BOLETÍN Nº 8 - 11 de enero de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ALTSASU / ALSASUA

Calendario laboral para 2024

El alcalde de Altsasu / Alsasua, con fecha 28 de diciembre de 2023, ha dictado la Resolución, cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

Resolución de Alcaldía número 2099/2023, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el calendario laboral general del Ayuntamiento de Altsasu / Alsasua para el año 2024.

Por Resolución 250/2023, de 5 de junio, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2024 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (Boletín Oficial de Navarra número 132, de 23 de junio de 2023).

A su vez, mediante Resolución 168/2023, de 28 de noviembre, del director general de Economía Social y Trabajo, se determinan las fiestas locales para el año 2024, con carácter retribuido y no recuperable, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

A la vista de dichas Resoluciones procede aprobar para el personal al servicio del Ayuntamiento de Altsasu / Alsasua el calendario de días festivos entre semana durante el año 2024 y la distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo del citado personal, con base en el cómputo anual establecido por la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre.

La Comisión de Organización y Recursos Humanos, reunida con fecha 20 de diciembre de 2023, estudió la propuesta de calendarios remitida desde los diferentes servicios municipales.

Por lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO:

1.º Aprobar el calendario laboral de días festivos durante el año 2024 para el personal al servicio del Ayuntamiento de Altsasu / Alsasua, tal y como se detalla a continuación:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–28 de marzo: Jueves Santo.

–29 de marzo: Viernes Santo.

–1 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–25 de julio: Santiago Apóstol.

–29 de junio: San Pedro (festividad local).

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–1 de noviembre: Día de todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: Día de la Constitución.

–25 de diciembre: Natividad del Señor.

2.º La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo queda fijada en 1.592 horas efectivas de trabajo, de conformidad con el Decreto Foral 624/1999, de 27 de diciembre.

3.º La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 30 minutos, salvo los viernes de julio y agosto, que será de 6 horas y 30 minutos. Se trabajará de forma obligatoria de 9:00 a 15:00 horas, quedando los 90 minutos de trabajo restantes para su realización, a elección del personal y con carácter flexible, entre las 7:30 y las 9:00 horas y entre las 15:00 y las 16:30 horas. La atención al público se realizará de 9:00 a 14:30 horas, salvo los viernes de julio y agosto, que será de 9:00 a 13:45.

–En el Servicio de Deportes, el horario de la Técnica Deportiva será el siguiente:

  • Del 1 de enero al 16 de junio y del 18 de septiembre al 31 de diciembre:
    • Lunes, martes, jueves y viernes: 7:30-14:45.
    • Miércoles: mañana 7:30-13:30-tarde: 17:00-19:30.
  • Del 17 de junio al 17 de septiembre: 7:30-15:00, excepto los viernes de julio y agosto (7:30-14:00).

–El servicio de Ludoteca tendrá, por su parte, la siguiente distribución horaria:

  • Ludotecaria.
    • De 1 de enero a 31 mayo y de 2 de octubre a 31 de diciembre:
      • Lunes: 8:00-11:30 y 15:30-20:00.
      • Martes-Jueves: 8:00-12:00 y 16:45-20:15.
      • Miércoles: 7:30-1:30 15:30-19:00.
      • Viernes: 7:30-12:00 15:30-18:30.
    • De 1 de junio al 30 de septiembre: de lunes a viernes: 7:30-15:00.
  • Auxiliar de ludoteca.
    • De 8 de enero a 31 de mayo y de 23 de septiembre a 20 de diciembre:
      • Lunes: 15:30-18:30.
      • Martes, jueves: 17:00-20:00.
      • Miércoles, viernes: 15:30-20:00.

4.º Los servicios de Cultura, Policía Local, Escuela Infantil, Juventud (Gaztetxoko) y Obras y Servicios Municipales (incluida limpieza viaria y del colegio público Zelandi), se regirán por su calendario y horario específico, siempre dentro del máximo anual establecido.

5.º Los días 2 de enero, 26 de julio, 16 de agosto, 24, 26 y 31 de diciembre de 2024 no serán laborables, por exceso de jornada.

6.º Se declaran inhábiles a efectos del cómputo de plazos en el año 2024, todos los domingos y sábados y los días declarados festivos en el apartado primero de la presente Resolución, en los que las oficinas municipales permanecerán cerradas. Igualmente, las oficinas municipales permanecerán cerradas días 11, 12, y 13 de septiembre, con motivo de las Fiestas de la localidad.

7.º Proceder a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, así como, en el tablón de anuncios y portal web del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

8.º Notificar la presente Resolución a la representación sindical, a los efectos oportunos.

Contra el presente acto administrativo podrán interponerse los siguientes recursos:

–Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

–Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar del siguiente a su notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo.

Lo que se hace público, para general conocimiento.

Altsasu / Alsasua, 28 de diciembre de 2023.–El alcalde, Javier Ollo Martínez.

Código del anuncio: L2318609

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