BOLETÍN Nº 51 - 11 de marzo de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 15/2024, de 8 de febrero, del director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos por la que se autoriza la modificación de la inscripción registral del centro privado de Educación Infantil y Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria "Lizarra Ikastola" de Estella-Lizarra, con el fin de actualizar los datos de la denominación del titular y de su dirección postal.

Vista la solicitud presentada por Lizarra Ikastola, Sociedad Cooperativa, entidad titular del centro privado de Educación Infantil y Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria "Lizarra Ikastola" de Estella-Lizarra, por la que solicita que se corrijan los datos de su dirección postal que constan en el Registro de Centros de Navarra, y a la vista de la documentación que la acompaña.

Visto el informe propuesta favorable presentado por el Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas.

En virtud de lo establecido en el artículo segundo y en el Título Tercero del Decreto Foral 251/1992, de 6 de junio, por el que se establece el procedimiento para la autorización de centros docentes privados que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Autorizar la modificación, con efectos desde el inicio del curso 2023-2024, de los datos registrales de "denominación del titular" del centro privado de Educación Infantil y Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria "Lizarra Ikastola" de Estella-Lizarra, que pasa a ser "Lizarra Ikastola Sociedad Cooperativa", y de su "dirección postal", que pasa a ser "Calle San Francisco Javier sin número", manteniendo el resto de los datos registrales y dando traslado de estas modificaciones al Registro Estatal de Centros en el plazo máximo de un mes.

2.º Notificar la presente resolución al titular del centro, advirtiendo al interesado que contra la misma puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

3.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Estudios Económicos y Financiación de Centros, al Servicio de Nóminas y Seguros Sociales, al Servicio de Infraestructuras Educativas, al Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas, al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas y a la Sección de Gestión de la Información Escolar.

4.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 8 de febrero de 2024.–El director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos, Luis Calatayud Yuste.

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