BOLETÍN Nº 83 - 23 de abril de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS ULTZANUETA

Aprobación definitiva de las normas e instrucciones sobre nuevas acometidas de abastecimiento-saneamiento

La Asamblea de vocales de la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de diciembre de dos mil veintitrés, aprobó inicialmente las "Normas e instrucciones sobre nuevas acometidas de abastecimiento-saneamiento de la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta".

Publicado el acuerdo de aprobación inicial en el Boletín Oficial de Navarra, número 27, de fecha de 6 de febrero de 2024, así como en la página web de esta Mancomunidad y en los tablones de anuncios de los ayuntamientos de Ultzama, Anue y Odieta, y transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, a la aprobación definitiva de las "Normas e instrucciones sobre nuevas acometidas de abastecimiento-saneamiento de la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta", disponiendo la publicación del texto íntegro de dicho Anexo, a los efectos procedentes.

Ripa, Odieta, 10 de abril de 2024.–El presidente, Martín M.ª Picabea Aguirre.

NORMAS E INSTRUCCIONES SOBRE NUEVAS ACOMETIDAS DE ABASTECIMIENTO-SANEAMIENTO DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS ULTZANUETA

1.–Instrucciones generales.

Las presentes normas/instrucciones serán de obligado cumplimiento a la hora de llevar a cabo obras de conexión del servicio de abastecimiento y saneamiento de la Mancomunidad, tanto en el caso de nuevas acometidas de abastecimiento/saneamiento (provisionales y/o definitivas), como la adaptación o modificación de las existentes.

Para poder autorizar las obras de acometida correspondientes es imprescindible contar con la específica autorización o licencia de acometida emitida por la Presidencia de la Mancomunidad.

Previamente a la misma y a toda la tramitación del expediente para obtener la licencia de acometida, las personas/entidades promotoras de la actuación (o los técnicos/empresas constructoras contratadas por las mismas) deberán tener una reunión con los Servicios Técnicos de la Mancomunidad al objeto de concretar cuestiones imprescindibles como son: las características de la acometida, la entidad que va a ejecutar las obras, las fechas en las que se realizará la actuación, la fecha de finalización de las obras, u otros.

Para ello, la persona/entidad promotora deberá acordar con los Servicios Técnicos de la Mancomunidad una fecha para celebrar la citada reunión, llamando al teléfono 663 208677, o escribiendo al correo electrónico ultzanueta@ultzanueta.es, en horario de 9:00 a 14:00 horas (sólo los días laborables).

Igualmente, la persona/entidad promotora deberá contar con la correspondiente licencia urbanística de obras otorgada por el Ayuntamiento donde se ubique el inmueble beneficiario del servicio. En el texto de tal Licencia se indicarán las consideraciones oportunas acerca de las características que deben cumplir la acometida a ejecutar/modificar.

2.–Condiciones de ejecución de los trabajos de conexión a las redes generales.

1) Serán por cuenta de la persona/entidad promotora de la obra la realización de los siguientes trabajos, así como la obtención de los permisos necesarios para realizarlos:

–Apertura de zanjas hasta las redes generales.

–Preparación de los tajos según las indicaciones del personal de la Mancomunidad.

–Señalización de seguridad de las zanjas según prescripciones de la entidad competente en la materia.

–Tapado de las zanjas y reposición del pavimento.

2) Las conexiones a las redes generales de abastecimiento y/o saneamiento solo podrán hacerse con el control y supervisión del personal competente de la Mancomunidad. Para ello, la persona/entidad promotora avisará con un mínimo de dos días de antelación a la fecha en la que va a tener las zanjas abiertas y los tajos preparados. En el caso de que los representantes o el personal de la Mancomunidad tuviera que desplazarse hasta la obra y los tajos no estuvieran debidamente preparados se facturará a la persona/entidad promotora las horas de trabajo que se hubieren perdido.

3.–Secuencia de realización de las acometidas y contratación del servicio de abastecimiento.

Primero.–Solicitud de autorización o licencia de acometida a la Mancomunidad.

Previamente a la realización de las acometidas, las personas/entidades promotoras deberán personarse en las oficinas de la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta para realizar una solicitud indicando los diámetros de acometida que demanda, debiendo presentar la documentación siguiente:

–Solicitud de autorización para nueva acometida, dando los datos del inmueble en cuestión (titular, dirección, tipo de vivienda o instalación, etc.).

–Características técnicas de la toma de abastecimiento/acometida (diámetro, etc.) para el cálculo de la correspondiente tasa a cobrar por este concepto.

–Copia del DNI o CIF de las personas usuarias del servicio de abastecimiento. Si se tratara de una persona jurídica o sociedad deberá aportarse poder de representación y documentación de la personalidad de la entidad (escrituras de constitución, estatutos, contrato civil de constitución de la sociedad, etc.).

–Documentación justificativa de la propiedad o disposición (por ejemplo: contrato de alquiler) del inmueble para el que se contrate el servicio.

–Licencia urbanística de obras y licencia de primera utilización o de apertura emitida por el Ayuntamiento donde se ubique el inmueble, o en su caso cédula de habitabilidad del inmueble para el que se contrate el servicio.

–Documento de autorización para el cobro de recibos por domiciliación bancaria.

–Si se desea contratar suministro de agua para las obras bastará con presentar una solicitud de suministro provisional acompañada con la licencia urbanística de obras en vigor.

Hasta que no se presente la documentación completa y el pago de la tasa a la que se refiere el punto siguiente no se considerará admitida la solicitud.

Segundo.–Abono de la tasa por acometida.

La persona o entidad promotora abonará los derechos (tasas) correspondientes a los diámetros que determinen los servicios técnicos de la Mancomunidad para las necesidades solicitadas y presentará el justificante de pago.

El importe de las tasas y sus correspondientes conceptos viene recogido en la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por suministro de agua, saneamiento, y demás servicios y actividades prestadas por la Mancomunidad de Servicios Ultzanueta y anexo de tarifas de la misma, según su texto vigente en el ejercicio en que se van a ejecutar las obras de conexión.

Tercero.–Informe técnico.

A la vista del contenido de la solicitud se solicitará a los Servicios Técnicos de la Mancomunidad la comprobación de las características de la acometida a ejecutar así como que se han seguido las indicaciones de los informes previos a la licencia urbanística de obras en lo que se refiere a las condiciones de abastecimiento. Dichos servicios darán las correspondientes instrucciones que, salvo que no se estime necesario, se recogerán en el correspondiente informe técnico.

Dicho informe técnico será remitido a las dependencias de la Mancomunidad y, en caso de ser favorable, desde la Presidencia de la misma se otorgará la correspondiente licencia o autorización de acometida, que será debidamente notificada a la persona/entidad promotora/solicitante.

4.–Infracciones y sanciones.

El incumplimiento de las normas sobre acometidas tendrá la consideración de infracción y conllevará la imposición de sanciones entre los 100 euros y los 400,00 euros.

Las infracciones se graduarán en función de la gravedad del hecho cometido, calculándose el importe de las correspondientes sanciones en consecuencia.

Las sanciones serán impuestas siguiendo el procedimiento previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Código del anuncio: L2405772