BOLETÍN Nº 39 - 22 de febrero de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 7 de febrero de 2024, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de la obra "Ejecución de proyecto de infraestructura ciclable entre las localidades de Asiáin-Lizasoáin, en Cendea de Olza / Oltza Zendea".

Con fecha 8 de mayo de 2022 y 9 de mayo de 2022 las juntas concejiles de los concejos de Asiáin y Lizasoáin acuerdan la delegación de la competencia para ejecutar la inversión de "Ejecución de proyecto de infraestructura ciclable entre las localidades de Asiáin-Lizasoáin, en Cendea de Olza / Oltza Zendea" en el Ayuntamiento de Cendea de Olza, delegación aceptada por acuerdo del pleno de dicho ayuntamiento en fecha 26 de mayo de 2022, firmándose un convenio de colaboración entre las tres entidades locales con fecha 27 de mayo de 2022 para la ejecución del citado proyecto.

El 25 de mayo de 2023, el pleno del Ayuntamiento de Cendea de Olza acordó aprobar el proyecto de la obra "Ejecución de proyecto de infraestructura ciclable entre las localidades de Asiáin-Lizasoáin, en Cendea de Olza / Oltza Zendea", iniciar el expediente expropiatorio, reconocer y declarar la utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el citado proyecto, implícita en la aprobación del mismo, aprobar inicialmente la relación de bienes y derechos afectados por el mismo y aprobar la retención de crédito suficiente para la expropiación de bienes y derechos afectados por el proyecto, sometiéndolo a información pública por plazo de quince días hábiles.

Transcurrido el plazo de información pública, el pleno del Ayuntamiento de Cendea de Olza, en la sesión celebrada el día 22 de agosto de 2023, dio respuesta a las alegaciones recibidas y aprobó definitivamente el mencionado proyecto, así como la relación de bienes y derechos afectados, quedando implícita en dicha aprobación la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación. Asimismo, acordó solicitar al Gobierno de Navarra la declaración de urgencia, a los efectos previstos en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa.

Dada la distribución dispersa de la población en Cendea de Olza / Oltza Zendea, la conectividad entre los diferentes concejos resulta clave para poder acceder a los servicios de interés general. Se da así la circunstancia de que muchas poblaciones solo tienen conexión por carretera, en este caso, la Carretera NA-7010 Astráin-Irurtzun, dificultando los desplazamientos y creando inseguridad a los medios de movilidad activa. Por tanto, con el corredor peatonal y ciclista planteado se pretende garantizar la seguridad vial y de circulación buscando una vía alternativa que evite el peligro diario, tanto para los transeúntes como para los vehículos a motor que circulan por carretera. Además de ello, se pretende contribuir a un mayor desarrollo del uso ciclista y peatonal, en detrimento de los vehículos a motor, y fomentar el uso de vehículos no propulsados por combustibles fósiles y, por tanto, contribuir a una disminución de las emisiones contaminantes a la atmósfera que favorezca una mejora ambiental e integración de las infraestructuras en el entorno urbano. Por último, la carretera de enlace entre los concejos de Asiáin y Lizasoáin es la NA-7010 Astráin-Irurtzun, enlazando en el cruce de Lizasoáin con la NA-7061 Lizasoáin-Olza, discurriendo en paralelo a dicha Carretera NA-7010 el río Arakil, cuyo entorno es zona inundable y en los últimos años el río ha alcanzado en épocas de lluvias copiosas la carretera, cortando la circulación rodada. Así, el planteamiento de enlace a través de camino rural entre Asiáin y Lizasoáin, pretende entre otras cosas dar solución a este problema de corte de circulación en la carretera NA-7010 por inundación, generando una conexión hasta Lizasoáin fuera del alcance del río y desde ahí poder retomar la circulación por la NA-7010.

Consta en el expediente informe de fecha 22 de noviembre de 2023 del secretario-interventor del Ayuntamiento de Cendea de Olza en el que se indica que existe consignación presupuestaria en el presupuesto en vigor, con cargo a la aplicación presupuestaria 1.450.650001 "Conexión peatonal Asiáin y Lizasoáin" y con fondos suficientes para la ejecución del citado proyecto, incluidos los pagos de los justiprecios de los bienes y derechos afectados por el mismo.

El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por el Ayuntamiento de Cendea de Olza y comprobada la existencia de crédito necesario para hacer frente al pago del justiprecio, considera que está justificado declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

En su virtud, visto el informe jurídico correspondiente, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de la obra "Ejecución de proyecto de infraestructura ciclable entre las localidades de Asiáin-Lizasoáin, en Cendea de Olza / Oltza Zendea".

2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las Administraciones públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

3.º Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Cendea de Olza.

4.º Trasladar el presente acuerdo a la Sección de Gestión Jurídica y Ordenación Local y a la Sección de Asistencia Técnico-Administrativa ambas del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.

Pamplona, 7 de febrero de 2024.–El consejero secretario del Gobierno de Navarra, Félix Taberna Monzón.

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