BOLETÍN Nº 73 - 11 de abril de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

PATRONATO MUNICIPAL DE LA ESCUELA DE MÚSICA
"JULIÁN GAYARRE" DE NOÁIN (VALLE DE ELORZ)

Convocatoria de oposición, mediante contratación temporal, de conserje-recepcionista

Mediante Resolución de Presidencia número 2024-001, de 13 de marzo, se ha acordado lo siguiente:

1.º Incoar un expediente para la constitución a través de pruebas selectivas, y mediante el procedimiento de oposición de una relación de personas aspirantes para cubrir, temporalmente, y en orden a las necesidades que se produzcan, el puesto de conserje-recepcionista, nivel E, del Patronato Municipal de la Escuela de Música "Julián Gayarre" de Noáin (Valle de Elorz).

2.º Disponer la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios municipal y en la sede electrónica de la página web municipal de las siguientes:

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONSTITUCIÓN, MEDIANTE OPOSICIÓN, DE UNA RELACIÓN DE ASPIRANTES AL DESEMPEÑO, MEDIANTE CONTRATACIÓN TEMPORAL, DE PUESTO DE TRABAJO DE CONSERJE-RECEPCIONISTA DEL PATRONATO MUNICIPAL DE LA ESCUELA DE MÚSICA "JULIÁN GAYARRE" DE NOÁIN - VALLE DE ELORZ, EN ORDEN A LA COBERTURA DE NECESIDADES QUE SE PRODUZCAN

BASES:

1.–Objeto de la convocatoria, funciones a desarrollar y características del puesto.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la constitución, mediante oposición, de una relación de aspirantes para cubrir, temporalmente, y en orden a las necesidades que se produzcan, el puesto de conserje-recepcionista, nivel E, del Patronato Municipal de la Escuela de Música "Julián Gayarre" de Noáin - Valle de Elorz. Esta convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de Navarra y en la página web municipal.

La lista de aspirantes se constituirá mediante la prueba selectiva entre los aspirantes que reúnan los requisitos exigidos para el puesto de trabajo de que se trate.

1.2. Las funciones a desarrollar por el personal seleccionado serán aquellas que le sean encomendadas dentro de su nivel y categoría, constando entre otras:

–Controlar el sistema de calefacción, climatización y los cuadros eléctricos durante su horario.

–Apertura y cierre del edificio, conforme al horario que se le indique, revisando de forma previa al cierre el correcto estado de todas las dependencias y elementos del edificio.

–Controlar el funcionamiento y correcto estado de las puertas automáticas y salidas de emergencia.

–Custodiar las llaves de las distintas dependencias y controlar la cesión de estas (apertura y cierre de puertas y luces).

–Vigilar el correcto uso público de las instalaciones, controlar el acceso de personas y la utilización de las distintas dependencias, así como el correcto comportamiento de los usuarios del servicio y correcto uso por parte de estos tanto de las instalaciones como del material y mobiliario de las mismas.

–Suministrar el material requerido por el personal del Centro.

–Vigilar y trasladar cualquier anomalía que se observe a la dirección para su inmediata corrección, y atendiendo a dicho personal a su llegada al edificio, poniendo siempre todo ello en conocimiento del personal del Patronato destinado a tal fin.

–Atender a los usuarios de la Escuela Municipal de Música (alumnos/as, padres y madres de alumnos/as, personal del Patronato, otro personal que preste o pueda prestar servicios en el edificio, etc.) y demás interesados.

–Atender y realizar las llamadas telefónicas de y para usuarios a fin del traslado de avisos, información, etc.

–Realizar fotocopias, encuadernaciones y demás labores de papelería tanto para el personal del Centro como para los usuarios del servicio.

–Controlar los horarios y el uso de las tres cabinas de estudio que se hallan a disposición de los usuarios.

–Colocar carteles, anuncios e informaciones diversas en los tablones o espacios destinados a tal fin y controlar su temporalidad.

–Controlar el acceso a la sala de ensayos y otros espacios del edificio en los actos, actividades, conciertos y festivales que se llevan a cabo en ella, en lo relativo al control del aforo y correcta utilización de estos. También realiza el traslado del material necesario (sillas, proyector, etc.) necesario para la realización de dichas actividades.

–Realizar cualquier tarea encomendada por su superior jerárquico que se halle dentro las funciones del puesto.

1.3. El nombramiento conferirá a la persona designada a todos los efectos, el carácter de contratado en régimen laboral según lo establecido en la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) y será afiliada y dada de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.4. El puesto de trabajo estará dotado con la remuneración equivalente al nivel E de los definidos en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás conceptos retributivos contemplados, en su caso, en plantilla orgánica y normativa vigente.

1.5. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio.

1.6. La duración del contrato se dará a conocer en cada caso en el momento del llamamiento.

1.7. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio.

2.–Vigencia de la lista constituida.

La relación de aspirantes a contratación temporal cuya constitución es objeto de la presente convocatoria estará vigente hasta que la misma se agote o se realice una nueva lista de contratación temporal.

3.–Requisitos de participación.

En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea, o de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores y sus familiares en los términos establecidos en el artículo 7.º del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto. El resto de personas aspirantes deberán tener permiso de residencia y trabajo en el Estado español.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Certificado de Escolaridad, del título de Graduado en ESO, del título de Graduado Escolar, de Formación Profesional Básica, de Formación Profesional de primer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo (resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención) en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, original o copia compulsada notarial o administrativamente de la credencial que acredite su homologación.

Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes que permitan el acceso al desempeño de la categoría solicitada habrán de citar la disposición legal o reglamentaria en que se reconozca tal equivalencia o aportar certificación expedida en tal sentido por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

d) Poseer las capacidades físicas y psíquicas necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No padecer inhabilitación ni suspensión para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración pública.

f) De acuerdo con la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, es requisito para el desempeño de puestos de trabajo de nivel E que impliquen el contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos.

Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos/as a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, y el incumplimiento sobrevenido de cualquiera de ellos será causa suficiente para no proceder al llamamiento en tanto no cese aquel.

4.–Presentación de instancias.

4.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General de la Escuela Municipal de Música "Julián Gayarre" de Noáin (Valle de Elorz) en horario de mañana, calle San Miguel número 2 de Noáin 31110, a través de la sede electrónica del Patronato, o mediante cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20 días, desde el día siguiente al de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Dirección sede electrónica del Patronato:

http://patronato-musica-julian-gayarre.sedelectronica.es

En este supuesto, la solicitud específica de participación y demás documentación que debe aportarse, podrá adjuntarse en cualquiera de los formatos previstos en el Registro General Electrónico para adjuntar archivos.

4.2. Las instancias deberán ajustarse al modelo publicado como anexo I, pudiendo obtenerse, además, a través de Internet, en la dirección www.noain.es. En las instancias los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas.

4.3. Las personas aspirantes deberán adjuntar conjuntamente con la instancia:

–Fotocopia del documento nacional de identidad.

–Fotocopia de titulación requerida en la base 4, apartado c) o, en su caso, del documento que acredite que se está en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

–Certificado de delitos de naturaleza sexual.

5.–Listas provisionales.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el presidente delegado del Patronato Municipal de la Escuela de Música "Julián Gayarre" de Noáin (Valle de Elorz) dictará resolución aprobando las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos que se harán públicas en la página web municipal.

A partir de la fecha de publicación y dentro del plazo de 3 días hábiles siguientes, los/las aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

6.–Listas definitivas.

En el caso de que no haya aspirantes excluidos se pasará a publicar directamente la lista definitiva en la página web del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) junto con la fecha y lugar de realización de la prueba de selección prevista en la base 9.

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, el presidente delegado del Patronato Municipal de la Escuela de Música "Julián Gayarre" de Noáin (Valle de Elorz) dictará resolución aprobando las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, que se harán públicas en la página web municipal (www.noain.es).

El hecho de figurar en las relaciones de admitidos no prejuzga que se reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando del examen de la documentación que deben presentar las/os aspirantes en el momento de su llamamiento para contratación, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos en tiempo o en forma, las personas interesadas decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en esta convocatoria.

7.–Tribunal calificador.

7.1. Composición:

Presidente: Don Francisco José Zuza Arraiza, presidente delegado del Patronato Municipal de la Escuela de Música "Julián Gayarre" de Noáin (Valle de Elorz).

Suplente: persona que designe.

Primer vocal: Doña Garbiñe Sertutxa Azkarate, directora de la Escuela de Música "Julián Gayarre" de Noáin y representante legal de los trabajadores (Valle de Elorz).

Suplente: persona que designe.

Segundo vocal: Doña Silvia Manterola Legaz, jefe de Estudios de la Escuela de Música "Julián Gayarre" de Noáin (Valle de Elorz).

Suplente: persona que designe.

Tercer vocal: Don Andoni Zugasti Arizmendi, profesor de la Escuela de Música "Julián Gayarre" de Noáin (Valle de Elorz).

Suplente: persona que designe.

Vocal-secretario/a: Doña Isabel Álvarez Berango, secretaria del Patronato Municipal de la Escuela de Música "Julián Gayarre" de Noáin (Valle de Elorz).

Suplente: persona que designe.

7.2. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para su válida constitución se requerirá en todo caso la presencia del presidente y del secretario/a.

7.3. El tribunal resolverá por mayoría cuantas cuestiones puedan plantearse sobre la interpretación y aplicación de las bases de la presente convocatoria.

7.4. El tribunal tendrá facultad para acordar la incorporación de personal asesor para la prueba. Dicho asesoramiento se limitará al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el tribunal con base exclusivamente en ellas.

7.5. Quienes componen el tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Igualmente, se podrá recusar a los miembros del tribunal cuando concurran dichas circunstancias, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del tribunal, esta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

7.6. El tribunal deberá constituirse antes de la prueba selectiva.

8.–Desarrollo de la prueba.

No existe temario específico.

La fase de oposición constará de un ejercicio.

El ejercicio, de 50 puntos, consistirá en un cuestionario tipo "test", estará formado por 25 preguntas sobre conocimientos tanto generales como específicos de las actividades del puesto de trabajo y en la que solamente una de las respuestas será la correcta.

Todas las preguntas del cuestionario tendrán la misma puntuación (2 puntos) y las respuestas contestadas erróneamente tendrán una penalización de un cuarto del valor de la pregunta (0,50 puntos).

El tiempo máximo que dispondrán los aspirantes para la realización del ejercicio será el que fije el Tribunal antes de su comienzo.

La valoración del ejercicio podrá alcanzar un máximo de 50 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima exigida al mismo (25 puntos).

En la realización de la prueba no se permitirá la consulta de ningún texto, ni el uso de otro material, salvo bolígrafo, de tinta azul o negra.

Los ejercicios se llevarán a cabo por el sistema de sobre cerrado mediante plicas.

Una vez corregido este ejercicio, se procederá a la apertura de las plicas y a la publicación de los resultados obtenidos en la web municipal (www.noain.es).

El desarrollo del ejercicio se programará en función del número de aspirantes. La prueba se realizará mediante llamamiento único, cada aspirante deberá ir provisto de su DNI, pasaporte, tarjeta de residente o permiso de conducir, no pudiendo realizar la prueba sin la exhibición del mismo. Los que no acrediten por tanto su identidad o no comparezcan quedarán eliminados.

Se publicará a través de la página web municipal la fecha de apertura de plicas, que se realizará en acto público en el edificio de la Escuela de música de Noáin (Valle de Elorz) en fecha y día que se determinen.

El tribunal calificador elaborará una lista provisional formada por los/as aspirantes en orden a las calificaciones finales obtenidas, y que deberán superar en su conjunto el 50% del total de la puntuación máxima, es decir, 25 puntos, que se publicará en la página web municipal www.noain.es.

9.–Lista provisional.

El tribunal calificador elaborará una lista provisional formada por los/as aspirantes en orden a las calificaciones finales obtenidas así como la valoración de méritos, que se publicará en la página web municipal www.noain.es.

Se determinará un plazo máximo de 3 días para que los aspirantes puedan proceder a la revisión de ejercicios y puntuación obtenidas.

10.–Relación de aprobados/as y llamamiento.

10.1. Concluidos estos trámites, los resultados se harán públicos en la página web municipal www.noain.es.

La relación de personas aprobadas, por orden de puntuación obtenida, se elevará a Presidencia del Patronato Municipal de la Escuela de Música de Noáin (Valle de Elorz) junto con el expediente completo del proceso selectivo para su aprobación definitiva.

Serán incluidas en la lista de aspirantes a la contratación temporal todas aquellas personas que no hayan resultado eliminadas en la prueba.

10.2. Los empates en la puntuación que pudieran producirse entre quienes participen los resolverá el tribunal calificador mediante un único sorteo celebrado al efecto por el mismo tribunal calificador. Los resultados de este se harán públicos en los medios anteriormente reseñados.

10.3. Las personas aprobadas podrán ser llamadas, de acuerdo con las necesidades que se produzcan, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación.

Base 11.–Gestión de la lista.

11.1. La prioridad en las listas se establece en función de la mayor puntuación obtenida en las pruebas. En caso de empate, se efectuará lo dispuesto en la base 11.2 de la presente convocatoria.

11.2. La gestión de la lista se realiza conforme las presentes bases, y en lo no previsto, por la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, de normas de gestión de la contratación temporal.

11.3. Cuando sea necesaria la contratación temporal, se efectuará el llamamiento de la persona aspirante que en ese momento figure en el primer lugar de la lista constituida. Se realizarán dos intentos de localización, mediante comunicación telefónica en dos días laborales consecutivos, dejándose constancia de cada llamamiento con la fecha, hora y circunstancias del mismo. Simultáneamente al primer intento de localización por teléfono se enviará un correo electrónico dirigido a la dirección facilitada por el/la aspirante. Si no se obtiene la contestación en el plazo de un día desde dicho envío electrónico ni se puede contactar telefónicamente se procederá al llamamiento de la siguiente persona de la lista. Si puesto el Patronato en contacto con alguna persona aspirante y realizada una oferta de contratación no contesta o renuncia a la misma, pasará a ocupar el último lugar de la lista, salvo que acredite encontrarse en alguno de los supuestos de renuncia por causa justificada, de conformidad con el apartado 12.4.

Cuando una persona no pueda ser localizada, mantendrá su prioridad en la lista, y se contactará con la siguiente o siguientes de la lista hasta que el puesto de trabajo ofertado sea cubierto.

Efectuada esta designación, el patronato procederá a efectuar la contratación temporal de la persona aspirante propuesta.

En el supuesto de precisar una contratación urgente en el mismo día se realizará un intento de localización telefónica y, en el caso de no contactar con el/la aspirante, se procederá a continuar con los intentos telefónicos en orden de puntuación sin que derive penalización ninguna en lo referente a su posición en la lista.

11.4. Se admitirán como causas justificadas de renuncia a la contratación del puesto de trabajo ofertado que no conllevan la alteración del orden de prelación en los listados de aspirantes a la contratación temporal, las siguientes:

a. Incapacidad temporal.

b. Permiso de paternidad o maternidad.

c. Tener a su cuidado un hijo/a menor de tres años o un/a menor de tres años en acogimiento permanente o adoptivo.

d. Tener a su cuidado un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo.

e. Matrimonio o situación asimilada según la Ley 6/2000, para la igualdad jurídica de las parejas estables, si la fecha de inicio de la contratación administrativa ofertada está incluida dentro de los quince días naturales anteriores o siguientes a su constitución.

f. Tener en vigor una contratación, en régimen administrativo o laboral.

11.5. Serán excluidas de la lista las personas que incurran en los siguientes supuestos:

a. No suscribir el contrato por causa imputable a la persona aspirante, una vez aceptada la oferta de contratación.

b. Por renuncia al contrato suscrito, salvo que sea por motivo de la suscripción de otro contrato con otra entidad pública o privada que deberá ser acreditado documental y fehacientemente en el plazo de 7 días naturales a la formalización de la renuncia. En este caso la persona aspirante pasará a ocupar el último lugar de la lista.

c. Abandono del puesto de trabajo.

d. No superación del período de prueba, en caso de que este se haya previsto en el respectivo contrato.

e. Imposibilidad reiterada, durante un período de un año, de contactar con la persona aspirante con motivo de llamamiento para la contratación, en los teléfonos o dirección de correo electrónico facilitados por el mismo.

12.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

d) Contra los actos del tribunal calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I.–MODELO DE INSTANCIA

https://administracionelectronica.navarra.es/AccesoFicheros/default.aspx?CodigoCompleto=Portal@@@epub/BON/IMPRESOSG/005_Local_solicitud_proceso_selecc_C.pdf

Noáin, 20 de marzo de 2024.–El presidente-delegado, Francisco José Zuza Arraiza.

Código del anuncio: L2404823