BOLETÍN Nº 85 - 25 de abril de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CORTES

Convocatoria para la contratación, a través de pruebas selectivas, mediante concurso oposición y en régimen de funcionario de una plaza de gestor cultural

Por Resolución de Alcaldía número 149/2024 de fecha 11 de abril, se han aprobado las bases de la convocatoria para la contratación, a través de pruebas selectivas mediante concurso oposición y en régimen de funcionario de una plaza de gestor cultural al servicio del Ayuntamiento de Cortes.

Contra la presente resolución de alcaldía caben interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Cortes, 11 de abril de 2024.–La alcaldesa, María Concepción Ausejo Gómez.

BASES.–CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE GESTOR CULTURAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE CORTES, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN Y EN RÉGIMEN FUNCIONARIAL

1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo, de gestor cultural en régimen funcionarial, identificado en la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Cortes con el número veintiuno.

Así mismo, es objeto de la presente convocatoria constituir con las personas aspirantes que obtengan al menos el 30% de la puntuación de la primera prueba y de acuerdo con lo dispuesto en la base número 9, una relación de aspirantes a la provisión temporal del puesto de trabajo de gestor cultural.

1.2. El nombramiento conferirá al designado/a, a todos los efectos, el carácter de funcionario del Ayuntamiento de Cortes desde la fecha de toma de posesión siendo afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel B, correspondiente al personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra así como las retribuciones complementarias establecidas en la plantilla orgánica que en la actualidad están fijadas en un complemento de puesto de trabajo del 13% y un complemento de prolongación de jornada del 10%.

1.4. La jornada anual será la correspondiente al personal de las administraciones públicas de Navarra con turnos de mañanas y tardes con trabajos en domingo y festivos.

El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio y se recogerá en el calendario aprobado para cada año, pudiendo ser modificado por los órganos administrativos competentes, para atender necesidades sobrevenidas en el funcionamiento del servicio.

1.5. Las funciones a desempeñar serán adecuadas a la categoría de la convocatoria, propias de su nivel; entre otras, de manera enunciativa y no excluyente, las siguientes:

–Diseñar, planificar, gestionar y evaluar programas y actividades culturales; establecer contacto con entidades; gestión presupuestaria y control de gastos; gestión de uso de las instalaciones a su cargo.

–Contacto con las diferentes asociaciones y movimientos de la localidad; y coordinar las actividades y demás tareas relacionadas con el ámbito de actuación; comunicación de los distintos acontecimientos del municipio.

Asimismo, realizará las actuaciones y gestiones fuera de las dependencias municipales, incluido en fines de semana y festivos, si se diera el caso.

–Proponer planificaciones de acción para las infraestructuras o espacios culturales que se le hayan asignado.

–Resolver las peticiones de uso de espacios y materiales y planificar la distribución de fechas y horarios.

–Dar acogida a cuantas propuestas de actividades y espectáculos se presenten, orientándolas y en su caso, elevar al Ayuntamiento dichas propuestas.

–Aplicar el presupuesto asignado para la realización de los objetivos planificados.

–Preparar y controlar las ayudas y subvenciones, así como procurar su correcta y adecuada inversión.

–Proponer normativa, aplicación y control de concesión de ayudas y subvenciones a otros entes con actividad en el municipio.

–Elaborar las diferentes propuestas culturales surgidas de las necesidades detectadas y resolver las peticiones de las personas usuarias de su competencia.

–Proponer cambios en el desarrollo de las planificaciones de los proyectos y programas de intervención cultural de su responsabilidad.

–Proponer la programación de las actividades culturales y comunicar de manera efectiva y con la antelación suficiente dicha programación a su público potencial. Utilizar para ello las TIC, los medios y canales tales como: prensa y radios locales, página web, redes sociales, app municipal, etc.

–Gestiones relacionadas con fiestas y eventos culturales.

–Promover e impulsar la creación artística en Cortes entre vecinas y vecinos y agentes sociales y culturales, así como personas usuarias del centro cultural.

–Coordinar las actividades de iniciativa comunitaria con las propias del centro cultural y Ayuntamiento.

–Velar por el buen funcionamiento de los espacios y hacer cumplir la normativa dispuesta para su uso.

–Coordinar los servicios, salas técnicas, taquilla y mantenimiento de los edificios.

–Gestionar las actividades y el mantenimiento del Castillo de Cortes, exposición permanente del Alto de la Cruz y de los yacimientos arqueológicos.

–Gestionar las actividades deportivas planificadas y coordinadas por la concejalía de Deporte y la Mancomunidad de Deporte Navarra Sur.

–Gestionar los edificios e instalaciones deportivas de Cortes.

–Prestar apoyo y asesoramiento a los colectivos deportivos de la localidad.

–Fomentar y apoyar los movimientos e iniciativas populares en su ámbito de actuación con objeto de llevar a cabo actividades conjuntas.

–Responsabilizarse de la difusión y publicidad de las actividades y programas planificados.

–Gestionar actividades turísticas de la localidad con el fin de impulsar el turismo de la localidad.

–Realizar, además de las descritas, otras tareas que, en coherencia con las capacidades y aptitudes profesionales que el puesto exige, le sean encomendadas de cara a la consecución de los objetivos establecidos.

–Aquellas otras funciones, relacionadas con su puesto de trabajo, que pueda encomendarle el Ayuntamiento de Cortes.

2.–Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos al presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; también podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.

c) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de un título de Diplomatura o Grado Universitario, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración pública.

f) Ingresar en la cuenta del Ayuntamiento de Cortes indicada en la base 3.3 la cantidad de 10 euros en concepto de derechos de examen.

g) Hallarse en posesión del permiso de conducir de clase B1.

2.2. Los requisitos expresados deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga la plaza en el plazo y forma previstos en la base 7 de la presente convocatoria y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

3.–Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se dirigirán a la alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Cortes, y deberán presentarse en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación de ésta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra en el registro general del Ayuntamiento de Cortes, personalmente en las oficinas del Ayuntamiento de Cortes en horario de oficina, es decir, de lunes a viernes, en horario de 11:00 a 14:00 o bien en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes http://cortes.sedelectronica.es/info.1 con utilización del trámite instancia general. Podrán utilizarse también los demás medios de presentación de solicitudes que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común.

Si dicho plazo finaliza en sábado o en día inhábil, se entenderá referido al primer día hábil siguiente.

3.2. Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como anexo I que puede descargarse en el siguiente enlace de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes:

https://cortes.sedelectronica.es/transparency/33e93979-8e2d-4755-a493-b2f997f9e5a8/

3.3. A la misma se acompañará la siguiente documentación:

a) Copia de los méritos que aporte a la convocatoria para su valoración conforme a la base 6.

b) Justificante de haber ingresado la cantidad de 10 euros en concepto de derechos de examen.

El abono de este importe se podrá efectuar mediante ingreso en efectivo o por transferencia bancaria en la siguiente cuenta:

–Caixabank: ES65 2100 4958 9222 0002 9718.

En el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

–Nombre y apellidos de la persona aspirante.

–Concepto: examen gestor cultural.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

3.6. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que estas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación original o fotocopia compulsada de la condición legal de discapacitado, expedida por el órgano competente.

3.7. Bastará con copias simples de la documentación, si bien, la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Cortes dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios municipal y en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Cortes en el siguiente enlace:

https://cortes.sedelectronica.es/transparency/33e93979-8e2d-4755-a493-b2f997f9e5a8/

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, la alcaldesa-presidenta dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios municipal y en el portal de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes en el siguiente enlace:

https://cortes.sedelectronica.es/transparency/33e93979-8e2d-4755-a493-b2f997f9e5a8/

En el caso de que no haya personas excluidas para la lista provisional se realizará lista definitiva de admitidos.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.

4.5. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les reconozca a quienes figuren en ella la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente resolución. Cuando de la documentación que se debe presentar en el caso de superar el procedimiento selectivo se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas en que pudieran haber incurrido por falsedad.

4.6. En la resolución aprobatoria de dicha lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la oposición y la composición definitiva del tribunal. Posteriormente, el tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de los restantes ejercicios mediante publicación en el portal de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidenta: María Concepción Ausejo Gómez, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Cortes.

Suplente de la presidenta: Inmaculada Concepción Ciriza Marco, primera teniente alcaldesa del Ayuntamiento de Cortes.

Vocal titular: Ana María Zardoya Gómez, técnica de deporte y cultura del Ayuntamiento de Ribaforada.

Vocal suplente: Pilar Martínez de Olcoz Esquide, técnica de cultura y turismo del Ayuntamiento de Viana.

Vocal titular: Alicia Rodríguez Alegría, técnica de deporte y cultura del Ayuntamiento de Valtierra.

Vocal suplente: Raquel Astudillo Madorrán, técnica de deporte del Ayuntamiento de San Adrián.

Vocal titular: María Reyes Lorente Fernández, interventora del Ayuntamiento de Cortes.

Vocal suplente: Luis Morales Cerdán, representante del personal del Ayuntamiento de Cortes.

Vocal secretario titular: Jesús Litago Zardoya, secretario del Ayuntamiento de Cortes.

Vocal secretaria suplente: Andrea Lafuente Bozal, secretaria del Ayuntamiento de Ribaforada.

5.2. Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.3. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del presidente/a y del secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan, pudiendo ser también sustituto/a de éstos los designados como vocal-suplente en el supuesto de darse la situación de ser necesaria una segunda suplencia.

5.5. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.6. El tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.–Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la de oposición.

6.2. La oposición dará comienzo a partir del mes de junio de 2024.

6.3. Fase del concurso: la fase de concurso, sin carácter eliminatorio se realizará con carácter previo a la fase de oposición y tendrá una puntuación máxima de 10 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

6.3.a) Por servicios de gestor/a o técnico/a de cultura prestados en administraciones públicas, en nivel B: 1 punto por año trabajado, hasta un máximo de 10 puntos.

6.3.b) Por servicios de gestor/a o técnico/a de cultura prestados en administraciones públicas, en nivel C: 0,70 puntos por año trabajado, hasta un máximo de 8 puntos.

6.3 c) Por servicios de gestor/a o técnico/a de deportes prestados en administraciones públicas, en nivel B: 0,70 puntos por año trabajado, hasta un máximo de 8 puntos.

6.3 d) Por servicios de gestor/a o técnico/a de deportes prestados en administraciones públicas, en nivel C: 0,50 puntos por año trabajado, hasta un máximo de 8 puntos.

Notas:

1.ª Si el número de años no fuese entero, se asignará a los aspirantes la puntuación que proporcionalmente corresponda a los días que hayan prestado servicios.

La suma de los apartados anteriores no podrá sobrepasar un total de 10 puntos.

2.ª No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

3.ª Se valorarán los servicios prestados desde la fecha de inicio de cada prestación de servicios hasta su finalización, con independencia del porcentaje de jornada realizado.

4.ª Los períodos en los que la persona aspirante haya estado en situación de servicios especiales se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo efectivamente desempeñado, a excepción de la excedencia especial por cuidado, que computará como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el momento de acceso a dicha situación.

5.ª Serán incompatibles las puntuaciones otorgadas por los anteriores subapartados cuando se refieran al mismo período, otorgándose en cada caso la superior a ellas.

6.ª Los servicios prestados se acreditarán exclusivamente mediante certificados de la administración contratante acompañados de la vida laboral.

6.3.e) Al término de la fase de concurso, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cortes, la puntuación obtenida, precisando los puntos que hayan obtenido cada uno de ellos en la fase de concurso. Contra estas calificaciones provisionales se podrán formular alegaciones en el plazo de cinco días naturales por parte de los aspirantes a presentar en el registro general del Ayuntamiento de Cortes en horario de oficina, es decir, de lunes a viernes, en horario de 11:00 a 14:00 o bien en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes http://cortes.sedelectronica.es/info.1 con utilización del trámite instancia general.

6.4. Fase de oposición: constará de los siguientes ejercicios:

6.4.1. Primera prueba: de carácter teórico. Consistirá en la contestación por escrito, de varias preguntas breves o tipo test relacionadas con los temas del anexo II.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 40 puntos, debiéndose obtener una calificación mínima de 20 puntos para aprobar. Las respuestas incorrectas serán objeto de penalización, en la forma que se indicará por el tribunal calificador antes de su realización.

6.4.2. Segunda prueba: de carácter práctico. Consistirá en la resolución de uno o varios casos prácticos y permitirá demostrar los conocimientos prácticos de las personas aspirantes sobre funciones del puesto que se convoca, en relación con las materias comprendidas en el temario del anexo II.

El planteamiento de cada supuesto práctico podrá efectuarse por el tribunal de manera escrita u oral o en ordenador. Asimismo, el tribunal podrá exigir que se haga el ejercicio en ordenador. Se valorará, además del contenido, la capacidad de expresión escrita, la aportación personal de la persona aspirante, su claridad y orden de ideas, y su capacidad de síntesis.

La puntuación máxima de la segunda prueba será de 50 puntos siendo necesario un mínimo de 25 puntos para aprobar.

6.4.3. Los ejercicios serán eliminatorios, quedando eliminados, en cada uno de ellos, aquellos opositores que no alcancen, al menos, la puntuación mínima asignada a los mismos.

6.4.4. El sistema a utilizar será el de plicas cerradas. Terminada la corrección de cada ejercicio el tribunal calificador procederá a la publicación, en el tablón de anuncios y en el portal de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes la lista con las calificaciones obtenidas, así mismo se indicará el día y hora de la apertura pública de las plicas.

6.4.5. El tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cortes y en el portal de transparencia de la sede electrónica los resultados provisionales de la apertura pública de plicas de cada ejercicio de la oposición. Contra estas calificaciones provisionales se podrán formular alegaciones en el plazo de cinco días naturales por parte de los aspirantes a presentar en el registro general del Ayuntamiento de Cortes en horario de oficina, es decir, de lunes a viernes, en horario de 11:00 a 14:00 o bien en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes http://cortes.sedelectronica.es/info.1 con utilización del trámite instancia general.

6.4.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, debiendo los aspirantes acudir provistos del documento nacional de identidad u otro documento de identificación que el tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos mencionados.

7.–Relación de aprobados y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios municipal y en el portal de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, y elevará a la alcaldesa-presidenta propuesta de nombramiento a favor del aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Navarra.

La puntuación total será el resultado de sumar la puntuación obtenida en la fase de concurso y la obtenida en la fase de oposición.

Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de la oposición. De persistir el empate, el desempate se realizará por sorteo público.

7.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá presentar en el registro general del Ayuntamiento de Cortes los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, y en concreto los siguientes:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Documento original o copia auténtica del título exigido en la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Certificado médico oficial acreditativo de que el interesado no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones de su cargo.

f) Copia del permiso de conducir de clase B1.

7.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados, el aspirante propuesto no presentase dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, se cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8.–Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el proceso selectivo, y aportados por el aspirante aprobado con mayor puntuación los documentos a que se refiere la base 7.2 anterior, la alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Cortes, resolverá su nombramiento como funcionario/a del Ayuntamiento de Cortes para desempeñar el puesto de trabajo de gestor cultural.

8.2. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

8.3. La persona aspirante nombrada deberá tomar posesión en su puesto de trabajo en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si dentro del plazo indicado, y salvo los supuestos de fuerza mayor suficientemente justificados no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Cortes. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 7.4 de la presente convocatoria.

9.–Listas de aspirantes a la contratación temporal.

9.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, y tal y como queda indicado en la base 1.1. de la presente convocatoria, se constituirá una lista de aspirantes a la contratación temporal, en la que figurarán todas aquellas personas que hayan resultado aprobadas sin plaza.

Se constituirá también otra lista de aspirantes a la contratación temporal con las personas eliminadas que al menos hayan obtenido 15 puntos en el primer ejercicio de la oposición. En ésta lista no se sumará la fase de concurso, se estará al orden de puntuación obtenido en el primer ejercicio y en el supuesto de que en esta lista haya empate se resolverá por sorteo.

9.2. La relación de aspirantes a la contratación temporal será objeto de publicación en el tablón de anuncios de la casa consistorial y en el portal de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes.

9.3. El orden de prelación de las personas incluidas en tal relación de aspirantes a la contratación temporal vendrá determinado por la puntuación final obtenida.

9.4. Las listas de contratación tendrán prioridad sobre las listas anteriores que estén en vigor y estarán en vigor hasta que se realice una nueva convocatoria de contratación.

9.5. Normas de gestión de la lista de aspirantes para la contratación temporal.

A) Llamamiento:

La contratación de los aspirantes aprobados se efectuará, con carácter general, previo llamamiento individual de acuerdo con las necesidades del servicio.

Con el fin de facilitar su localización, los aspirantes podrán comunicar varios teléfonos de contacto, dirección de correo electrónico o fax, que deberán mantener continuamente actualizadas.

El llamamiento de los aspirantes se efectuará de acuerdo con el orden de prelación en que figuren en la correspondiente lista. No obstante lo anterior, para el llamamiento se tendrá en cuenta lo establecido en la disposición adicional séptima, apartado 3, del texto refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

A cada aspirante al que se oferte un contrato por teléfono, se realizarán al menos tres intentos de localización, a través de los medios de comunicación facilitados, durante un periodo de dos días.

De cada llamamiento se dejará constancia por escrito, señalando las circunstancias, fecha y hora en la que se ha efectuado.

Cuando un aspirante no pueda ser localizado se contactará con el siguiente o siguientes de la lista, hasta que el puesto o puestos de trabajo ofertados sean cubiertos.

Los interesados con los que no se haya podido contactar mantendrán su lugar en la lista correspondiente.

Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los llamamientos, cuando un aspirante esté desempeñando o haya desempeñado un puesto de trabajo en el Ayuntamiento de Cortes, y en virtud de esta convocatoria, un contrato temporal y dentro del plazo de los 12 meses siguientes a la finalización del citado contrato se produzca la necesidad de proveer un puesto de trabajo igual en el Ayuntamiento, la Administración ofertará el contrato a dicho aspirante, siempre que, en el momento del nuevo llamamiento, esté disponible en la correspondiente lista.

Un contratado podrá renunciar a su contrato por otro de larga duración, siempre que se produzca en el ámbito de su lista y sea a él a quien por orden de prelación le corresponda.

B) Renuncias:

1. Si algún aspirante renuncia al puesto de trabajo ofertado pasará el último lugar de la lista, salvo que acredite encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

1.–Estar obligado en virtud de un nombramiento o contrato administrativo o laboral en vigor.

2.–Encontrarse en situación de incapacidad temporal o licencia por maternidad o adopción.

3.–Tener a su cuidado un hijo menor de 3 años, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción.

4.–Tener a su cuidado a un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo.

5.–Matrimonio propio o situación asimilada según la Ley 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables, si la renuncia se produce dentro de los quince días naturales siguientes o anteriores a su constitución.

Los aspirantes que se encuentren en alguna de las situaciones enumeradas en el apartado anterior, o en circunstancias asimiladas que deberán ser valoradas por el órgano competente en materia de contratación, deberán acreditarlo documental y fehacientemente en el plazo de un mes contado desde la fecha en que se les haya ofertado el puesto de trabajo al que renuncian, en cuyo caso permanecerán en el mismo lugar que ocupan en la lista.

En todos los casos enumerados en el apartado primero del presente artículo los aspirantes deberán comunicar su disponibilidad para prestar servicios, mediante documentación en la que se indique la fecha de finalización de la situación que justificó la renuncia. Mientras no se produzca esta comunicación, no se les ofertará ningún puesto de trabajo.

C) Exclusiones:

Serán excluidos de la lista que haya dado lugar al llamamiento, los aspirantes que incurran en alguno de los siguientes supuestos:

a) Renuncia injustificada al puesto de trabajo ofertado.

b) Renuncia al contrato suscrito.

c) No suscripción del correspondiente contrato, una vez aceptado el puesto de trabajo en virtud del llamamiento.

9.6. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del IRPF en las cuantías que procedan.

10.–Protección de datos.

El responsable del tratamiento de los datos de las personas participantes en esta convocatoria es el Ayuntamiento de Cortes. La finalidad del tratamiento es la gestión y tramitación de la convocatoria de concurso-oposición de gestor cultural.

La base jurídica del tratamiento es el artículo 6.1.c) del Reglamento general de protección de datos (tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento) y el artículo 6.1.b) del Reglamento general de protección de datos (tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales).

Los datos aportados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recogen y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la convocatoria y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación (Ley Foral 12/2007 de Archivos y Documentos e Instrucciones para la evaluación y eliminación de documentos de las Entidades Locales de Navarra).

Los datos se publicarán en los supuestos legalmente previstos conforme a lo establecido en la convocatoria y podrán comunicarse de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 5/2018 de 17 de mayo de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Las personas titulares pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad en las oficinas municipales o a través de la sede electrónica (trámites protección de datos) o en la dirección del delegado de protección de datos dpd@cortes.es.

Así mismo tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es) si consideran que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente o a hacerla previamente ante el delegado de protección de datos en la dirección anteriormente indicada.

11.–Recursos.

11.1. Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de su aplicación, cabe interponer optativamente los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación.

c) Recurso contencioso-administrativo, ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la publicación o notificación.

11.2. Contra los actos del tribunal calificador se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido en el Portal de Transparencia de la sede electrónica ante el Alcalde del Ayuntamiento de Cortes.

ANEXO I.–INSTANCIA DE SOLICITUD

Don/Doña ...................................................................................................................................., mayor de edad, con DNI número ............................................... (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día .......... de ..................................... de ..............., natural de ............................................................... (..............................................), nacionalidad ..........................................................., con domicilio actual en ......................................................... (.............................................), calle ......................................................................................................., código postal ...................., teléfono ......................................... y correo electrónico .........................................................................................

Expone:

Que cumple todos los requisitos exigidos en la convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de un puesto de trabajo de gestor cultural del Ayuntamiento de Cortes, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ..........., de fecha .................................................................., referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

–Que acompaña la documentación requerida para participar en la convocatoria.

–(En su caso) Que tiene discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan (en folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

–(En su caso) Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacidad expedida por organismo competente.

–Que acompaña a la instancia fotocopia de los méritos para la fase de concurso.

Por lo expuesto, solicita se admita la presente solicitud, y, en su virtud, tenga al suscribiente por admitido a las pruebas selectivas para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de gestor cultural del Ayuntamiento de Cortes, en régimen de funcionario.

En Cortes, a .......... de .............................. de 2024

(Firma)

SRA. ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE CORTES.

Información básica protección de datos. Responsable del tratamiento: Ayuntamiento de Cortes. Finalidad: gestión y tramitación de la convocatoria de concurso oposición de gestor cultural. Derechos: acceso, rectificación y supresión y otros derechos como se explica en la información ampliada disponible en la base 10 de la convocatoria.

ANEXO II.–TEMARIO

Tema 1.–Difusión, publicidad, atención y gestión de públicos en las actividades culturales.

Tema 2.–Diseño de proyectos culturales. Estructura, fases y contenido. Objetivos y acciones. Recursos para el desarrollo del proyecto. El presupuesto. Seguimiento y control. La evaluación.

Tema 3.–Programación y ejecución de actividades festivas y festivo-culturales.

Tema 4.–Programación y ejecución de actividades en un centro cultural. Tipologías de equipamientos culturales y su valor específico en la intervención cultural.

Tema 5.–Organización del Servicio de Cultura del Ayuntamiento de Cortes y conocimiento de agentes culturales de la localidad, celebraciones y asociaciones.

Tema 6.–Estrategias de comunicación y difusión en la acción cultural. Educación y fidelización de públicos.

Tema 7.–Gestión de nuevos públicos y mediación cultural.

Tema 8.–El gestor cultural: Formación profesional. La empatía como virtud profesional. La relación con otros agentes culturales y con los artistas. La relación con el público.

Tema 9.–Fuentes de financiación de la actividad cultural municipal, pública y privada. Los presupuestos de las Administraciones Públicas. Autofinanciación. Mecenazgo. Patrocinio y publicidad.

Tema 10.–Líneas de intervención de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Navarra vinculadas a las entidades locales de Navarra. Convocatorias, programas, subvenciones.

Tema 11.–La red de teatros de Navarra.

Tema 12.–La actividad deportiva en Cortes, municipal y de clubs y colectivos. Mancomunidad Deportiva Navarra Sur.

Tema 13.–Ley Foral 1/2019, de 15 de enero, de Derechos Culturales de Navarra. Derechos culturales. Derecho de acceso a la cultura y a la participación en la vida cultural. Responsabilidad de las Administraciones Públicas en materia de cultura.

Tema 14.–Ley Foral 14/2005., de 22 de noviembre del Patrimonio Cultural de Navarra.

Tema 15.–Ley Foral 15/2001, de 5 de julio del Deporte de Navarra.

Tema 16.–Ley Foral 7/2003, de 14 de febrero de Turismo de Navarra.

Tema 17.–Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: los interesados en el procedimiento, la capacidad de obrar y el concepto de interesado, representación, identificación y firme de los interesados en el procedimiento administrativo. De la actividad de las Administraciones Públicas, normas generales, Registros, silencio administrativo, términos y plazos (cómputo). Actos administrativos: Requisitos. Eficacia, notificación. El procedimiento administrativo común. Garantías. Fases. Recursos administrativos: principios generales, el recurso de alzada y el recurso de reposición.

Tema 18.–Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: abstención y recusación. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad de la Administración Pública y de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas. Funcionamiento electrónico del sector público.

Tema 19.–Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: Título II: El Municipio. Capítulo I: Territorio y Población. Capítulo II: Organización. Título V: Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales: Capítulo I: Régimen de funcionamiento. Capítulo IV: Información y participación ciudadana.

Tema 20.–Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra: Título I: Organización y administración de las entidades locales. Capítulo I: Municipios. Título III: Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales de Navarra. Información y participación ciudadanas. Título IV: Bienes de las Entidades Locales. Título V: Actividades, servicios y obras. Título IX: El procedimiento y régimen jurídico, impugnación y control de las actuaciones de las Entidades Locales de Navarra: en particular, el recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Decreto Foral 279/1990, de 18 de octubre).

Tema 21.–Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra: los recursos de las Haciendas Locales de Navarra. Los impuestos municipales. Presupuesto y gasto público.

Tema 22.–Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.

Tema 23.–Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: clases de personal. Selección de los funcionarios públicos. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Las plantillas orgánicas, relaciones de funcionarios y expedientes personales. Las situaciones administrativas. Derechos y deberes. Retribuciones. Personal contratado en régimen laboral.

Tema 24.–Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Cortes publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 180 de 14 de agosto de 2020.

Tema 25.–Ordenanza Reguladora del procedimiento administrativo común electrónico del Ayuntamiento de Cortes publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 157 de 14 de agosto de 2018.

Tema 26.–Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Tema 27.–Ordenanza reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de Cortes publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 173 de 6 de septiembre de 2018.

Nota: desde el Ayuntamiento no se facilitará el temario desarrollado. Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de esta convocatoria.

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