BOLETÍN Nº 69 - 5 de abril de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, por el que se extingue el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal "Centro de Logística y del Transporte Corredor del Ebro en Cortes, (Navarra)", promovido por la Sociedad Centro Logístico y del Transporte Corredor del Ebro, S. L. (CELTCE, S. L.).

Por acuerdo del Gobierno de Navarra, de 25 de junio de 2007, se aprobó el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) "Centro de Logística y del Transporte Corredor del Ebro en Cortes, (Navarra)", promovido por Sociedad Centro Logístico y del Transporte Corredor del Ebro, S. L. (CELTCE, S. L.). Dicho acuerdo se publica en el Boletín Oficial de Navarra número 89, de 20 de julio de 2007.

Posteriormente, por Resolución 1846/2010, de 29 de diciembre, del director general de Vivienda y Ordenación del Territorio, se aprueba definitivamente el proyecto de urbanización del referido PSIS. Dicha resolución se publica en el Boletín Oficial de Navarra número 29, de 11 de febrero de 2011.

Por Orden Foral 118E/2019, de 13 de junio, de la consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, se aprueba definitivamente el Plan General Municipal de Cortes, cuya Normativa (publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 150, de 2 de agosto de 2019) incorpora las determinaciones del PSIS definiendo el ámbito de suelo urbanizable sectorizado denominado S.11.

Con fecha 26 de octubre de 2023, doña María Concepción Ausejo Gómez, alcaldesa del Ayuntamiento de Cortes, presenta el acuerdo adoptado por el pleno del ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 25 de octubre de 2023 en el que se solicita, entre otras cuestiones, la extinción del PSIS antes referido.

Consecutivamente, con fecha 27 de octubre de 2023, la empresa Centro Logístico y de Transporte del Corredor del Ebro, S. L. (CELTCE S. L.), solicita la devolución del aval contenido en el PSIS.

El artículo 46.1 del texto refundido la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobado por Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, (en adelante TRLFOTU), establece los supuestos de extinción de los planes sectoriales de incidencia supramunicipal.

En este contexto, con fecha 13 de febrero de 2024, don Angel M.ª García Clavijo, en representación de Centro Logístico y de Transporte del Corredor del Ebro, S. L. (CELTCE, S. L.), manifiesta por escrito de forma expresa su renuncia a la ejecución del PSIS. Asimismo, con fecha 20 de febrero de 2024, don Jesús Litago Zardoya, en calidad de secretario del Ayuntamiento de Cortes, certifica por escrito que no se han iniciado las obras de urbanización previstas en el PSIS.

A la vista tanto del certificado presentado por el Ayuntamiento de Cortes, como de la renuncia a la ejecución del PSIS manifestada por escrito por la empresa promotora, se cumplen dos de los supuestos contemplados en el artículo 46.1, antes citado, del TRLFOTU, concretamente los señalados en los apartados a) y b) de dicho artículo.

En su virtud, de acuerdo con el informe emitido por el Servicio de Territorio y Paisaje, el Gobierno de Navarra, a propuesta del consejero del Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Extinguir el plan sectorial de incidencia supramunicipal "Centro de Logística y del Transporte Corredor del Ebro en Cortes, (Navarra)", promovido por la Sociedad Centro Logístico y del Transporte Corredor del Ebro, S. L. (CELTCE, S. L.), quedando sin efecto sus determinaciones.

2.º Informar que procede la devolución del aval presentado para responder a las obligaciones derivadas de las actuaciones del citado plan sectorial.

3.º Notificar este acuerdo al Ayuntamiento de Cortes y a la Sociedad Centro Logístico y de Transporte del Corredor del Ebro, S. L. (CELTCE, S. L.).

4.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra para general conocimiento.

5.º Señalar que contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en relación con el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, las administraciones públicas podrán efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 13 de marzo de 2024.–La vicepresidenta tercera en sustitución del consejero secretario del Gobierno de Navarra, Begoña Alfaro García.

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