BOLETÍN Nº 85 - 25 de abril de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CORTES

Convocatoria para la contratación, a través de pruebas selectivas, mediante concurso de traslado de una plaza de gestor cultural

Por Resolución de Alcaldía número 150/2024 de fecha 11 de abril, se han aprobado las bases de la convocatoria para la contratación, a través de pruebas selectivas mediante concurso de traslado de una plaza de gestor cultural al servicio del Ayuntamiento de Cortes.

Contra la presente resolución de alcaldía caben interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Cortes, 11 de abril de 2024.–La alcaldesa, María Concepción Ausejo Gómez.

BASES.–CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE CONCURSO DE TRASLADO DE UNA PLAZA DE GESTOR CULTURAL AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE CORTES.

1.–Objeto.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso de traslado, de un puesto de trabajo, de gestor cultural en régimen funcionarial y a jornada completa, identificado en la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Cortes con el número veintiuno.

1.2. El nombramiento conferirá al designado/a, a todos los efectos, el carácter de funcionario/a del Ayuntamiento de Cortes desde la fecha de toma de posesión siendo afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel B, correspondiente al personal al servicio de las Administraciones públicas de Navarra así como las retribuciones complementarias establecidas en la plantilla orgánica que en la actualidad están fijadas en un complemento de puesto de trabajo del 13% y un complemento de prolongación de jornada del 10%.

1.4. La jornada anual será la correspondiente al personal de las Administraciones públicas de Navarra con turnos de mañanas y tardes con trabajos en domingo y festivos.

El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio y se recogerá en el calendario aprobado para cada año, pudiendo ser modificado por los órganos administrativos competentes, para atender necesidades sobrevenidas en el funcionamiento del servicio.

1.5. Las funciones a desempeñar serán adecuadas a la categoría de la convocatoria, propias de su nivel; entre otras, de manera enunciativa y no excluyente, las siguientes:

Las funciones a desempeñar serán adecuadas a la categoría de la convocatoria, propias de su nivel; entre otras, de manera enunciativa y no excluyente, las siguientes:

–Diseñar, planificar, gestionar y evaluar programas y actividades culturales; establecer contacto con entidades; gestión presupuestaria y control de gastos; gestión de uso de las instalaciones a su cargo.

–Contacto con las diferentes asociaciones y movimientos de la localidad; y coordinar las actividades y demás tareas relacionadas con el ámbito de actuación; comunicación de los distintos acontecimientos del municipio.

Asimismo, realizará las actuaciones y gestiones fuera de las dependencias municipales, incluido en fines de semana y festivos, si se diera el caso.

–Proponer planificaciones de acción para las infraestructuras o espacios culturales que se le hayan asignado.

–Resolver las peticiones de uso de espacios y materiales y planificar la distribución de fechas y horarios.

–Dar acogida a cuantas propuestas de actividades y espectáculos se presenten, orientándolas y en su caso, elevar al Ayuntamiento dichas propuestas.

–Aplicar el presupuesto asignado para la realización de los objetivos planificados.

–Preparar y controlar las ayudas y subvenciones, así como procurar su correcta y adecuada inversión.

–Proponer normativa, aplicación y control de concesión de ayudas y subvenciones a otros entes con actividad en el municipio.

–Elaborar las diferentes propuestas culturales surgidas de las necesidades detectadas y resolver las peticiones de las personas usuarias de su competencia.

–Proponer cambios en el desarrollo de las planificaciones de los proyectos y programas de intervención cultural de su responsabilidad.

–Proponer la programación de las actividades culturales y comunicar de manera efectiva y con la antelación suficiente dicha programación a su público potencial. Utilizar para ello las TIC, los medios y canales tales como: prensa y radios locales, página web, redes sociales, app municipal, etc.

–Gestiones relacionadas con fiestas y eventos culturales.

–Promover e impulsar la creación artística en Cortes entre vecinas y vecinos y agentes sociales y culturales, así como personas usuarias del centro cultural.

–Coordinar las actividades de iniciativa comunitaria con las propias del centro cultural y Ayuntamiento.

–Velar por el buen funcionamiento de los espacios y hacer cumplir la normativa dispuesta para su uso.

–Coordinar los servicios, salas técnicas, taquilla y mantenimiento de los edificios.

–Gestionar las actividades y el mantenimiento del Castillo de Cortes, exposición permanente del Alto de la Cruz y de los yacimientos arqueológicos.

–Gestionar las actividades deportivas planificadas y coordinadas por la concejalía de Deporte y la Mancomunidad de Deporte Navarra Sur.

–Gestionar los edificios e instalaciones deportivas de Cortes.

–Prestar apoyo y asesoramiento a los colectivos deportivos de la localidad.

–Fomentar y apoyar los movimientos e iniciativas populares en su ámbito de actuación con objeto de llevar a cabo actividades conjuntas.

–Responsabilizarse de la difusión y publicidad de las actividades y programas planificados.

–Gestionar actividades turísticas de la localidad con el fin de impulsar el turismo de la localidad.

–Realizar, además de las descritas, otras tareas que, en coherencia con las capacidades y aptitudes profesionales que el puesto exige, le sean encomendadas de cara a la consecución de los objetivos establecidos.

–Aquellas otras funciones, relacionadas con su puesto de trabajo, que pueda encomendarle el Ayuntamiento de Cortes.

2.–Normativa aplicable.

El presente concurso de traslado se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra; en el artículo 10 del Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra, demás normas de aplicación y con arreglo a las siguientes bases.

3.–Ampliación de vacantes.

Las plazas convocadas podrán completarse posteriormente con las que estén vacantes el día en que el tribunal calificador dé traslado al órgano convocante de la relación de concursantes por orden de puntuación obtenida.

4.–Requisitos.

De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, quienes concurran al presente concurso de traslado deberán reunir en la fecha en la que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento del nombramiento hasta la toma de posesión de la plaza adjudicada, los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de personal fijo (funcionario o laboral fijo) del Ayuntamiento de Cortes, en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial.

b) Hallarse encuadrado en el nivel o grupo B, en puesto de trabajo para el que se haya exigido la titulación de Diplomatura o Grado Universitario, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

Podrán también participar en la convocatoria, siempre que reúnan los requisitos exigidos, las personas excedentes voluntarias sin reserva de plaza, así como las forzosas, que hayan permanecido al menos un año en dicha situación administrativa, obteniendo de esta forma el reingreso en el servicio activo y la adjudicación definitiva de una plaza.

En ningún caso la participación en el presente concurso supondrá la modificación del régimen jurídico al que estuvieran sujetas las personas concursantes con anterioridad a su participación.

5.–Instancia, plazo y lugar de presentación.

5.1. Las instancias para poder participar deberán presentarse en el registro municipal del Ayuntamiento de Cortes sito en la plaza Duques de Miranda número 4 de Cortes, 31530 Navarra (en horario de 11:00 a 14:00) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 15 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Asimismo, la instancia de participación podrá presentarse telemáticamente a través del registro general electrónico del Ayuntamiento de Cortes, disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento https://cortes.sedelectronica.es/info.10.

En este supuesto, la solicitud específica de participación y demás documentación que debe aportarse, podrá adjuntarse en cualquiera de los formatos previstos en el registro general electrónico para adjuntar archivos. En el supuesto de que la solicitud se presente en algún otro registro de los previstos en la Ley 39/2015, y dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes, se remitirá por correo electrónico a la siguiente dirección ayuntamiento@cortes.es la solicitud de participación de la convocatoria, señalándose el registro donde se ha presentado la documentación complementaria. En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada. Las instancias deberán ajustarse al modelo reflejado en el anexo I de esta convocatoria.

Las instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de los requisitos de participación referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

5.2. A la instancia se acompañará la documentación, debidamente autentificada, que acredite cuantos méritos sean alegados a tenor del baremo establecido en la convocatoria, con la única excepción de la justificativa de los servicios prestados en el Ayuntamiento de Cortes, que será facilitada directamente al tribunal por el órgano convocante.

6.–Lista provisional de admisión y reclamaciones.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes la señora alcaldesa del Ayuntamiento de Cortes dictará resolución aprobando la lista provisional de admisión y exclusión y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra con la indicación de que, dentro de los cinco días naturales siguientes, las personas excluidas podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

Si no se hubiera presentado ninguna solicitud dentro del plazo establecido, la señora alcaldesa del Ayuntamiento de Cortes dictará resolución declarando desierto el concurso. Dicha resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de Navarra.

Si no hubiera personas excluidas, se aprobará directamente la lista definitiva y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

Concluido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, la señora alcaldesa aprobará la lista definitiva de admisión, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

7.–Composición del tribunal.

El tribunal que ha de calificar del concurso estará compuesto por:

1.–Presidenta: María Concepción Ausejo Gómez, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Cortes.

–Suplente: Inmaculada Concepción Ciriza Marco, primera teniente alcaldesa del Ayuntamiento de Cortes.

2.–Vocal-secretario: Jesús Litago Zardoya, secretario del Ayuntamiento de Cortes.

–Suplente: Jesús Rosón Lete, interventor del Ayuntamiento de Buñuel.

3.–Vocal: Reyes Lorente Fernández, oficial administrativa del Ayuntamiento de Cortes (designada por representantes de personal del Ayuntamiento de Cortes.

–Suplente: Brenda Luna Sánchez, oficial administrativa del Ayuntamiento de Cortes (designada por representante de personal del Ayuntamiento de Cortes.

El tribunal deberá constituirse dentro de los cinco días siguientes al de publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.

El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la aplicación de las bases de la convocatoria.

Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en las normas reguladoras del procedimiento administrativo. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

8.–Calificación de méritos.

La valoración de los méritos será realizada por el tribunal calificador de conformidad con el siguiente baremo:

a) Servicios prestados a las administraciones públicas: hasta 30 puntos.

b) Formación, docencia, investigación y otros méritos: hasta 10 puntos.

Los méritos alegados y justificados por cada aspirante en relación con los dos apartados anteriores, se calificarán y puntuarán por el tribunal de acuerdo con el baremo recogido en el anexo II.

Tal y como se determina en la base 5.b), con la única excepción de la acreditación de los servicios prestados al Ayuntamiento de Cortes, que será facilitada directamente al tribunal por el órgano convocante, todos los méritos deberán haberse alegado y probado documentalmente, mediante documentos originales o copias compulsadas, en el momento de presentar cada aspirante su instancia solicitando tomar parte en el presente concurso de traslado.

En ningún caso el tribunal podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y acreditado documentalmente, ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada.

El tribunal podrá solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados y acreditados por las personas que concursen.

Concluida la valoración de todos los elementos del concurso, el tribunal publicará en el tablón de edictos y en el portal de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes en el siguiente enlace: https://cortes.sedelectronica.es/transparency/d4598563-5703-448f-ba6e-c95ffe95ba9e/.

las puntuaciones obtenidas por las personas concursantes y abrirá un plazo de cinco días para que puedan alegar lo que a su derecho convenga en relación con dicha valoración.

Los empates que se produzcan en la puntuación total se dirimirán en favor de quienes cuenten con mayor antigüedad en la prestación de servicios a las administraciones públicas. Si persistiese el empate, este se resolverá en favor de la mayor edad.

9.–Relación de aspirantes según la puntuación obtenida.

Una vez resueltas por el tribunal calificador las reclamaciones que se formulen, este publicará las puntuaciones definitivas de todos los participantes en el tablón de edictos y en el portal de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cortes en el siguiente enlace: https://cortes.sedelectronica.es/transparency/82cefbe7-7a38-436b-9bb7-2429c713a35e/ y remitirá a la señora alcaldesa del Ayuntamiento de Cortes la lista de personas aspirantes, ordenadas conforme a la puntuación obtenida, junto con el expediente completo, quien adoptará, en su caso, la resolución que proceda en relación con la ampliación de las plazas inicialmente convocadas.

Una vez recibida la notificación de la resolución a que se refiere el párrafo anterior, el tribunal elevará al órgano convocante propuesta de nombramiento en favor de las personas concursantes que, habiendo superado la puntuación mínima exigida, tengan cabida en el número de plazas convocadas, con inclusión, en su caso, de las resultantes de la ampliación a que se refiere el párrafo anterior.

10.–Adjudicación y toma de posesión.

La señora alcaldesa adjudicará, mediante resolución, a las personas concursantes las plazas que les hayan correspondido y ordenará su publicación en el Boletín de Navarra.

Las personas concursantes adjudicatarias deberán tomar posesión de la plaza adjudicada dentro de los diez días naturales siguientes al de notificación de la Resolución de adjudicación, salvo que en la misma el órgano convocante determine una fecha fija de toma de posesión.

11.–Protección de datos.

El responsable del tratamiento de los datos de las personas participantes en esta convocatoria es el Ayuntamiento de Cortes. La finalidad del tratamiento es la gestión y tramitación de la convocatoria de concurso de traslado de decir gestor cultural.

La base jurídica del tratamiento es el artículo 6.1.c) del Reglamento general de protección de datos (tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento) y el artículo 6.1.b) del Reglamento general de protección de datos (tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales).

Los datos aportados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recogen y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la convocatoria y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación (Ley Foral 12/2007 de Archivos y Documentos).

Los datos se publicarán en los supuestos legalmente previstos conforme a lo establecido en la convocatoria y podrán comunicarse de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 5/2018 de 17 de mayo de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Las personas titulares pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad en las oficinas municipales o a través de la sede electrónica (trámites protección de datos) o en la dirección del delegado de protección de datos dpd@cortes.es.

Así mismo tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es) si consideran que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente o a hacerla previamente ante el delegado de protección de datos en la dirección anteriormente indicada.

12.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que sea competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación o notificación del acto recurrido.

c) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto recurrido.

Contra los actos del tribunal calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante que hubiera nombrado al tribunal, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, y en el artículo 333 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

ANEXO I.–INSTANCIA DE SOLICITUD

Don/Doña ...................................................................................................................................., mayor de edad, con DNI número ............................................... (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día .......... de ..................................... de ..............., natural de ............................................................... (..............................................), nacionalidad ..........................................................., con domicilio actual en ......................................................... (.............................................), calle ......................................................................................................., código postal ...................., teléfono ......................................... y correo electrónico .........................................................................................

Expone:

Que cumple todos los requisitos exigidos en la convocatoria para la provisión mediante concurso de traslado de un puesto de trabajo de gestor cultural del Ayuntamiento de Cortes, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ..........., de fecha .................................................................., referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

–Que acompaña la documentación requerida para participar en la convocatoria.

–(En su caso) Que tiene discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan (en folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

–(En su caso) Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacidad expedida por organismo competente.

–Que acompaña a la instancia fotocopia de los méritos para la fase de concurso.

Por lo expuesto, solicita se admita la presente solicitud, y, en su virtud, tenga al suscribiente por admitido a las pruebas selectivas para la provisión, mediante concurso de traslado, de una plaza de gestor cultural del Ayuntamiento de Cortes, en régimen de funcionario.

En Cortes, a .......... de .............................. de 2024

(Firma)

SRA. ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE CORTES.

Información básica protección de datos. Responsable del tratamiento: Ayuntamiento de Cortes. Finalidad: gestión y tramitación de la convocatoria de concurso de traslado de gestor cultural. Derechos: acceso, rectificación y supresión y otros derechos como se explica en la información ampliada disponible en la base 11 de la convocatoria.

ANEXO II.–BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS

a) Servicios prestados a las administraciones públicas (máximo 30 puntos).

1. Servicios prestados a cualquier administración pública en puestos de trabajo de nivel/grupo y titulación exigidos en la convocatoria: por cada año 1,50 puntos.

2. Servicios prestados a cualquier administración pública en puestos de trabajo distintos a los anteriores: por cada año 0,40 puntos.

b) Formación, docencia e investigación y otros méritos (máximo 10 puntos).

1. Participación en acciones formativas organizadas por administraciones públicas, organismos o centros públicos y universidades: 0,10 puntos por cada hora o su equivalente en crédito académico (1 crédito académico = 10 horas lectivas), hasta un máximo de 10 puntos.

Notas:

Apartado a):

1.ª Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

2.ª En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se descontará la parte correspondiente.

3.ª No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

4.ª En el caso de servicios cuya prestación hubiese sido simultánea con otros, solamente se valorarán los que tengan mayor puntuación.

5.ª Los períodos en los que el funcionario o laboral fijo se encuentre en servicios especiales o excedencia especial, así como desempeñando una jefatura o dirección de unidad orgánica, se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el momento de su acceso a dichas situaciones.

6.ª La puntuación máxima de este apartado a) no podrá ser superior a 30 puntos.

Apartado b):

1.ª No se puntuarán ni prorratearán las fracciones de horas lectivas que resulten de las acciones formativas a valorar.

2.ª Los certificados en que no conste duración en horas lectivas se valorarán como de 1 hora.

3.ª Los certificados en que la duración que conste sea de un año académico se valorarán como de 12 créditos, esto es, 120 horas.

4.ª Se valorará con la misma puntuación la participación en acciones formativas que, aun no cumpliendo los requisitos en cuanto al organismo organizador, hayan sido realizados por mandato de la Administración o validadas por la misma, incluyéndose expresamente entre estas últimas las organizadas por los sindicatos dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones públicas.

5.ª No se valorarán dentro de este apartado los estudios conducentes a la obtención de un título académico, tanto universitario como no universitario.

6.ª Únicamente se valorarán dentro de este apartado aquellos méritos que guarden relación directa con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

7.ª La puntuación máxima de este apartado b.1) no podrá ser superior a 10 puntos.

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