BOLETÍN Nº 70 - 8 de abril de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 90E/2024, de 15 de marzo, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación, por la que se acepta el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de fabricación papel, cuyo titular es Sonoco Tudela, S. L. U.

Esta instalación dispone de autorización ambiental integrada concedida mediante la Orden Foral 350/2007, de 21 de septiembre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, actualizada posteriormente por la Resolución 196E/2014, de 9 de mayo, del director general de Medio Ambiente y Agua, y revisada por la Resolución 333E/2018, del director del Servicio de Economía Circular y Agua.

Con fechas 15/05/2023 y 13/06/2023, el titular ha solicitado el cambio de las condiciones incluidas en su autorización ambiental integrada, en concreto, el aumento del caudal máximo diario y el caudal diario medio del punto de vertido de aguas residuales número uno de la instalación, conforme a lo indicado en la siguiente tabla:

VLE

CONDICIONES ACTUALES
RESOLUCIÓN 333E/2018

SOLICITADO
POR EL TITULAR

Caudal diario medio semanal (m³/día)

1.425

2.038

Caudal máximo diario (m³/día)

1.700

2.431

El Servicio de Economía Circular e Innovación ha revisado la solicitud presentada, concluyendo que es aceptable un aumento de los valores límite de emisión de los parámetros solicitados en proporción equivalente al incremento de la producción anual recientemente autorizada, según la Resolución 7E/2021. Este cambio de condiciones es, además, acorde con el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, y con la aplicación de las mejores técnicas disponibles, por lo que los valores límite aplicables serán, en lo sucesivo, los solicitados por el titular.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.–Aceptar el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental integrada de la instalación de fabricación papel, cuyo titular es Sonoco Tudela, S. L. U., ubicada en término municipal de Tudela, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.

Segundo.–Actualizar la autorización de vertido de aguas residuales a la red de colectores municipales, exigida en aplicación del artículo 245 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional décima del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en el artículo 6 de la Orden Foral 448/2014, de 23 de diciembre, del consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local. Los vertidos que podrá realizar, y las condiciones que deberá cumplir la instalación, se incluyen en el anejo de esta resolución. La autorización tiene un plazo de vigencia de cinco años, entendiéndose renovada automáticamente por periodos sucesivos de igual duración, siempre que se cumplan las normas de calidad y objetivos ambientales exigibles en cada momento.

Tercero.–El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el título III de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable.

Cuarto.–Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.–Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Sexto.–Trasladar la presente resolución a Sonoco Tudela, S. L. U., al Ayuntamiento de Tudela y a NILSA, a los efectos oportunos.

Pamplona, 15 de marzo de 2024.–El director del Servicio de Economía Circular e Innovación, Raúl Salanueva Murguialday.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9-planta baja, Servicio de Economía Circular y Cambio Climático; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/CentroPublicaciones.html#/CentroPublicaciones.

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