1. Comunidad Foral de Navarra
1.5. Estatutos y Convenios colectivos
RESOLUCIÓN 69C/2024, de 23 de marzo, del director general de Economía Social y Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Acuerdo de revisión salarial para el año 2024 del Convenio Colectivo del Sector Comercio Alimentación (antes Detallistas de Autoservicios y Supermercados).
Visto el texto del Acuerdo de revisión salarial para el año 2024 del Convenio Colectivo del Sector Comercio Alimentación (antes Detallistas de Autoservicios y Supermercados) (código número 31001605011981), que ha tenido entrada en este registro con fecha 15 de marzo de 2024, suscrito con fecha 8 de marzo de 2024 por la representación empresarial y sindical.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, en relación con el Decreto Foral 251/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo
RESUELVO:
Primero.–Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de Navarra.
Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.
Tercero.–Notificar esta resolución a la solicitante, advirtiéndole de que no agota la vía administrativa, y que contra la misma cabe interponer recurso de alzada la consejera de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.
Pamplona, de 23 de marzo de 2024.–El director general de Economía Social y Trabajo, Iñaki Mendióroz Casallo.
ACTA COMISIÓN PARITARIA
CONVENIO COMERCIO ALIMENTACIÓN DE NAVARRA
En Pamplona a 8 de marzo de 2024 se reúne la comisión paritaria del Convenio Colectivo para el Comercio de Alimentación de Navarra, integrada por las Entidades y Representaciones que a continuación se señalan:
Por la Asociación de Detallistas de Alimentación de Navarra (ADANA): Juan Ramón Doral Brun.
Por la Asociación de Empresarios de Supermercados y Grandes Superficies de Alimentación de Navarra: María Taberna Villanueva.
Por la Central Sindical UGT; Amaya Villanueva.
Por la Central Sindical CCOO: Gorka Arias.
Abierto el acto,
ACUERDAN:
Primero.–Proceder a la revisión salarial prevista en el artículo 10 del vigente Convenio Colectivo con efectos de 1 de enero de 2024, que se adjunta a este acta.
Segundo.–En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 90 del E.T, se remitirán las tablas a la autoridad laboral para su registro y publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para lo que se autoriza expresamente a doña María Taberna, con DNI número a los efectos de esa tramitación.
No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión que firman los presentes a los efectos de prueba y conformidad en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento de este documento.
TABLAS SALARIALES
CONVENIO COLECTIVO DE COMERCIO DE ALIMENTACIÓN
ANEXO I | 2023 DEF (+1,6%) |
SALARIO BASE |
GRUPO I | 1656,39 |
GRUPO II | 1448,96 |
GRUPO III | 1369,08 |
GRUPO IV | 1289,21 |
GRUPO V | 1197,19 |
–Suplemento conductor mayor 22 años | 52,83 |
GRUPO VI | |
–Ayudantes | 1132,97 |
ANTIGÜEDAD (VALOR CUATRIENIO) |
GRUPO I | 71,65 |
GRUPO II | 62,18 |
GRUPO III | 58,48 |
GRUPO IV | 54,80 |
GRUPO V | 50,33 |
–Suplemento conductor mayor 22 años | 2,43 |
PLUS COMPENSACIÓN ANTIGÜEDAD |
GRUPO I | 32,44 |
GRUPO II | 28,38 |
GRUPO III | 26,81 |
GRUPO IV | 25,26 |
GRUPO V | 23,46 |
–Suplemento conductor mayor 22 años | 1,03 |
PLUS CARENCIA DE INCENTIVO (CIP) x 12 mensualidades | 61,91 |
OTROS CONCEPTOS SALARIALES
PREMIO VINCULACIÓN |
10 AÑOS | 187,35 |
15 AÑOS | 281,02 |
20 AÑOS | 374,70 |
25 AÑOS | 498,34 |
30 AÑOS | 662,78 |
35 AÑOS | 881,49 |
PRENDAS DE TRABAJO |
–ROPA | 119,41 |
–CALZADO | 39,81 |
KM | 0,36 |
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