las necesidades del servicio.

–Realizar, además de las descritas, otras tareas que, en coherencia con las capacidades y aptitudes profesionales que el puesto exige, le sean encomendadas de cara a la consecución de los objetivos establecidos.

Tercera.–Vigencia de las listas constituidas.

Las relaciones de personas aspirantes a contratación temporal, cuya constitución es objeto de la presente convocatoria, tendrá una vigencia de cinco años, prorrogable según las necesidades o hasta que la misma se agote, o se inicien procedimientos específicos de selección para la provisión definitiva de plazas o se realice una nueva lista de contratación temporal.

II.–CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA RELACIÓN DE ASPIRANTES A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE ASPIRANTES EN FORMACIÓN, ENTRE EL PERSONAL FIJO DE PLANTILLA, DE CONFORMIDAD CON LAS PREVISIONES DEL DECRETO FORAL 96/1997 Y LA ORDEN FORAL 199/2004, PARA LA COBERTURA TEMPORAL DE PUESTOS DE OFICIAL DE MANTENIMIENTO EN EL SERVICIO MUNICIPAL LAGUNAK

Esta convocatoria se regirá por las siguientes,

BASES

Primera.–Objeto de la convocatoria.

Se anuncia convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de personas aspirantes a desempeñar, en situación de servicios especiales para la formación entre el personal fijo de plantilla, de conformidad con las previsiones del Decreto Foral 96/1997 y la Orden Foral 199/2004, para la cobertura de las vacantes que pudieran producirse en los puestos de oficial de mantenimiento en el Servicio Municipal Lagunak.

Segunda.–Requisitos.

2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, quienes quieran participar deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de personal fijo al servicio del Servicio Municipal Lagunak y no haber agotado el periodo máximo de formación a que se tenga derecho.

b) Haber completado un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados en su puesto de trabajo.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

d) Estar en posesión del Título de Bachillerato o Formación Profesional de segundo grado, o título declarado equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, original o copia compulsada notarial o administrativamente de la credencial que acredite su homologación.

Las personas aspirantes que aleguen estudios equivalentes que permitan el acceso al desempeño de la categoría solicitada habrán de citar la disposición legal o reglamentaria en que se reconozca tal equivalencia o aportar certificación expedida en tal sentido por el Ministerio de Educación, Formación de Personal y Deporte.

e) No estar ya incluidos en cualquier otra lista de personas aspirantes al primer periodo de formación.

2.2. El cumplimiento de todos los requisitos recogidos en la base 2.1. de esta convocatoria, además de entenderse referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse en el momento del llamamiento y durante el periodo de formación.

Tercera.–Desarrollo y valoración del proceso de selección.

El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en las normas comunes a las dos convocatorias aprobadas por la Junta Rectora del Servicio Municipal de Lagunak.

Cuarta.–Llamamiento de personas aspirantes en formación.

Las personas aspirantes aprobadas podrán ser llamados, de acuerdo con las necesidades que se produzcan, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.

III.–CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA RELACIÓN DE ASPIRANTES A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL, PARA LA COBERTURA TEMPORAL DE PUESTOS DE OFICIAL DE MANTENIMIENTO EN EL SERVICIO MUNICIPAL LAGUNAK

Esta convocatoria se regirá por las siguientes,

BASES

Primera.–Objeto de la convocatoria.

Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección, de conformidad con lo previsto en el artículo 42.2.c) del Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, una relación de personas aspirantes a la contratación temporal, para la cobertura temporal de los puestos de oficial de mantenimiento en el Servicio Municipal Lagunak.

Esta relación de personas aspirantes a la contratación temporal tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otra relación de personal fijo, existente o que se pueda constituir en el futuro, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

La gestión de la lista se ajustará a lo establecido en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las normas de gestión de la contratación temporal.

Segunda.–Requisitos de las personas participantes.

2.1. Para ser admitido/a al presente proceso, las personas aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

b) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; también podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

c) Poseer la capacidad física y psíquica para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) Estar en posesión del Título de Bachillerato o Formación Profesional de segundo grado, o título declarado equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, original o copia compulsada notarial o administrativamente de la credencial que acredite su homologación.

Las personas aspirantes que aleguen estudios equivalentes que permitan el acceso al desempeño de la categoría solicitada habrán de citar la disposición legal o reglamentaria en que se reconozca tal equivalencia o aportar certificación expedida en tal sentido por el Ministerio de Educación, Formación de Personal y Deporte.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio o despedido disciplinariamente de una Administración pública.

Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) Hallarse en posesión del permiso de conducir B.

2.2. Los anteriores requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el procedimiento.

2.3. Todos estos requisitos deberán ser acreditados documentalmente por las personas aspirantes que resulten seleccionadas y sean llamadas para su contratación temporal, en el momento que se les indique, con anterioridad a la formalización del correspondiente contrato.

2.4. Quienes no presenten dichos documentos, salvo causas de fuerza mayor suficientemente justificadas, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

Tercera.–Desarrollo y valoración del proceso de selección.

El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en las normas comunes a las dos convocatorias aprobadas.

Cuarta.–Llamamiento de personas.

Las personas aspirantes aprobadas podrán ser llamadas, de acuerdo con las necesidades que se produzcan, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.

IV.–BASES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

Primera.–Solicitudes.

Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el registro general del Servicio Municipal Lagunak sito en avenida de Barañáin s/n (Barañáin) en horario de 8:30 horas a 14:00 horas) o por cualquiera de los medios previstos legalmente.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Así mismo, la instancia de participación podrá presentarse telemáticamente a través del registro general electrónico del Servicio Municipal Lagunak, disponible en la sede electrónica del Servicio Municipal Lagunak (https://sedeelectronica.lagunak.org/). En este supuesto, la solicitud específica de participación y demás documentación que debe aportarse, podrá adjuntarse en cualquiera de los formatos previsto en el registro general electrónico para adjuntar archivos.

Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo I para personas aspirantes en formación y en el anexo II para quienes aspiren a la contratación temporal, que serán en todo caso facilitadas en las oficinas del Servicio Municipal Lagunak, pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.lagunak.org.

En la instancia de participación, las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Junto con la instancia de participación las personas aspirantes deberán aportar:

a) Fotocopia del DNI o documento equivalente.

b) Fotocopia de la titulación exigida o del documento que acredite que se está en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

c) Justificante de haber abonado la cantidad de 11,40 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen mediante ingreso en la cuenta ES21 2100 5181 1322 0006 8627 o mediante abono en la Oficina del Servicio Municipal Lagunak. La falta de pago determinará la exclusión.

Las personas aspirantes que presenten su instancia de manera presencial en la oficina, podrán realizar el pago en efectivo de la tasa en ese momento.

Quienes participen con una discapacidad reconocida deberán adjuntar a la instancia de participación documento que la acredite, expedido por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y, además, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas.

Segunda.–Plazo de presentación de instancias.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles contados a partir de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Tercera.–Listas provisionales.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el tribunal aprobará las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas que se harán públicas en el tablón de anuncios del Servicio Municipal Lagunak, así como en la página web municipal.

En caso de no haber personas aspirantes excluidas se aprobarán directamente las relaciones de admitidas como definitivas.

A partir de la fecha de publicación en el tablón y dentro del plazo de tres días hábiles siguientes, las personas aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

Cuarta.–Listas definitivas.

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, el Tribunal aprobará las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se harán públicas en el tablón de anuncios del Servicio Municipal Lagunak y en la página web junto con la fecha y lugar de realización de la prueba de selección prevista en el apartado 6.2 de la base sexta de las comunes del procedimiento de selección.

El hecho de figurar en las relaciones de personas admitidas no prejuzga que se reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando del examen de la documentación que deben presentar las/os aspirantes en el momento de su llamamiento para la contratación, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos en tiempo o en forma, las personas interesadas decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en esta convocatoria.

Con la publicación de las listas de personas admitidas y excluidas se considerará efectuada la correspondiente notificación a los efectos previstos en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinta.–Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidenta: Fátima Sesma Vallés, presidenta del Servicio Municipal Lagunak o persona en quien delegue.

–Vocal: Guillermo Azkona Biurrun, representante de los y las trabajadoras del Servicio Municipal Lagunak o persona en quien delegue.

–Vocal: Javier Bariain Beorlegui, encargado del Servicio Municipal Lagunak o persona en quien delegue.

–Vocal: Patricia Solabre Recalde, asesora jurídica del Ayuntamiento de Barañáin o persona en quien delegue.

–Secretaria: Silvia Alcalá Gila, gerente del Servicio Municipal Lagunak o persona en quien delegue.

Las y los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir como tales, notificándolo al Servicio Municipal Lagunak, cuando concurran los motivos de abstención previstos legalmente en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Igualmente, las personas aspirantes podrán recusar a las y los miembros del tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del tribunal, esta se hará pública junto con las relaciones de personas aspirantes admitidas y excluidas.

5.2. El tribunal deberá constituirse antes de la publicación de las listas provisionales. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para la válida constitución del tribunal se requerirá la presencia de la presidenta y de la secretaria.

5.3. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el tribunal con base exclusivamente a estas.

Sexta.–Desarrollo del expediente de selección.

6.1. Las personas aspirantes serán convocadas a la prueba mediante anuncio en el tablón de anuncios y web del Servicio Municipal Lagunak, lo que será suficiente para que se entiendan citadas.

6.2. El proceso de selección se basará en la realización de dos pruebas.

La primera será de carácter teórico-práctico y consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 60 preguntas con cuatro alternativas de respuesta, de las cuales solo una será válida. Cada respuesta válida se valorará con 1 punto y las respuestas contestadas erróneamente, tendrán una penalización cifrada en -0,33 de la valoración de cada una de las preguntas.

El ejercicio tendrá una valoración máxima de 60 puntos. Será necesario contar con al menos 30 puntos para superar el ejercicio y poder realizar la segunda prueba.

La segunda prueba tendrá una valoración total máxima de 40 puntos y consistirá en uno o varias pruebas prácticas e irá dirigida a comprobar el manejo y conocimiento de útiles propios del trabajo a desarrollar y de los cometidos que serán realizados en el puesto de trabajo. Quedarán eliminados las personas aspirantes que no alcancen los 20 puntos en esta prueba.

El tribunal establecerá antes del comienzo de cada prueba el tiempo de realización de los ejercicios. El tribunal determinará la realización de las pruebas de este ejercicio en un solo día o días diferentes, así como la duración de las mismas en función del contenido que se establezca.

Los resultados de las pruebas se harán públicos en el tablón de anuncios del Servicio Municipal Lagunak.

6.3. Las personas aspirantes deberán acudir a las pruebas provistas del documento nacional de identidad o asimilado legalmente y exhibirlo cuando sean requeridos al efecto, so pena de expulsión y eliminación.

6.4. Una vez valorada la primera prueba, se publicará en el tablón de anuncios y web del Servicio Municipal Lagunak la puntuación obtenida por las personas aspirantes, y la fecha y hora de celebración del segundo ejercicio para las personas aspirantes que hayan superado la primera.

Una vez valorada la segunda prueba, se publicará en el tablón de anuncios y web del Servicio Municipal Lagunak la puntuación obtenida por las personas aspirantes.

Séptima.–Relación de aprobados y llamamiento.

7.1. Concluido el proceso de selección, el tribunal publicará en el tablón de anuncios del Servicio Municipal Lagunak y en la web del servicio, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida y la elevará a Junta Rectora para su aprobación definitiva, junto con el expediente completo del proceso selectivo.

7.2. En el supuesto de que dos o más personas aspirantes obtuvieran la misma puntuación, el empate se dirimirá a favor del/de la aspirante que tenga mayor edad.

7.3. Las personas aspirantes aprobadas podrán ser llamadas, de acuerdo con las necesidades que se produzcan, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación.

7.4. Las personas contratadas serán dadas de alta y afiliadas al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del IRPF en las cuantías que procedan.

7.5. La gestión de la lista así constituida corresponderá al Servicio Municipal Lagunak.

Octava.–Protección de datos de carácter personal

8.1. Responsable del tratamiento:

El Servicio Municipal Lagunak es el responsable de tratamiento de los datos de carácter personal de las personas que participen en la presente convocatoria.

8.2. Finalidad del tratamiento:

La gestión y tramitación de la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo.

8.3. Base jurídica del tratamiento.

Las bases jurídicas que permiten el tratamiento son:

Artículo 6.1.c) del RGPD tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, del Texto Refundido del Estatuto de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra)

Artículo 6.1.b) del RGPD Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales.

8.4. Tiempo de conservación de los datos.

Los datos se conservarán el tiempo necesario para el cumplimiento de la finalidad señalada y se almacenarán mientras el Servicio Municipal Lagunak pueda tener responsabilidades derivadas de su tratamiento. Igualmente deberán cumplirse las normas de conservación establecidas en la Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de archivos y documentos.

8.5. Personas destinatarias de los datos.

Los datos pueden ser cedidos a órganos judiciales, representantes sindicales en cumplimiento de la legislación vigente y se publicarán en el tablón de edictos del Servicio Municipal Lagunak y en su web.

8.6. Derechos.

Las personas titulares pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad en las oficinas del Servicio Municipal Lagunak o a través de la sede electrónica o en la dirección del delegado de protección de datos dpd@sociedad-lagunak.com.

Así mismo tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) si consideran que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente o a hacerlo previamente ante el delegado de protección de datos en la dirección indicada anteriormente.

Novena.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de la misma, podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado desde el día de la publicación del acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra.

Contra los actos del tribunal calificador podrá interponer recurso de alzada antes la Junta Rectora de Lagunak dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Barañáin, 13 de marzo de 2024.–La presidenta, Fátima Sesma Vallés.

TEMARIO

Tema 1.–Conceptos generales de albañilería: solado y alicatado. Encofrados y levante de muros.

Tema 2.–Impermeabilizaciones. tratamientos y protección frente a la humedad (capilaridad, filtraciones, fugas).

Tema 3.–Tabiquería interior y exterior. Revestimientos interiores y exteriores (paramentos verticales y horizontales). Fábricas ladrillo y tabiquería cartón-yeso.

Tema 4.–Medios auxiliares. trabajos en altura: andamios, plataformas, escaleras de mano. Trabajos en espacios confinados. Medios de izado de cargas.

Tema 5.–Albañilería básica. Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de albañilería, y de los materiales utilizados en albañilería.

Tema 6.–Pintura en interiores.

Tema 7.–Mezcla de colores. Disolventes y decapantes.

Tema 8.–Técnicas de pinturas. Preparación y reparación de superficies para el pintado en obras de albañilería (hormigón, cemento y escayola): Desconchados, grietas, agujeros y humedades. Preparación de superficies metálicas y otros materiales similares para el pintado. Preparación de superficies de madera y otros materiales similares para el pintado.

Tema 9.–Pintura básica. Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de pintura.

Tema 10.–Creación y mantenimiento de céspedes y praderas.

Tema 11.–Plantaciones de árboles, arbustos, setos y plantas de temporada y vivaces.

Tema 12.–Poda y trasplante de árboles, arbustos y setos.

Tema 13.–Conocimiento de las especies de árboles y arbustos y flora.

Tema 14.–Jardinería básica. Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de jardinería. Manejo de vehículos, maquinaria y medios auxiliares en jardinería. Afilado y puesta a punto de las herramientas.

Tema 15.–Operaciones básicas de mantenimiento de jardines. Conocimientos básicos de aplicación de productos para el jardín (abono, insecticidas, planificación de fertilización, buenas prácticas ambientales en el uso de productos fitosanitarios).

Tema 16.–Ejecución y mantenimiento de circuitos de riego.

Tema 17.–Mantenimiento de instalaciones de fontanería y calefacción: Sanitarios, griferías, cisternas, sifones, circuitos de calefacción, llenado y purgado de aire en los circuitos, salas de calderas y elementos singulares de las mismas.

Tema 18.–Comprensión de los esquemas de fontanería.

Tema 19.–Materiales que se usan en fontanería.

Tema 20.–Fontanería básica. Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de fontanería.

Tema 21.–Soldadura: Desarrollos geométricos. Desarrollo y cálculo de superficies y volúmenes

Tema 22.–Soldadura: Aleaciones.

Tema 23.–Preparación del material base en procesos de unión por soldadura.

Tema 24.–Soldadura de chapas y perfiles con electrodos revestidos y soldadura semiautomática (MAG).

Tema 25.–Soldadura básica. Conocimiento de materiales, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de usadas en soldadura.

Tema 26.–Circuitos de alumbrado básico: Interruptores, conmutadores, bases de enchufe, lámparas, cebadores y reactancias.

Tema 27.–Cuadros de distribución en edificios, interruptor de control de potencia, magnetotérmicos y diferenciales.

Tema 28.–Comprensión de los esquemas eléctricos.

Tema 29.–Electricidad básica. Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas básicas de electricista.

Tema 30.–Mantenimiento para la prevención y control de legionelosis. Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.

Tema 31.–Decreto Foral 86/2018, de 24 de octubre, por el que se establecen las condiciones higiénico sanitarias y de seguridad de las piscinas de la comunidad foral de Navarra.

Tema 32.–Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.

Tema 33.–Reglas básicas de aritmética, geometría, escritura y ortografía.

ANEXO I.–PARA PERSONAS ASPIRANTES
EN FORMACIÓN OFICIAL MANTENIMIENTO

I. ERANSKINA.–PRESTAKUNTZAKO
MANTENTZE-OFIZIALEKO IZANGAIENTZAT

DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE / ESKATZAILEAREN DATUAK

NOMBRE Y APELLIDOS /

IZEN-ABIZENAK

DNI, NIF, NIE /

NAN, IFZ, AIZ

DOMICILIO /

HELBIDEA

NÚMERO /

ZENBAKIA

ESCALERA /

ESKAILERA

PISO /

SOLAIRUA

PUERTA /

ATEA

C.P. /

PK

POBLACIÓN /

HERRIA

TELÉFONO /

TELEFONOA

MÓVIL /

MUGIKORRA

CORREO ELECTRÓNICO /

POSTA ELEKTRONIKOA

EXPONE / AZALPENA

Que reúne todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Que acompaña a la instancia fotocopia de:

–Documento nacional de identidad o documento equivalente.

–Titulación académica referida.

–Justificante de abono de la cantidad establecida en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen.

Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

Eskatutako baldintza eta betekizun guztiak betetzen ditudala, eskabideak aurkezteko epea amaitzen den egunari dagozkionak.

Eskabidearekin batera honako dokumentu hauen fotokopiak aurkezten ditudala:

–Nortasun Agiri Nazionala edo baliokidea.

–Eskatutako titulazio akademikoa.

–Espedientea formalizatzeko eta azterketa eskubideetarako tasa ordaindu izanaren frogagiria.

Desgaitasunen bat duela. Horregatik, adierazitako arrazoiak direla-eta, adierazitako egokitzapenak eskatu ditu. (Aparteko folioan, eskatutako egokitzapenak eta eskaeraren arrazoiak zehaztuko dira).

SOLICITA / ESKAERA

Ser admitido/a a la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos como oficial de mantenimiento del Servicio Municipal Lagunak en formación.

Prestakuntza jasotzen ari den Lagunak Udal Zerbitzuko mantentze-lanetako ofizial izateko lanpostuak aldi baterako kontratatuta betetzeko izangaien zerrenda hautaproben bidez eratzeko deialdian onartua izatea.

En Barañáin, a ......... de ............................ de 20..... / Barañain, 20.....(e)ko ...............ren .............(e)a

FIRMA DEL/DE LA SOLICITANTE / ESKATZAILEAREN SINADURA

Información básica de protección de datos. Responsable del tratamiento: Servicio Municipal Lagunak. Finalidad: gestión y tramitación de la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo. Derechos: acceso, rectificación, supresión y otros. Más información en la cláusula de protección de datos de la convocatoria.

Datuak babesteko oinarrizko informazioa. Tratamenduaren arduraduna: Lagunak Udal Zerbitzua. Helburua: lanpostua betetzeko deialdia kudeatzea eta izapidetzea. Eskubideak: sarbidea, zuzenketa, ezabaketa eta bestelakoak. Informazio gehiago deialdiaren datuak babesteko klausulan.

ANEXO II.–PARA PERSONAS ASPIRANTES
A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL
OFICIAL MANTENIMIENTO

II. ERANSKINA.–MANTENTZE-LANETAKO
OFIZIAL LANPOSTUAN ALDI BATERAKO
KONTRATAZIORAKO IZANGAIENTZAT

DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE / ESKATZAILEAREN DATUAK

NOMBRE Y APELLIDOS /

IZEN-ABIZENAK

DNI, NIF, NIE /

NAN, IFZ, AIZ

DOMICILIO /

HELBIDEA

NÚMERO /

ZENBAKIA

ESCALERA /

ESKAILERA

PISO /

SOLAIRUA

PUERTA /

ATEA

C.P. /

PK

POBLACIÓN /

HERRIA

TELÉFONO /

TELEFONOA

MÓVIL /

MUGIKORRA

CORREO ELECTRÓNICO /

POSTA ELEKTRONIKOA

EXPONE / AZALPENA

Que reúne todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Que acompaña a la instancia fotocopia de:

–Documento nacional de identidad o documento equivalente.

–Titulación académica referida.

–Justificante de abono de la cantidad establecida en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen.

Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

Eskatutako baldintza eta betekizun guztiak betetzen ditudala, eskabideak aurkezteko epea amaitzen den egunari dagozkionak.

Eskabidearekin batera honako dokumentu hauen fotokopiak aurkezten ditudala:

–Nortasun Agiri Nazionala edo baliokidea.

–Eskatutako titulazio akademikoa.

–Espedientea formalizatzeko eta azterketa eskubideetarako tasa ordaindu izanaren frogagiria.

Desgaitasunen bat duela. Horregatik, adierazitako arrazoiak direla-eta, adierazitako egokitzapenak eskatu ditu. (Aparteko folioan, eskatutako egokitzapenak eta eskaeraren arrazoiak zehaztuko dira).

SOLICITA / ESKAERA

Ser admitido/a a la convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos como oficial de mantenimiento del Servicio Municipal Lagunak.

Lagunak Udal Zerbitzuko mantentze-lanetako ofizial izateko lanpostuak aldi baterako kontratatuta betetzeko izangaien zerrenda hautaproben bidez eratzeko deialdian onartua izatea.

En Barañáin, a ......... de ............................ de 20..... / Barañain, 20.....(e)ko ...............ren .............(e)a

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