BOLETÍN Nº 39 - 22 de febrero de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 5/2024, de 26 de enero del director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos, por la que se corrige el error advertido en la resolución 246/2023, de 21 de diciembre.

Visto el error advertido en la Resolución 246/2023, de 21 de diciembre, del director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos, por la que se inscriben las especialidades de "Gaita Navarra" y "Tambor de gaita" en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza, entre las enseñanzas que puede impartir la escuela de música municipal "Jesús García Leoz" de Olite / Erriberri.

A la vista del informe emitido por la Dirección del Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas.

En virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Corregir el error advertido en la Resolución 246/2023, de 21 de diciembre, del Director General de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos, por la que se inscriben las especialidades de "Gaita Navarra" y "Tambor de gaita" en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza, entre las enseñanzas que puede impartir la escuela de música municipal "Jesús García Leoz" de Olite / Erriberri, en los siguientes términos:

En el apartado 2.º de dicha resolución.

Donde dice:

"Bombardino, Canto, Clarinete, Flauta travesera, Gaita Navarra, Guitarra, Piano, Saxofón, Tambor de Gaita, Trombón, Trompa, Trompeta y Violín".

Debe decir:

"Batería, Bombardino, Canto, Clarinete, Flauta travesera, Gaita navarra, Guitarra, Guitarra eléctrica, Percusión, Piano, Saxofón, Tambor de Gaita, Trombón, Trompa, Trompeta y Violín".

2. Notificar la presente Resolución al Ayuntamiento de Olite / Erriberri, indicando que contra la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución. Por su parte, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes.

3. Trasladar la presente resolución a la Dirección del Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas, a la Sección de Enseñanzas Artísticas y a la Sección de Gestión de la Información Escolar.

4. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 26 de enero de 2024.–El director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos, Luis Calatayud Yuste.

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