BOLETÍN Nº 36 - 19 de febrero de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ALTSASU / ALSASUA

Avocación de las competencias delegadas en la Junta de Gobierno Local para el suministro de elementos eléctricos en el complejo deportivo Zelandi

El alcalde del Ayuntamiento de Altsasu / Alsasua, con fecha 6 de febrero ha dictado la siguiente resolución:

Resolución de Alcaldía por la que se amplía el plazo de ejecución del contrato de "Suministro de elementos eléctricos en el complejo deportivo Zelandi de Altsasu / Alsasua".

Por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 21 de noviembre de 2023 se aprobó el expediente de contratación del "Suministro de elementos eléctricos en el complejo deportivo Zelandi", a tramitar por procedimiento simplificado, con un presupuesto de ejecución por contrata de 23.300,00 euros (IVA no incluido).

Por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 19 de diciembre de 2023 se adjudicó a Montajes Eléctricos Pamplona, S.A. el lote 1 del contrato de "Suministro de elementos eléctricos en el complejo deportivo Zelandi", por importe de 9.600,00 euros, así como del lote 2 del mismo contrato, por importe de 7.875,00 euros.

Con fecha 30 de enero de 2024 Montajes Eléctricos Pamplona S.A. solicita ampliación del plazo de ejecución del contrato, alegando que durante su ejecución se ha detectado algún modelo de emergencia diferente a las descritas en el Pliego de Condiciones, así como la necesidad de realizar algún corte de corriente en determinadas zonas para poder hacer los diferentes trabajos, lo cual ha supuesto un retraso en el plazo de ejecución.

Con fecha 1 de febrero de 2024, desde el Área de Deportes se emite informe favorable a la ampliación de plazo.

La Junta de Gobierno Local, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Resolución de Alcaldía número 1157/2023, de 28 de junio, de delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 152/2023, de 21 de julio, es el órgano municipal competente para la concesión de la ampliación de plazo solicitada. Ello, no obstante, en el presente caso son razones de eficacia las que hacen conveniente atribuir dicha competencia a un órgano de carácter unipersonal que no esté sujeto a régimen de convocatoria y de celebración de sesiones, y, en consecuencia, avocar la competencia de la Junta de Gobierno Local en lo referente a dictar el presente acto administrativo. El motivo para llevar a efecto la presente avocación es comunicar a la empresa contratista a la mayor brevedad posible la concesión de ampliación de plazo para la planificación con mayor celeridad de los trabajos pendientes que se van a ejecutar y que motivan la propia ampliación de plazo.

Analizada la solicitud presentada y habiendo informe favorable por parte de la dirección de obra para la concesión de la ampliación solicitada, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO:

1.º Avocar la competencia delegada en la Junta de Gobierno Local en materia de contratación para conceder la ampliación del plazo de ejecución del contrato "Suministro de elementos eléctricos en el complejo deportivo Zelandi de Altsasu / Alsasua".

2.º Asumir la competencia para autorizar la ampliación del plazo de ejecución de los referidos trabajos y, en su virtud, conceder la ampliación del plazo de ejecución de las mismas hasta el día 10 de febrero de 2024.

3.º Notificar el presente acuerdo al adjudicatario, así como dar traslado del mismo al Área de Deportes, a los efectos oportunos.

4.º Remitir anuncio de la presente resolución al Boletín Oficial de Navarra, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, sin perjuicio de la efectividad de la avocación desde el momento en que se suscriba el presente acto administrativo.

5.º Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre de la avocación anterior.

Altsasu / Alsasua, 6 de febrero de 2024.–El alcalde, Javier Ollo Martínez.

Código del anuncio: L2402105