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BOLETÍN Nº 5 - 8 de enero de 2024
1. Comunidad Foral de Navarra
1.2. Autoridades y Personal
1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo
RESOLUCIÓN 323/2023, de 13 de diciembre, del director del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, por la que se publica la convocatoria para la provisión, en régimen de comisión de servicios, de puestos de trabajo para el estudio e implantación de proyectos o programas específicos en centros docentes.
Mediante Decreto Foral 37/2014, de 30 de abril, se regula la provisión de puestos de trabajo correspondientes al personal docente no universitario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. La citada norma establece que, con carácter general, el Departamento de Educación realizará convocatorias para la provisión, en régimen de comisión de servicios, de puestos de trabajo para el estudio e implantación de proyectos o programas específicos de nueva o reciente implantación en centros docentes. Las convocatorias se realizarán a propuesta del órgano competente en función de la materia con la que esté relacionado el proyecto o programa, previa determinación de las áreas estratégicas que el Departamento de Educación pretende fomentar a través de la implantación de los citados proyectos y programas.
En consecuencia, una vez recibidas de los Servicios competentes del Departamento de Educación las propuestas de proyectos o programas para su estudio e implantación durante el curso escolar 2024-2025, procede aprobar la convocatoria para la provisión, en régimen de comisión de servicios, de puestos de trabajo para el estudio e implantación de proyectos o programas específicos en centros docentes.
En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones delegadas por la Resolución 1/2023, de 31 de agosto, de la directora general de Personal e Infraestructuras del Departamento de Educación,
RESUELVO:
1.º Aprobar las bases de la convocatoria para la provisión, en régimen de comisión de servicios, de puestos de trabajo para el estudio e implantación de proyectos o programas específicos en centros docentes.
2.º Publicar la presente resolución y su anexo I en el Boletín Oficial de Navarra, ordenando la publicación de los anexos II a LXVIII en la página web del mismo: www.educacion.navarra.es.
3.º Trasladar la presente resolución y sus anexos a la Secretaría General Técnica, a la Sección de Provisión de Puestos de Trabajo del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente, al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia, al Servicio de Ordenación, Formación y Calidad, al Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas, al Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional, al Servicio de Modernización e Innovación de la Formación Profesional y al Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas, a los efectos oportunos.
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera.
Se aprueba la convocatoria, para la provisión, en régimen de comisión de servicios, de puestos de trabajo para el estudio e implantación de los proyectos o programas específicos que se recogen en el anexo I.
Segunda.–Requisitos generales de las personas aspirantes.
Las personas aspirantes que participen en la presente convocatoria, para ser admitidas a la misma, deberán reunir los siguientes requisitos generales:
–Ser personal funcionario o contratado laboral fijo docente, al servicio del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, en situación de servicio activo a 1 de septiembre de 2024.
Asimismo, las personas aspirantes deberán reunir los requisitos específicos exigidos para cada plaza en los anexos de la presente resolución.
Tercera.–Instancia de participación.
1. Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria deberán cumplimentar el impreso de solicitud disponible en la página web del Gobierno de Navarra, www.navarra.es, en la ficha diseñada al efecto y, una vez cumplimentado, presentarlo a través del registro general electrónico dirigido al Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación.
Los requisitos generales de participación serán comprobados de oficio por el Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación de acuerdo con el expediente personal de las personas aspirantes. Asimismo, el Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente comprobará de oficio la pertenencia al correspondiente cuerpo docente, especialidad e idioma o puesto de trabajo asimilado así como la posesión, en su caso, de los perfiles correspondientes.
Cuarta.–Plazo de presentación de instancias.
El plazo de presentación de instancias será de diez días hábiles y comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
Quinta.–Admisión de las personas aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, se publicará en la página web del Gobierno de Navarra la resolución del director del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente por la que se aprueban las relaciones provisionales de las personas aspirantes admitidas y no admitidas, indicando los motivos de su no admisión.
Con dicha publicación se considerará efectuada la correspondiente notificación a las personas interesadas, a efectos de lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra dichas relaciones las personas interesadas podrán presentar reclamaciones y/o subsanar defectos de la instancia de participación, mediante instancia telemática dirigida al Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación.
2. Transcurrido dicho plazo, se publicará por los mismos medios la resolución del director del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente por la que se aprueban las relaciones definitivas de las personas aspirantes admitidas y no admitidas, indicando los motivos de su no admisión.
Con dicha publicación se considerará efectuada la correspondiente notificación a las personas interesadas, a efectos de lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexta.–Sistema de selección.
1. El sistema de selección consistirá en la presentación y defensa de una memoria o proyecto relacionado con las funciones de la plaza a la que se opta, de conformidad con las especificaciones recogidas en los anexos de la presente resolución.
La presentación y defensa de la memoria o proyecto se valorará de 0 a 10 puntos y tendrá carácter eliminatorio para quien no obtenga al menos 5 puntos.
La puntuación obtenida será la media aritmética de las otorgadas por los miembros del órgano de selección redondeando hasta la milésima.
Cada aspirante expondrá oralmente la memoria o proyecto ante el órgano de selección durante un período máximo de 30 minutos. A continuación, deberá responder oralmente a las cuestiones que el órgano de selección le plantee en un tiempo máximo de 15 minutos.
El procedimiento dará comienzo con un acto de presentación ante el órgano de selección, en el que las personas aspirantes deberán entregar una copia de la memoria o proyecto. Aquellas personas aspirantes que no se personen en el acto de presentación o que no entreguen la copia de la memoria o proyecto serán excluidas del procedimiento selectivo, no siendo válida la presentación por medio de otras personas.
Las personas aspirantes serán convocadas para los actos de presentación y defensa en la resolución de la directora del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente por la que se apruebe la relación definitiva de personas aspirantes admitidas al procedimiento, que será publicada en la página web del Gobierno de Navarra, con al menos 48 horas de antelación, indicando la fecha, hora y lugar en que comenzará la actuación ante los Órganos de Selección. La convocatoria será en llamamiento único para todas las personas aspirantes, que deberán estar presentes a la hora fijada por el órgano de selección como hora de inicio de las actuaciones, considerándose como no presentadas aquellas personas aspirantes que no se encuentren presentes en el momento del llamamiento inicial.
El orden de actuación de las personas aspirantes se determinará por lo establecido en la Resolución 66/2020, de 21 de febrero, de la directora general de Recursos Educativos.
2. Finalizada la valoración de las personas aspirantes, cada órgano de selección remitirá las calificaciones provisionales, con las puntuaciones asignadas, al Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente que lo publicará en la página web del Gobierno de Navarra, www.navarra.es.
En caso de empate en la puntuación, el órgano de selección resolverá el empate atendiendo a la antigüedad de las personas aspirantes como personal funcionario del cuerpo o cuerpos docentes o puestos de trabajo asimilados exigidos como requisito de participación en cada una de las plazas convocadas. De persistir el empate, se tendrá en cuenta el resultado del sorteo establecido en la Resolución 66/2020, de 21 de febrero, de la directora general de Recursos Educativos.
Frente a estas calificaciones, las personas aspirantes podrán presentar reclamaciones dirigidas al Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente en el plazo de dos días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Resueltas las reclamaciones, el órgano de selección remitirá al Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente el expediente completo del procedimiento incluidas las calificaciones definitivas que se publicarán en la página web del Gobierno de Navarra: www.navarra.es.
3. Las comisiones de servicios a que se refiere la presente convocatoria se concederán mediante resolución del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente de acuerdo con el orden en el que hayan resultado seleccionadas las personas aspirantes.
Séptima.–Órganos de selección.
1. Los órganos de selección están compuestos por tres miembros, dos de ellos propuestos por la Dirección General de Educación o por la Dirección General de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos y el otro por la Comisión de Personal Docente.
Los órganos de selección serán nombrados mediante resolución del director del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente. Una vez constituidos se harán públicos, en la reseña de la convocatoria, los criterios de valoración de cada uno de los proyectos o programas específicos.
2. Los miembros de los órganos de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de los órganos de selección cuando concurran las aludidas circunstancias.
Octava.–Régimen de las comisiones de servicios.
1. Las plazas correspondientes a estos proyectos o programas se proveerán en régimen de comisión de servicios durante un periodo máximo de dos cursos escolares en el centro en el que se implanten, comenzando las mismas el día 1 de septiembre de 2024. Con carácter excepcional, y únicamente para los proyectos o programas que así lo establezcan en su respectivo anexo, se establece una duración de tres cursos escolares para las correspondientes comisiones de servicio.
2. Las comisiones de servicio estarán condicionadas a la existencia de puesto vacante de la correspondiente especialidad e idioma, y en su caso perfil, en el centro convocado, una vez determinadas las necesidades previstas de acuerdo con la planificación educativa para cada curso escolar.
Las comisiones de servicio se concederán, por tanto, en necesidades de la especialidad o puesto, idioma y, en su caso, perfil incluidas como requisitos para el proyecto de que se trate.
A aquellas personas aspirantes, titulares de más de una especialidad o puesto de trabajo asimilado de las incluidas como requisito para el proyecto o programa al que se presentan, se les adjudicará puesto vacante de la especialidad o puesto de trabajo asimilado, idioma y, en su caso, perfil lingüístico al que están adscritas en el momento de la solicitud de participación. En el caso de no existir vacante de esa especialidad o puesto de trabajo asimilado, la Administración determinará la vacante a adjudicar, a propuesta del centro educativo.
3. Las comisiones de servicios concedidas en virtud de esta convocatoria finalizarán por alguna de las siguientes causas:
a) Transcurso del período para el que fueron concedidas.
b) Supresión o modificación del centro que impida la continuidad de las comisiones de servicio afectadas por dicha supresión o modificación.
c) Renuncia expresa de la persona interesada.
d) Causas sobrevenidas, derivadas tanto de una falta de capacidad o de adaptación para el desempeño del puesto de trabajo, manifestada por un rendimiento insuficiente que impida realizar con eficacia las funciones atribuidas al mismo, como de una alteración en su contenido.
Con carácter previo a la finalización de la comisión de servicio por estas causas, el órgano que haya propuesto la convocatoria, solicitará mediante informe motivado dirigido a la Dirección del Servicio de Régimen Jurídico de Personal la iniciación del procedimiento para la finalización de la comisión de servicios.
El procedimiento se iniciará mediante resolución de la Dirección del Servicio de Régimen Jurídico de Personal, de la que se dará traslado, junto con el informe remitido por la Dirección del centro, al órgano que haya propuesto la convocatoria, al objeto de que este realice las actuaciones que estime oportunas, con audiencia del interesado o interesada y de la Comisión de Personal Docente.
Practicadas las actuaciones pertinentes, el órgano que haya propuesto la convocatoria elaborará un informe de valoración de la capacidad o de la adaptación del personal al puesto de trabajo desempeñado, del que se dará traslado al Servicio de Régimen Jurídico de Personal.
En el caso de que el mencionado informe sea negativo, mediante resolución del Servicio de Régimen Jurídico de Personal se procederá a poner fin a la comisión de servicios.
e) Pase a cualquier situación administrativa distinta de la de servicio activo.
f) Nombramiento para otro puesto de trabajo en la Administración.
g) Concesión de otra comisión de servicios tanto dentro de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, como en cualquier otra Administración pública.
h) Desaparición de la necesidad que motivó la concesión de la comisión de servicios, por pasar a desempeñarse el puesto correspondiente por profesorado con destino definitivo en el centro.
i) Incumplimiento sobrevenido de los requisitos.
Salvo supuestos excepcionales debidamente justificados, la finalización de la comisión de servicios de forma anticipada por los supuestos previstos en las letras b y c deberá coincidir con la finalización del curso escolar.
4. Si antes de la fecha de inicio de la comisión de servicios concurriera alguna de las causas previstas en el apartado anterior, salvo las recogidas en las letras a y d, no se concederá la comisión de servicios.
5. Estas comisiones de servicios son incompatibles con el disfrute de los permisos contemplados en el Decreto Foral 39/2014, de 14 de mayo, por el que se establecen medidas de reparto del empleo en las Administraciones públicas de Navarra.
En consecuencia, si el personal funcionario ya tiene concedido alguno de los citados permisos sin haber iniciado el mismo, deberá renunciar al mismo si desea que se le conceda una comisión de servicios de las previstas en la presente convocatoria. Asimismo, si el personal funcionario ya tiene concedida la comisión de servicios o ya se encuentra prestando servicios en situación de comisión de servicios y solicita la concesión de alguno de los citados permisos, se le denegará el disfrute del mismo.
6. Las plazas no cubiertas mediante la presente convocatoria por no resultar seleccionado ningún aspirante se podrán proveer, por una sola vez, en régimen de comisión de servicios, a propuesta motivada del órgano materialmente competente, siempre que la persona interesada cumpla los requisitos de la convocatoria y con una duración de un curso escolar.
Novena.–Recursos.
Contra los actos y resoluciones emanados de los Órganos de Selección podrá interponerse recurso de alzada ante el director del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente del Departamento de Educación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.
Contra la presente resolución y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Pamplona, 13 de diciembre de 2023.–El director del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente, Ricardo Iribas Latour.
ANEXO I.–A) PROGRAMAS A PROPUESTA DEL SERVICIO DE INCLUSIÓN, IGUALDAD Y CONVIVENCIA
PROYECTO O PROGRAMA | LOCALIDAD | CENTRO | N.º | ANEXO |
CONVIVENCIA | BARAÑÁIN | IES ALAIZ | 1 | II |
BURLADA | IES ASKATASUNA | 1 | II | |
URROZ-VILLA | CPEIP DE URROZ-VILLA | 1 | II | |
EL TRABAJO POR CONTEXTOS EN EDUCACION PRIMARIA DESDE UNA MIRADA INCLUSIVA | FALCES | CPEIP DOÑA ALVARA ALVAREZ | 2 | III |
LAGUNTZA | BERBINZANA | CPEIP RIO ARGA | 1 | IV |
BERRIOZAR | IESO BERRIOZAR | 1 | IV | |
PAMPLONA | CPEIP BUZTINTXURI | 1 | IV | |
PAMPLONA | CPEIP SAN FRANCISCO | 1 | IV | |
PAMPLONA | IES BIURDANA | 1 | IV | |
PAMPLONA | IES ITURRAMA | 1 | IV | |
PAMPLONA | IES MENDILLORRI | 1 | IV | |
PAMPLONA | IES PADRE MORET-IRUBIDE | 1 | IV | |
PAMPLONA | IESO IÑAKI OCHOA DE OLZA | 1 | IV | |
PAMPLONA | IESO IPARRALDE | 1 | IV | |
SARRIGUREN | CPEIP JOAKIN LIZARRAGA | 1 | IV | |
TUDELA | IES VALLE DEL EBRO | 1 | IV | |
PROYECTO DE ACOMPAÑAMIENTO EMOCIONAL Y ACADÉMICO AL ALUMNADO CONNECESIDADES A TRAVÉS DEL PROFESORADO MENTOR. PROYECTO DE DESARROLLO DE GRUPOS INTERACTIVOS CON VOLUNTARIADO Y APRENDIZAJE BASADO EN PROYECTOS. PROYECTO DE INCLUSIÓN POR "CASAS" | PAMPLONA | IES BASOKO | 2 | V |
SKOLAE | BURLADA | IES ASKATASUNA | 1 | VI |
BURLADA | IES ASKATASUNA | 1 | VI | |
CORTES | IESO BARDENAS REALES | 1 | VI | |
MENDIGORRIA | CPEIP JULIAN MARIA ESPINAL OLCOZ | 1 | VI | |
MUTILVA | CPEIP SAN PEDRO | 2 | VI | |
PAMPLONA | CPEIP BUZTINTXURI | 1 | VI | |
PAMPLONA | CPEIP GARCIA GALDEANO | 1 | VI | |
PAMPLONA | CPEIP MENDILLORRI | 1 | VI | |
SARRIGUREN | CPEIP HERMANAS URIZ PI | 1 | VI | |
TUDELA | CPEIP MONTE SAN JULIAN | 1 | VI |
B) PROGRAMAS A PROPUESTA DEL SERVICIO DE MODERNIZACIÓN E INNOVACIÓN DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL
PROYECTO O PROGRAMA | LOCALIDAD | CENTRO | N.º | ANEXO |
INNOVACIÓN METODOLÓGICA, TECNOLÓGICA Y DIGITAL APLICADA EN AULA ATECA EN EL CIP SAKANA | ALTSASU / ALSASUA | CIP SAKANA | 1 | VII |
INNOVACIÓN METODOLÓGICA - KIMUA. KIMUA EN FORMACIÓN PROFESIONAL ESPECIAL. APRENDER TRABAJANDO | BURLADA | CI BURLADA FP | 1 | VIII |
INNOVACIÓN METODOLÓGICA - KIMUA. PROYECTO INTERCICLOS: FORMACIÓN PROFESIONAL ESPECIAL, CICLOS SUPERIORES DE ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS | BURLADA | CI BURLADA FP | 1 | IX |
INNOVACIÓN METODOLÓGICA - KIMUA. APRENDIZAJE Y SERVICIO SOLIDARIO EN MECANIZADO | ELIZONDO | CIP ELIZONDO LANBIDE ESKOLA IIP | 1 | X |
INNOVACIÓN TECNOLÓGICA - INVESTIGACIÓN APLICADA. DIGITALIZACIÓN Y SEGURIDAD COLABORATIVA - CIP ELIZONDO LANBIDE ESKOLA IIP | ELIZONDO | CIP ELIZONDO LANBIDE ESKOLA IIP | 1 | XI |
INNOVACIÓN METODOLÓGICA - INIZIA. PROYECTO EMPRENDIMIENTO - CIP DONAPEA IIP | PAMPLONA | CIP DONAPEA | 1 | XII |
INNOVACIÓN METODOLÓGICA - KIMUA. PROYECTO COLABORATIVO EN CICLOS BILINGÜES AUTOMOCIÓN | PAMPLONA | CIP DONAPEA | 1 | XIII |
INNOVACIÓN METODOLÓGICA y TECNOLÓGICA APLICADA EN AULA ATECA EN EL CIP VIRGEN DEL CAMINO | PAMPLONA | CIP VIRGEN DEL CAMINO | 1 | XIV |
INNOVACIÓN METODOLÓGICA-TRANSFORMACIÓN METODÓLOGICA EN TODAS LAS FAMILIAS PROFESIONALES DEL CENTRO CIP VIRGEN DEL CAMINO | PAMPLONA | CIP VIRGEN DEL CAMINO | 1 | XV |
INNOVACIÓN METODOLÓGICA - KIMUA. PROYECTO COLABORATIVO EN GESTIÓN ADMINISTRATIVA | PAMPLONA | IES MENDILLORRI | 1 | XVI |
INNOVACIÓN METODOLÓGICA Y TECNOLÓGICA APLICADA EN AULA ATECA EN EL CIP TAFALLA | TAFALLA | CIP TAFALLA | 1 | XVII |
INNOVACIÓN TECNOLÓGICA - PROYECTOS DE INNOVACIÓN. DINAMIZACIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y DIFUSIÓN DE PROYECTOS DE INNOVACIÓN EN EL CIP TAFALLA | TAFALLA | CIP TAFALLA | 1 | XVIII |
C) PROGRAMAS A PROPUESTA DEL SERVICIO DE ORDENACIÓN, FORMACIÓN
Y CALIDAD
PROYECTO O PROGRAMA | LOCALIDAD | CENTRO | N.º | ANEXO |
IMPLANTACIÓN DEL PROYECTO DUALIZA-TE: DISEÑO DE ENTORNOS EDUCATIVOS Y SITUACIONES DE APRENDIZAJE EN CLAVE DUA | PAMPLONA | CPEIP MENDIGOITI | 1 | XIX |
COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA IMPLANTACIÓN DEL PROYECTO DE INNOVACIÓN "ABRIENDO PUERTAS" | PAMPLONA | CPEIP MENDILLORRI | 1 | XX |
RESPONSABLE DEL PROYECTO DE PROMOCIÓN DE LA SALUD EN EL IES PLAZA DE LA CRUZ | PAMPLONA | IES PLAZA DE LA CRUZ | 1 | XXI |
D) PROGRAMAS A PROPUESTA DEL SERVICIO DE PLANIFICACIÓN E INTEGRACIÓN DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL
PROYECTO O PROGRAMA | LOCALIDAD | CENTRO | N.º | ANEXO |
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL-INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO | ESTELLA | CIP ESTELLA | 1 | XXII |
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL-FIDELIZACIÓN DE EMPRESAS | HUARTE | IES HUARTE | 1 | XXIII |
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL-TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS | HUARTE | IES HUARTE | 1 | XXIV |
INNOVACIÓN METODOLÓGICA-ESPACIO DE TUTORIA Y DESARROLLO COMPETENCIÓN PROFESIONAL Y PERSONAL | HUARTE | IES HUARTE | 1 | XXV |
E) PROGRAMAS A PROPUESTA DEL SERVICIO DE PLURILINGÜISMO Y ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS
PROYECTO O PROGRAMA | LOCALIDAD | CENTRO | N.º | ANEXO |
PROYECTO PARA EL FOMENTO DE LA CREATIVIDAD A TRAVÉS DEL TRABAJO INTERDISCIPLINAR A PARTIR DE TEXTOS LITERARIOS Y DEL APRENDIZAJE COLABORATIVO Y POR INDAGACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS TRANSVERSALES QUE PROMUEVAN LA AUTONOMÍA Y LA REFLEXIÓN | PAMPLONA | IES NAVARRO VILLOSLADA | 1 | XXVI |
IMPLANTACIÓN DEL PROYECTO "LES CHORISTES" EN EL PROGRAMA DE APRENDIZAJE EN FRANCÉS | PAMPLONA | IES PLAZA DE LA CRUZ | 1 | XXVII |
PROYECTO "THEMENORIENTIERTES ARBEITEN" (THEA) EN LAS MATERIAS DE LOS PROGRAMAS DE APRENDIZAJE EN ALEMÁN | PAMPLONA | IES PLAZA DE LA CRUZ | 1 | XXVIII |
F) PROGRAMAS A PROPUESTA DEL SERVICIO DE TECNOLOGÍAS E INFRAESTRUCTURAS TIC EDUCATIVAS
ÁREA ikasNOVA | PROYECTO O PROGRAMA | LOCALIDAD | CENTRO | N.º | ANEXO |
Área: Aula ikasNOVA. | DINAMIZACIÓN DEL AULA IKASNOVA | ALTSASU / ALSASUA | IES ALTSASU | 1 | XXIX |
AULA IKASNOVA, DINAMIZACIÓN TIC E INNOVACIÓN EDUCATIVA | BERRIOZAR | CPEIP MENDIALDEA I | 1 | XXX | |
IKASNOVA | LESAKA | CPEIP IRAIN | 1 | XXXI | |
IKASNOVA | MENDAVIA | CPEIP SAN FRANCISCO JAVIER | 1 | XXXII | |
S.E.T."ERMITAGAÑA" | PAMPLONA | CPEIP ERMITAGAÑA | 1 | XXXIII | |
RADIO PATIO ITURRAMA | PAMPLONA | CPEIP ITURRAMA | 1 | XXXIV | |
COORDINACIÓN Y DESARROLLO DEL PDC Y AULA IKASNOVA DENTRO DEL TRABAJO POR CENTROS DE INTERÉS | PAMPLONA | CPEIP MENDILLORRI | 1 | XXXV | |
IKASNOVA | PAMPLONA | CPEIP SAN FRANCISCO | 1 | XXXVI | |
PLAN DIGITAL DEL CENTRO / AULA IKASNOVA | PAMPLONA | CPEIP SAN JUAN DE LA CADENA | 1 | XXXVII | |
IKASNOVA Y PLAN DIGITAL | PAMPLONA | IES MENDILLORRI | 1 | XXXVIII | |
DINAMIZACIÓN DEL AULA IKASNOVA | PAMPLONA | IESO IPARRALDE | 1 | XXXIX | |
Área: Competencia Digital. | PLAN DIGITAL DE CENTRO Y CREACIÓN DE MATERIALES DIGITALES | ELIZONDO | CIP ELIZONDO LANBIDE ESKOLA IIP | 1 | XL |
IKASNOVA | PAMPLONA | CPEIP BERNART ETXEPARE | 1 | XLI | |
IKASNOVA PARA DIGITALIZACIÓN: PROCESOS, FORMACIÓN Y APOYO A LAS NECESIDADES ESPECIALES DEL ALUMNADO | PAMPLONA | ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS | 1 | XLII | |
DESARROLLO Y ESTANDARIZACIÓN DE LA COMPETENCIA DIGITAL EN EL ALUMNADO Y PROFESORADO | PAMPLONA | IES BASOKO | 1 | XLIII | |
RESPONSABLE IKASNOVA DEL CENTRO | PAMPLONA | IES BIURDANA | 1 | XLIV | |
DESARROLLO DEL PLAN DIGITAL DEL CENTRO EN LOS ÁMBITOS DE COMPETENCIA DIGITAL DOCENTE Y DEL ALUMNADO ASÍ COMO EN LA APLICACIÓN DE LAS HERRAMIENTAS SURGIDAS DE LA DIGITALIZACIÓN DE LOS PROCESOS DEL CENTRO A TRAVÉS DE LA FIGURA DE COORDINADOR DE 1.º Y 2.º DE LA ESO | PAMPLONA | IES ITURRAMA | 1 | XLV | |
TRANSFORMACIÓN DIGITAL EN EL IES NAVARRO VILLOSLADA: DESARROLLO DE LA COMPETENCIA DIGITAL DEL ALUMNADO MEDIANTE APRENDIZAJE CON METODOLOGÍAS ACTIVAS EN UN ENFOQUE STEAM | PAMPLONA | IES NAVARRO VILLOSLADA | 1 | XLVI | |
Área: Contenido digital | IKASNOVA | SARRIGUREN | IES SARRIGUREN | 1 | XLVII |
Área: Pensamiento Computacional | EL PROCESO DE ENSEÑANZA- APRENDIZAJE DESDE UN ENFOQUE COMPETENCIAL A TRAVÉS DE LA ROBÓTICA, EL PENSAMIENTO COMPUTACIONAL Y UN USO SEGURO DE LA TECNOLOGÍA | PAMPLONA | CPEIP AZPILAGAÑA | 1 | XLVIII |
IMPLANTACIÓN DEL PROYECTO TECNOPLAZA 4.0 | PAMPLONA | IES PLAZA DE LA CRUZ | 1 | XLIX | |
Áreas: Contenido Digital y Competencia Digital | IMPULSOR/A Y RESPONSABLE DE TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS, PILOTAJE DIGITAL Y PLAN DIGITAL DE CENTRO | BARAÑÁIN | IES ALAIZ | 1 | L |
IKASNOVA | BERA | IES TOKI ONA | 1 | LI | |
PLAN DIGITAL DE CENTRO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL | CASTEJÓN | CPEIP DOS DE MAYO | 1 | LII | |
PLAN DIGITAL DE CENTRO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL | MENDIGORRIA | CPEIP JULIAN MARIA ESPINAL OLCOZ | 1 | LIII | |
PLAN DIGITAL DE CENTRO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL | MILAGRO | CPEIP NTRA SRA DEL PATROCINIO | 1 | LIV | |
Áreas: Aula ikasNOVA y Competencia Digital | AULA IKASNOVA; RESPONSABLE TRANSFORMACIÓN DIGITAL EDUCATIVA Y COORDINADOR DEL PLAN DIGITAL DE CENTRO | BARAÑÁIN | IES BARAÑÁIN | 1 | LV |
PLAN DE DIGITALIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN | LERÍN | CPEIP DOÑA BLANCA DE NAVARRA | 1 | LVI | |
VERTEBRACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA ESTRATEGIA DIGITAL DE CENTRO | SARRIGUREN | CPEIP HERMANAS URIZ PI | 1 | LVII | |
Áreas: Aula ikasNOVA y Contenido Digital | RADIOHUERTAS. | TUDELA | CPEIP HUERTAS MAYORES | 1 | LVIII |
RESPONSABLE IKASNOVA-TDE | VIANA | IESO DEL CAMINO | 1 | LIX | |
Áreas: Aula ikasNOVA y Pensamiento Computacional | PROYECTO PARA DESARROLLAR EL ÁMBITO DE STREAM-AI (STEAM, ROBÓTICA, INTELIGENCIA ARTIFICIAL, PENSAMIENTO COMPUTACIONAL) CON EL FIN DE DESARROLLAR LA COMPETENCIA DIGITAL DEL ALUMNADO | PAMPLONA | IES PADRE MORET-IRUBIDE | 1 | LX |
Áreas: Aula ikasNOVA, Contenido Digital y Competencia Digital | IKASNOVA | PAMPLONA | CPEIP CARDENAL ILUNDAIN | 1 | LXI |
SITUACIONES CREATIVAS.PENSAMOS EN UN FUTURO DIGITAL | PAMPLONA | CPEIP LORENZO GOICOA | 1 | LXII | |
COORDINACIÓN Y FORMACIÓN EN LA ELABORACIÓN DE CONTENIDOS DIGITALES Y SU INTEGRACIÓN EN LOS CLASSROOMS GENÉRICOS | PAMPLONA | IES JULIO CARO BAROJA | 1 | LXIII | |
Áreas: Contenido Digital, Pensamiento Computacional y Competencia Digital | PLAN DIGITAL DE CENTRO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL "Impulsando nuestra propia aula de programación" | NOÁIN | CPEIP SAN MIGUEL | 1 | LXIV |
RESPONSABLE TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y PLAN DIGITAL DE CENTRO. IES VALLE DEL EBRO | TUDELA | IES VALLE DEL EBRO | 1 | LXV | |
Áreas: Pensamiento Computacional y Competencia Digital | TECNOLOGÍAS EDUCATIVAS Y PLAN DIGITAL DE CENTRO | CINTRUÉNIGO | CPEIP OTERO NAVASCUES | 1 | LXVI |
IKASNOVA | TAFALLA | IES SANCHO III EL MAYOR | 1 | LXVII | |
TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE CP CATALINA DE FOIX | ZIZUR MAYOR | CPEIP CATALINA DE FOIX | 1 | LXVIII |
Código del anuncio: F2317450
Acceso
Boletín Oficial de Navarra
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31001 - Pamplona (Navarra)
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