BOLETÍN Nº 86 - 26 de abril de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 10 de abril de 2024, por el que se inicia la tramitación del expediente de modificación del "Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la Regulación de Usos de los Márgenes del Embalse de Itoiz en el ámbito del Sector Residencial (S.R., el Área de Acogida AA.2 Angordoi y el Sistema General SG.3", relativo a posibilitar nuevas actuaciones en el entorno de Nagore, promovido por la Dirección General de Administración Local y Despoblación.

I.–Objeto.

La presente modificación pretende posibilitar nuevas actuaciones en el entorno del embalse de Itoiz en Nagore, entre las que destacan:

−Actualizar la capacidad residencial del Sector S.R., en función del tamaño de parcela tipo y tipologías de vivienda existentes y previstos, con el objetivo de buscar la viabilidad y sostenibilidad del sector.

−Ampliar el Área de Acogida de Angordoi con espacio adyacente, con el fin de ampliar y, en su caso, reordenar la zona de esparcimiento.

−Posibilitar la instalación de un equipamiento para la desinfección de embarcaciones, con la finalidad de que el embalse sea navegable.

−Posibilitar la construcción de un centro náutico, próximo al equipamiento de desinfección de embarcaciones.

II.–Informes sectoriales.

Constan en el expediente los informes favorables del Servicio del Observatorio de la Realidad Social, del Servicio de Protección Civil y Emergencias, del Servicio de Vivienda, de la Sección de Planificación, Ordenación y Contratación de Servicios Sanitarios, de la Sección de Planificación Territorial y Participación, y de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras.

Están pendientes de recepción los informes de la Confederación Hidrográfica del Ebro, de la Sección de Gestión de Infraestructuras del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física y del Servicio de Infraestructuras Educativas.

La modificación, los instrumentos y los proyectos constructivos que se redacten para el desarrollo y ejecución de las previsiones contenidas en el mismo, estarán a lo dispuesto en todos los anteriores informes sectoriales.

III.–Tramitación ambiental.

Mediante Resolución 832E/2023, de 24 de agosto, del director general de Medio Ambiente se formula Informe Ambiental Estratégico favorable de la presente modificación, considerando que no genera afecciones ambientales significativas y, con el objetivo de mejorar la integración ambiental de la propuesta, propone la implementación de medidas relativas a reducir la contaminación lumínica, gestión de las zonas verdes con criterios bioclimáticos, integrar en la ordenación la zona arbolada existente, maximizar las superficies permeables frente a las impermeables e inclusión de sistemas de drenaje sostenible en la gestión de las aguas pluviales.

IV.–Consideraciones.

Se ha revisado el documento presentado y se deberá corregir conforme al informe de la COT de 18 de diciembre de 2023, que de forma sucinta recoge los siguientes aspectos:

–Completar perspectiva de género y lenguaje inclusivo.

–Completar la sostenibilidad económica.

–Información geográfica vectorial.

–Justificación de plazas de aparcamiento.

–Plantación de arbolado.

–Plazas para recarga de vehículos eléctricos.

–Incluir referencia en la normativa para los planes parciales.

–Incluir en la normativa la obligación legal (RDPH) de prever la implantación de sistemas de drenaje sostenible en los ámbitos de suelo urbanizable.

–Conforme a la Ley Foral 4/2022 la modificación debe completarse con un informe climático que atienda tanto a la mitigación como a la adaptación.

–Diversas correcciones en la normativa y en la documentación gráfica.

En su virtud, de acuerdo con el informe emitido en fecha 18 de diciembre de 2023 por la Comisión de Ordenación del Territorio, y de conformidad con el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, y demás normas de aplicación, el Gobierno de Navarra, a propuesta del consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Iniciar la tramitación del expediente de modificación del "Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para la Regulación de Usos de los Márgenes del Embalse de Itoiz en el ámbito del Sector Residencial (S.R., el Área de Acogida AA.2 Angordoi y el Sistema General SG.3", relativo a posibilitar nuevas actuaciones en el entorno de Nagore, promovido por la Dirección General de Administración Local y Despoblación.

2.º Señalar a la Dirección General promotora que, de modo previo a la resolución del expediente, deberá completarse según las consideraciones recogidas en el presente acuerdo, y en los diferentes informes sectoriales solicitados, incluido el informe ambiental estratégico.

3.º Someter el expediente, por el plazo de un mes, a los trámites simultáneos de información pública y audiencia a los ayuntamientos sobre los que incide la modificación, a los efectos previstos en el Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

El plazo de ambos tramites computará a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

A tales efectos, el expediente se podrá consultar en las dependencias de la Dirección General de Ordenación del Territorio en la calle Alhóndiga número 1, 2.º en Pamplona, en horario de atención al público, y en la siguiente página web:

https://www.navarra.es/es/territorio-paisaje-y-urbanismo/planes-y-proyectos-en-exposicion-publica

Pudiéndose presentar, durante dicho plazo, cuantas alegaciones se consideren oportunas.

5.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento, y notificarlo, a los efectos oportunos, al Ayuntamiento de Arce / Artzi y a todas las unidades u organismos a los que se ha solicitado informe: al Servicio del Observatorio de la Realidad Social, al Servicio de Protección Civil y Emergencias, al Servicio de Vivienda, a la Sección de Planificación y Estrategia Sanitaria, a la Sección de Planificación Territorial y Participación, a la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, a la Confederación Hidrográfica del Ebro, a la Sección de Gestión de Infraestructuras del Instituto Navarro del Deporte y de la Actividad Física y al Servicio de Infraestructuras Educativas.

6.º Notificar este acuerdo, junto con los informes sectoriales recibidos, a la Dirección General de Administración Local y Despoblación, para su conocimiento y efectos.

Pamplona, 10 de abril de 2024.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Félix Taberna Monzón.

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