BOLETÍN Nº 76 - 16 de abril de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Concesión de licencia de actividad de I.E.S. Julio Caro Baroja

La Concejalía Delegada de Gobierno Estratégico, Urbanismo, Vivienda y Agenda 2030 del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 21 de marzo de 2024, adoptó la siguiente resolución:

REV 21-MAR-24 (55/EV).

«Visto el expediente LIO/2023/3133, promovido por Departamento de Educación, solicitando licencias de obras y legalización de actividad clasificada de edificio I.E.S. "JULIO CARO BAROJA" en calle Biurdana número 2, y vistos los informes técnicos municipales, HE RESUELTO:

Otorgar las licencias solicitadas según proyecto presentado, condicionadas al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Las obras se ajustarán a lo solicitado, siendo objeto de nueva declaración o licencia cualquier modificación sustancial u obra complementaria.

El anexo de fecha febrero de 2024 prevalecerá sobre la documentación anterior en lo que suponga contradicción.

Se instalarán y mantendrán en todo momento las medidas de prevención contra incendios y de seguridad de utilización del proyecto y anexo, y las existentes en el establecimiento conforme a la normativa vigente en materia de prevención contra incendios.

La instalación de B.I.E. (bocas de incendio equipadas) alcanzará a todo punto ocupable, teniendo en cuenta que la distancia desde cualquier punto protegible hasta la BIE más próxima no excederá de 25 m conforme al R.I.P.C.I. (Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, Real Decreto 513/2017).

Los alumbrados, normal y de emergencia deben cumplir lo dispuesto en el SUA 4 del CTE.

Los extintores de polvo tendrán una eficacia mínima 21A y los de CO2 eficacia 34B.

La señalización de las instalaciones manuales de protección se realizará conforme al DB SI sección 4, 2.

La señalización de los medios de evacuación se realizará conforme al DB SI sección 3, apartado 7.

Los huecos, escaleras, desniveles o barandillas con riesgo de caída estarán protegidos según lo que disponen al efecto los artículos 75 y 82 de la OGE y el DB-SUA -1. En relación con antepechos y barandillas no habrá huecos de dimensión mayor de 12 cm ni ranuras a ras de suelo mayores de 5 cm.

De conformidad con lo señalado en el artículo 6 del Decreto Foral 23/2011, de 28 de marzo, para la realización de las obras deberán contratar a un constructor-poseedor de residuos de construcción y demolición que esté correctamente inscrito en el correspondiente Registro del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra.

Los plazos máximos contados a partir de la notificación de la presente resolución son de 6 meses para el inicio de las obras y de 4 meses para su finalización. La presente licencia se declarará ineficaz, previo expediente al efecto, si en transcurso de dicho plazo no se hubieran terminado las obras.

Si durante la realización de las obras fuera necesario ocupar terrenos de dominio público, deberá solicitar con anterioridad la correspondiente licencia.

Una vez finalizadas las obras deberá presentar Declaración responsable de apertura, para lo cual presentará impreso de Utilización de construcciones y locales que encontrará en nuestras dependencias en avenida del Ejército, 2-5.º o en la página web www.pamplona.es acompañado de la documentación que en dicho impreso se establece, incluyendo Certificado técnico de fin de obra, según modelo facilitado en los mismos lugares que la solicitud».

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Navarra en aplicación de lo dispuesto en el artículo 53.3 del Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental.

Pamplona, 27 de marzo de 2024.–El alcalde, Joseba Asiron Saez.

Código del anuncio: L2405185