BOLETÍN Nº 86 - 26 de abril de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 49/2024, de 11 de abril, del consejero de Economía y Hacienda por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de Navarra del convenio entre el Gobierno de Navarra y Autopistas de Navarra, S.A. para la apertura de un nuevo acceso en la autopista AP-15 sentido Pamplona en Izurdiaga.

El Gobierno de Navarra aprobó en sesión celebrada el 10 de abril de 2024 el texto del convenio entre el Gobierno de Navarra y Autopistas de Navarra, S.A., por el que se fijan los términos para la apertura de un nuevo acceso en la autopista AP-15 sentido Pamplona en Izurdiaga, disponiendo lo necesario para proceder a la firma del mismo.

Dicha firma ha tenido lugar el 11 de abril de 2024.

Una vez firmado, procede que se publique en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento y efectos oportunos.

Por lo expuesto,

ORDENO:

Disponer la publicación en el Boletín Oficial de Navarra del convenio entre el Gobierno de Navarra y Autopistas de Navarra, S.A., para la apertura de un nuevo acceso en la autopista AP-15 sentido Pamplona en Izurdiaga, que figura como anexo de esta Orden Foral.

Pamplona, 11 de abril de 2024.–El consejero de Economía y Hacienda, José Luis Arasti Pérez.

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE NAVARRA Y AUTOPISTAS DE NAVARRA, SA EN RELACIÓN CON LA APERTURA DE UN NUEVO ACCESO EN LA AUTOPISTA DE NAVARRA AP-15 SENTIDO PAMPLONA EN IZURDIAGA

En Pamplona, a 11 de abril de 2024.

REUNIDOS

De una parte don Oscar Chivite Cornago actuando en nombre y representación del Gobierno de Navarra, facultado al efecto por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 10 de abril de 2024.

De otra parte, don Victor Torres Ruiz, facultado por el consejo de administración de Autopistas de Navarra, S.A., para el otorgamiento del presente convenio, según acuerdo del consejo de administración de fecha 19 de marzo de 2024.

Ambas partes se reconocen capacidad para obligarse y convenir y,

EXPONEN

I.–Mediante escritura pública otorgada en fecha 10 de agosto de 1973, se formalizó entre la Excma. Diputación Foral de Navarra a favor de Autopistas de Navarra, S.A. (en adelante AUDENASA) la concesión para la construcción, conservación y explotación de la primera fase de la autopista de Navarra.

II.–Con posterioridad a la citada concesión, se han efectuado diversas modificaciones del contrato y la firma de convenios entre la Comunidad Foral de Navarra y AUDENASA, que han ido adaptando algunas cláusulas del contrato a la realidad del momento, y a la adecuación de la autopista AP-15 a su plena funcionalidad como vía de gran capacidad integrada en la red de carreteras de Navarra, si bien manteniendo en su totalidad las condiciones básicas y el espíritu del contrato de concesión inicial.

III.–La cláusula 18 del contrato de concesión establece que, una vez en servicio la autopista, bien a excitación del Gobierno de Navarra o a iniciativa de la concesionaria se pueden introducir modificaciones en el trazado sea para mejorar las condiciones del tránsito por la vía, sea para dotar de comunicaciones a sectores o localidades concretos, mediante la redacción de un convenio que recoja las particulares condiciones a que hayan de sujetarse la realización de las obras y su repercusión en el régimen de tarifas, correspondiendo al Gobierno de Navarra la aprobación de dicho Convenio.

IV.–Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 11 de mayo de 2022, se autorizó la apertura de un nuevo acceso en la autopista de Navarra AP-15 sentido Pamplona en Izurdiaga.

En dicho acuerdo se facultó a la Consejera de Economía y Hacienda y al Consejero de Cohesión Territorial para la negociación de la redacción, en su caso y a la vista del proyecto definitivo, de un convenio con la sociedad concesionaria de la autopsita de Navarra AP-15 en relación con este nuevo acceso, que será sometido a la aprobación del Gobierno de Navarra.

V.–Por Orden Foral 95/2023, de 5 de diciembre, del Consejero de Cohesión Territorial se aprueba definitivamente y se resuelve la fase de información pública, a efectos de bienes y derechos afectados, del proyecto de "Nuevo carril de incorporación a la A-15 sentido Pamplona en Izurdiaga (Navarra)", que va a ser ejecutado con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra.

El proyecto del nuevo acceso directo que se ejecutará en Izurdiaga, consistirá en habilitar desde la NA-7010 un acceso a la autopista AP-15 en sentido Pamplona para el municipio de Irurtzun y las localidades del Valle de Arakil, que carecen actualmente de un acceso próximo a la autopista y deben tomar la carretera N-240-A y atravesar la localidad de Irurtzun para dirigirse a Pamplona. De esta manera además se mejorará la seguridad vial de Irurtzun evitando circular por su travesía para acceder a la autopista y reducirá la distancia recorrida y el tiempo empleado para realizar esta incorporación.

VI.–Tras las oportunas negociaciones, el Consejo de AUDENASA ha aprobado con fecha 19 de marzo de 2024 el texto del convenio a suscribir, facultando a don Victor Torres Ruiz para su firma.

Asimismo, el Gobierno de Navarra ha aprobado con fecha 10 de abril de 2024 el texto del presente convenio, facultando a don Oscar Chivite Cornago para su firma.

En consecuencia ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.–Objeto del convenio.

En desarrollo del contrato de concesión de 10 de agosto de 1973, en base a la cláusula 18, y previa autorización por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 11 de mayo de 2022, se conviene la apertura de un nuevo acceso en la autopista de Navarra AP-15 sentido Pamplona en Izurdiaga.

Segunda.–Peajes.

Los tráficos que utilicen el nuevo acceso de Izurdiaga en la autopista AP-15 quedarán sujetos al pago de los peajes de conformidad a las tarifas y subvenciones vigentes en cada momento. Asimismo, serán de aplicación los descuentos en vigor acordados mediante convenio entre el Gobierno de Navarra y Autopistas de Navarra, S.A.

La apertura de este nuevo acceso no modificará la actual tramificación de la autopista AP-15 a los efectos del establecimiento de los peajes.

Tercera.–Contratación, ejecución, dirección de las obras.

Las obras de acondicionamiento del nuevo acceso serán proyectadas, contratadas, ejecutadas y dirigidas en su totalidad por el Departamento de Cohesión Territorial del Gobierno de Navarra.

Ambas partes se comprometen a colaborar en la realización de estas obras, en el ámbito de sus respectivas competencias, especialmente en aquello que afecte a la circulación de vehículos tanto en la autopista como en el resto de carreteras afectadas por las obras.

Durante la ejecución de las obras, AUDENASA será informada de la evolución de la misma y tendrá acceso a toda la documentación que requiera.

Cuarta.–Financiación de la inversión.

La construcción de las obras objeto del presente convenio serán financiadas íntegramente por el Gobierno de Navarra, con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra. El presupuesto de las obras asciende a 1.113.258,36 euros, IVA excluido.

El Departamento de Cohesión Territorial realizará los trámites administrativos que resulten precisos para la ocupación legal de los terrenos afectados por las obras, asumiendo su coste.

Quinta.–Puesta en servicio, incorporación a la autopista y explotación.

La apertura y puesta en servicio del nuevo acceso se llevará a cabo una vez finalizadas las obras, en la fecha que establezca el Departamento de Cohesión Territorial del Gobierno de Navarra, que será comunicada con antelación suficiente a la concesionaria.

Una vez ejecutadas las obras del presente convenio y puesto en servicio el nuevo acceso se incorporará a la concesión el nuevo acceso construido en el tramo coincidente con la autopista AP-15. Corresponderá a AUDENASA la conservación del tramo del ramal a partir del punto donde la plataforma pasa a ser única y el resto del tramo será Gobierno de Navarra el que se haga cargo.

Se adjunta plano donde se señalan la parte del ramal cuya conservación le corresponde realizar al Servicio de Conservación del Departamento de Cohesión Territorial del Gobierno de Navarra y la parte que será incorporada a la concesión, y por tanto será conservada y explotada por parte de AUDENASA.

En cuanto a la iluminación, una vez finalizada la obra, Gobierno de Navarra se hará cargo del suministro y mantenimiento de la iluminación correspondiente a la glorieta y al tramo de variante y AUDENASA de la del ramal. Se adjunta plano donde se indica la iluminación que corresponde a cada uno, realizada a tenor de la mejor adecuación técnica.

Sexta.–Impacto económico del nuevo acceso.

En relación con la compensación económica a AUDENASA por aplicación de la política comercial de descuentos subvencionada por el Gobierno de Navarra, seguirá en vigor la fórmula para el cálculo de dicha compensación, según lo establecido en el Convenio suscrito con fecha 28 de febrero de 2000 y las correspondientes modificaciones de 30 de enero de 2002, 25 de mayo de 2007 y 14 de marzo de 2008, y el de 19 de octubre de 2023.

La apertura del nuevo acceso no tiene repercusión alguna sobre el volumen del tráfico y sobre los descuentos aplicados en base a la política comercial en el área de peaje de Zuasti ya que el tráfico que utilizará este acceso es aquel que actualmente se está incorporando a la AP-15 en el enlace de Gulina y que es el correspondiente a los tránsitos locales entre Irurtzun y Pamplona.

Por ello, la ejecución de este ramal no va a suponer gasto adicional en relación con la fórmula de compensación a Audenasa por la política comercial y la aplicación de los descuentos a los vehículos ligeros con retorno dentro de las 24 horas y se mantiene por tanto en vigor, sin modificación alguna, lo establecido en los Convenios aludidos en el primer párrafo de la presente cláusula.

Séptima.–Régimen jurídico.

Las partes se remiten en lo previsto en el presente Convenio al contrato de concesión de 10 de agosto de 1973 y, sus sucesivas modificaciones y convenios de desarrollo.

Y, en prueba de su conformidad firman el presente Convenio por duplicado y a un solo efecto en Pamplona, a 11 de abril de 2024.

Por el Gobierno de Navarra, don Óscar Chivite Cornago.

Por AUDENASA, don Víctor Torres Ruiz.

ANEXO 1.–PLANTA GENERAL

ANEXO2.–PLANTA ALUMBRADO

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