BOLETÍN Nº 71 - 9 de abril de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

GARÍNOAIN

Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del servicio de la Escuela de Música

El Pleno del Ayuntamiento de Garínoain, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de marzo de 2024, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del servicio de la Escuela de Música de Garínoain.

El texto aprobado inicialmente en el Pleno de 22 de septiembre de 2023, fue expuesto al público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1.b) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, mediante el anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 23, de 14 de noviembre de 2023, en la sede electrónica y en el tablón municipal del Ayuntamiento de Garínoain.

Transcurrido el periodo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, reparos u observaciones de cualquier tipo y en cumplimiento de las prescripciones contenidas en los artículos 325.1.c) in fine y 326 de la ley foral citada, la ordenanza referida se entiende aprobada definitivamente procediéndose, a la publicación de la misma a los efectos oportunos.

Garínoain, 11 de marzo de 2024.–La alcaldesa, Eva Martínez Catalán.

ANEXO-ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE ESCUELA DE MÚSICA DEL AYUNTAMIENTO DE GARÍNOAIN

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Ayuntamiento de Garínoain, considera necesaria la modificación de la Ordenanza fiscal vigente publicada el 26 de septiembre de 2018 en el Boletín Oficial de Navarra número 187, y proceder así a explicar para mejor conocimiento de las personas usuarias del servicio de la Escuela de Música, de las asignaturas que se imparten en la misma así como el procedimiento de alta, modificación y baja de la matrícula en la Escuela de Música de Garínoain.

Se procede así a modificar la ordenanza para aprobar una ordenanza reguladora del servicio, separando el funcionamiento de los precios públicos a cobrar por los servicios prestados.

Contiene la regulación imprescindible para que las personas usuarias del servicio de la Escuela de Música de Garínoain puedan dirigirse al Ayuntamiento sabiendo cuales son los servicios que va a recibir y como hacerlo.

Artículo 1. Objeto de la ordenanza.

El objeto de esta ordenanza es la regulación del servicio que el Ayuntamiento de Garínoain imparte, de enseñanza no reglada en la Escuela de Música de Garínoain.

Artículo 2. Enseñanza de instrumentos ofertados.

–Bombardino.

–Clarinete.

–Flauta travesera.

–Guitarra.

–Percusión.

–Piano.

–Saxofón.

–Trombón.

–Trompa.

–Trompeta.

–Tuba.

Artículo 3. Descripción de las asignaturas que oferta la Escuela de Música.

1.–Música y movimiento.

1. Aula infantil de niños de 4 y 5 años de 1 hora a la semana.

2. Taller de Música de alumnos de 6 años de 1 hora a la semana.

2.–Primer Ciclo. Cursos 1.º y 2.º

1. Lenguaje Musical 2 horas a la semana.

2. Instrumento clase de 30 minutos semanales (individual).

3.–Segundo Ciclo. Cursos 3.º y 4.º

1. Lenguaje Musical 2 horas a la semana.

2. Instrumento clase de 40 minutos semanales (individual).

3. Conjunto Instrumental, Banda Txiki o Conjunto de Guitarras 1 hora a la semana.

4.–Tercer Ciclo. Cursos 5.º y 6.º

1. Lenguaje Musical 2 horas a la semana.

2. Instrumento clase de 45 minutos semanales (individual).

3. Conjunto Instrumental, Banda Txiki o Conjunto de Guitarras 1 hora a la semana.

5.–Cuarto Ciclo. Curso optativo para adultos o personas que hayan cursado los anteriores ciclos.

1. Instrumento clase de 45 minutos semanales (individual).

2. Lenguaje Musical, Conjunto Instrumental, Banda Txiki o Conjunto de Guitarras, Coro, Informática Musical clases de 1 hora a la semana cada una de ellas.

El alumnado que se matricule en el Primer, Segundo y Tercer Ciclo, deberá cursar todas las asignaturas señaladas anteriormente en cada uno de los ciclos y cursos.

Artículo 4. Plazas disponibles en cada asignatura.

Las plazas de cada instrumento se determinarán cada año, según las bajas, matriculaciones y necesidades de la Escuela en cada momento. Para ello, la dirección de la Escuela informará si se cierra alguna especialidad por esas causas. Siempre se intentará que no haya más de 2 alumnos de nueva matriculación por instrumento.

Artículo 5. Calendario del curso y horarios de las asignaturas a impartir.

En el mes de septiembre la dirección de la Escuela de Música, facilitará al Ayuntamiento para su aprobación el calendario escolar, así como los horarios de las asignaturas a impartir.

Estos documentos se publicarán tanto en el tablón como en la sede electrónica del Ayuntamiento.

Artículo 6. Requisitos de acceso del alumnado.

Se considerará alumnado de la Escuela de Música de Garínoain, a toda persona que haya recibido todos los horarios de sus asignaturas.

El alumnado que solicite plaza en la Escuela deberá cumplir las siguientes condiciones:

–Aula Infantil: edad mínima 4 años.

–Taller de Música y Movimiento: tener 6 años o cumplirlos en ese año natural.

–Ciclos del primero al tercero incluido: edad mínima 7 años o cumplirlos en ese año natural y haber aprobado el ciclo inmediatamente inferior.

–Ciclo cuarto: haber aprobado los tres ciclos anteriores en esta u otra escuela o ser mayor de edad.

–En el caso de presentarse alguna persona interesada, cuyos conocimientos sean superiores a los supuestos de acuerdo con sus circunstancias, a instancia de la propia persona interesada, se establecerán los mecanismos oportunos con la finalidad de situarlo legalmente en el lugar correspondiente a su nivel de conocimiento en la materia.

Artículo 7. Matrícula. Renovaciones y nuevas matrículas.

A) Renovaciones. Durante los primeros 10 días de junio se procederá de oficio por el Ayuntamiento a la renovación de las matriculas del alumnado del año anterior, a excepción del alumnado de:

–Música y movimiento.

–Que haya terminado el 6.º curso del tercer ciclo.

Las renovaciones se producirán automáticamente en el curso inmediatamente posterior al que hayan cursado el año anterior y en el mismo instrumento.

En el caso de que se quiera elegir otro instrumento o alguna otra asignatura complementaria no cursada el año anterior, deberá realizar matricula nueva en el plazo correspondiente.

B) Plazas disponibles. Una vez terminado el plazo de las renovaciones, se determinará por parte del Ayuntamiento las plazas disponibles en cada una de las asignaturas, publicándose el listado de las mismas en el tablón y sede electrónica municipales.

C) Nuevas matriculaciones. Durante la segunda quincena del mes de junio se abrirá plazo para proceder a las matriculaciones del nuevo alumnado en las plazas disponibles en cada una de las asignaturas.

En el caso de que existan más solicitudes que plazas disponibles, las plazas se adjudicarán por orden de registro de la solicitud en el Ayuntamiento, priorizando a las personas empadronadas en cualquier ayuntamiento de Valdorba.

Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como anexo I.

Se dirigirán a la alcaldía del Ayuntamiento, y se presentarán en el registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

D) Plazo extraordinario de matriculación. En el caso de que, una vez realizada las renovaciones de matrícula y la nueva matriculación, haya plazas vacantes, se procederá a publicar las mismas en el tablón y en la sede electrónica del Ayuntamiento, procediéndose a la apertura de un nuevo plazo de matriculación extraordinario antes del inicio del curso correspondiente.

E) Matriculaciones con el curso iniciado. En el caso de que existan plazas vacantes estando el curso iniciado, se podrán admitir nuevas matriculaciones siendo necesario el informe favorable de la dirección de la escuela de música.

Artículo 8. Baja de la Escuela de Música.

Una vez realizada la matrícula en el curso correspondiente, el alumnado o sus representantes legales deberán seguir aportando la cantidad correspondiente a la mensualidad estipulada durante todo el curso, excepto en tres casos:

–Baja antes de recibir los horarios de las asignaturas elegidas para el curso.

–Baja por enfermedad prolongada que impida realizar alguna asignatura.

–Baja por traslado domiciliario siempre que éste sea fuera de los términos de Garínoain o Barásoain. Se incluye este último por constituir ambos municipios núcleos poblacionales contiguos, separados únicamente por una calle/carretera.

Todas las bajas de la Escuela de Música deberán hacerse mediante la correspondiente solicitud, presentando el modelo que figura como anexo II en esta ordenanza.

Se dirigirán a la alcaldía del Ayuntamiento, y se presentarán en el registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las bajas se harán efectivas una vez se resuelva la misma mediante la correspondiente resolución de alcaldía.

El alumnado de la Escuela que no quiera la renovación automática de la matrícula para el curso siguiente, deberá solicitar la baja correspondiente en el Ayuntamiento, en los 10 primeros días de junio del año correspondiente.

Si se solicita la baja en la Escuela, una vez realizada la matrícula, pero antes de recibir los horarios asignados correspondientes, la persona solicitante no estará obligada a abonar el precio público relativo a la matriculación en la Escuela.

Las bajas que se soliciten una vez realizada la matrícula e iniciado el curso, deberán solicitarse con al menos quince días de antelación. En este caso no sé devolverá importe alguno relativo al precio público de la matriculación en la Escuela.

En las bajas que se soliciten una vez realizada la matrícula e iniciado el curso, independientemente del momento del mes en el que se solicite la baja, el precio público relativo a las asignaturas a impartir en dicho mes se cobrará íntegramente por el Ayuntamiento, no procediendo devolución alguna de estos precios públicos, cuando este haya sido recaudado.

En lo que respecta a los precios públicos relativos a las asignaturas a impartir que se recaudan mensualmente, no se procederá a la devolución de estos precios públicos una vez recaudados, a no ser que el servicio por el que se haya cobrado, no haya sido recibido por causas imputables al Ayuntamiento.

Artículo 9. Abono por los servicios prestados.

El Ayuntamiento procederá al cobro del importe de la matrícula en octubre del año correspondiente, de conformidad con los precios públicos que cada año se acuerden y publiquen por el Ayuntamiento de Garínoain, en el número de cuenta que se hubiera facilitado para su cobro cuando se procedió a realizar la matricula correspondiente en la escuela.

Del mismo modo, se procederá al cobro mensual de los precios públicos que correspondan por las asignaturas cursadas en el curso correspondiente, en el número de cuenta señalado en el párrafo anterior.

Los gastos que se deriven de la devolución del recibo por la entidad bancaria correspondiente, se repercutirán al alumnado.

Los recibos impagados serán requeridos en vía de apremio de conformidad con la legislación vigente.

DISPOSICIONES

Disposición adicional única.–Los anexos de esta ordenanza podrán ser modificados por resolución de alcaldía, siempre que dichas modificaciones supongan una reducción de cargas administrativas y/o favorezcan una mayor simplificación y agilización del proceso y se ajusten a lo dispuesto en las normas sectoriales de aplicación. En consecuencia, se faculta a la alcaldía para:

1. Ampliar y reducir los anexos de la presente ordenanza, incorporando o eliminando los aspectos que estime necesarios para el mejor desarrollo de la norma. Ello incluirá, entre otros, la aprobación y modificación de los modelos normalizados de solicitud, la correspondiente definición del procedimiento, así como la documentación a aportar.

2. Dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de lo establecido en la presente ordenanza.

Disposición derogatoria única.–Con la aprobación de esta ordenanza quedará derogada la Ordenanza fiscal de tasas de Escuela de Música de Garínoain, cuya última modificación está publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 187 de 26 de septiembre de 2018.

Disposición final única.–Entrada en vigor de la ordenanza.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 326 de la Ley Foral 6/1990 de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la presente ordenanza no entrará en vigor, ni producirá efectos jurídicos en tanto no haya sido publicado íntegramente su texto en el Boletín Oficial de Navarra y haya transcurrido el plazo establecido en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen local, para el ejercicio por la Administración del Estado o la Comunidad Foral de la facultad de requerimiento a las entidades locales en orden a la anulación de sus actos y acuerdos.

ANEXOS.–SOLICITUD DE ALTA DE LA ESCUELA DE MÚSICA VALDORBA /BALDORBA MUSIKA-ESKOLAN ALTA EMATEKO ESKAERA

Curso / Ikasturtea 20.... - 20....

1. SOLICITANTE / ESKATZAILEA:

Nombre y Apellidos / Izen-Abizenak

D.N.I./N.I.F. / N.A.N./I.F.Z.

Calle / Kalea

Número /

Zenbakia

Escalera / Eskailera

Piso / Solairua

Puerta / Atea

Código postal / P.K.

Localidad / Herria

Provincia / Probintzia

Teléfono(s) / Telefonoa(k)

Fax / Fax

Correo electrónico / Posta elektronikoa

Nombre y apellidos del alumno/a / Ikaslearen izen abizenak:

..........................................................................................................................................................

SOLICITA / ESKATZEN DU:

MATRICULARSE en las siguientes asignaturas, mediante el pago de los derechos respectivos, según determinan las vigentes disposiciones; quedando pendiente la comprobación por parte del Centro de que cumple los requisitos académicos necesarios.

Ondorengo ikasgaietan MATRIKULATZEA ESKATZEN DU, dagozkion Eskubideak ordainduz, indarrean daude xedapenek zehazten duten moduan, beharreko ikasketa betetzen direla Zentruak egiaztatzea falta delarik.

ASIGNATURA / IKASGAIA: ..............................................................................................................

En Garínoain, a ............ de ....................................... de 20......

Garinoainen 20......ko .............................ren .......a

(Firma) / (Sinadura)

NOTA IMPORTANTE: la firma de la presente matrícula presupone la validez de la misma durante todo el curso 20...... / 20......, asumiendo las cuotas mensuales hasta final de curso.

OHAR GARRANTZITSUA: matrikula hau sinatzeak 20...... / 20...... ikasturte osorako balio duela esan nahi du, eta hileko kuotak ikasturtea amaitu arte ordainduko dira.

SR./SRA. ALCALDE/SA-PRESIDENTE/A DEL AYUNTAMIENTO DE GARÍNOAIN.

JN/AND. GARINOAINGO UDALEKO ALKATE UDALBURUA.

SOLICITUD DE BAJA DE LA ESCUELA DE MÚSICA VALDORBA
BALDORBA MUSIKA-ESKOLAN BAJA EMATEKO ESKAERA

Curso / Ikasturtea 20.... - 20....

2. SOLICITANTE / ESKATZAILEA:

Nombre y Apellidos / Izen-Abizenak

D.N.I./N.I.F. / N.A.N./I.F.Z.

Calle / Kalea

Número /

Zenbakia

Escalera / Eskailera

Piso / Solairua

Puerta / Atea

Código postal / P.K.

Localidad / Herria

Provincia / Probintzia

Teléfono(s) / Telefonoa(k)

Fax / Fax

Correo electrónico / Posta elektronikoa

Nombre y apellidos del alumno/a / Ikaslearen izen abizenak:

..........................................................................................................................................................

SOLICITA / ESKATZEN DU:

En Garínoain, a ............ de ....................................... de 20......

Garinoainen 20......ko .............................ren .......a

(Firma) / (Sinadura)

SR./SRA. ALCALDE/SA-PRESIDENTE/A DEL AYUNTAMIENTO DE GARÍNOAIN.

JN/AND. GARINOAINGO UDALEKO ALKATE UDALBURUA.

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE MATRÍCULA
MATRIKULA ALDATZEKO ESKAERA

ESCUELA DE MÚSICA VALDORBA / ORBAIBARREKO MUSIKA-ESKOLA

Curso / Ikasturtea 20.... - 20....

3. SOLICITANTE / ESKATZAILEA.

Nombre y Apellidos / Izen-Abizenak

D.N.I./N.I.F. / N.A.N./I.F.Z.

Calle / Kalea

Número /

Zenbakia

Escalera / Eskailera

Piso / Solairua

Puerta / Atea

Código postal / P.K.

Localidad / Herria

Provincia / Probintzia

Teléfono(s) / Telefonoa(k)

Fax / Fax

Correo electrónico / Posta elektronikoa

Nombre y apellidos del alumno/a / Ikaslearen izen abizenak:

..........................................................................................................................................................

SOLICITA / ESKATZEN DU:

En Garínoain, a ............ de ....................................... de 20......

Garinoainen 20......ko .............................ren .......a

(Firma) / (Sinadura)

SR./SRA. ALCALDE/SA-PRESIDENTE/A DEL AYUNTAMIENTO DE GARÍNOAIN.

JN/AND. GARINOAINGO UDALEKO ALKATE UDALBURUA.

Código del anuncio: L2404258