BOLETÍN Nº 35 - 16 de febrero de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 15/2024, de 2 de febrero, del consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente de Rectificación de errores de la Orden Foral 31/2022, de 11 de marzo, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establece el régimen general para la concesión, gestión y control en la Comunidad Foral de Navarra de ayudas de agroambiente y clima (medida 10) y agricultura ecológica (medida 11), incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Foral de Navarra 2014 - 2020.

En el Boletín Oficial de Navarra número 75, de 19 de abril de 2022, se publicó la Orden Foral 31/2022, de 11 de marzo, por la que se establece el régimen general para la concesión, gestión y control de distintas medidas de ayudas agroambiente y clima (medida 10) y agricultura ecológica (medida 11), incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Foral de Navarra 2014 - 2020.

En el artículo 22 punto 4 apartado II se cometió un error al omitir la palabra modificaciones.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 125 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto o la disposición.

La rectificación de errores deberá especificar, en su caso, los efectos jurídicos que de ella se deriven, y se deberá notificar o publicar preceptivamente cuando se refiera a actos que hayan sido objeto de notificación o publicación.

En el presente caso la disposición final única de la Orden Foral 31/2022, establece que la misma se aplicará a las solicitudes de ayuda presentadas desde el 1 de febrero de 2022. Por tanto, la rectificación de errores debe surtir efecto jurídico desde dicha fecha.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

1.º Rectificar el artículo 22.4 apartado II de la Orden Foral 31/2022, de 11 de marzo, del consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establece el régimen general para la concesión, gestión y control en la Comunidad Foral de Navarra de ayudas de agroambiente y clima (medida 10) y agricultura ecológica (medida 11), incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Foral de Navarra 2014 - 2020, de tal modo que:

Donde dice:

"a fecha fin de plazo de la solicitud" .

Debe decir:

"a fecha fin de plazo de modificaciones de la solicitud".

2.º La rectificación de errores tendrá efectos jurídicos desde 1 de febrero de 2022.

3.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 2 de febrero de 2024.–El consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, José M.ª Aierdi Fernández de Barrena.

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