BOLETÍN Nº 27 - 6 de febrero de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MENDAVIA

Calendario laboral para 2024

La alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Mendavia, el día 29 de diciembre de 2023, previa negociación colectiva con los delegados de Personal, dictó la Resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

Por Resolución 250/2023, de 5 de junio, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2024 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra y por Resolución 168/2023, de 28 de noviembre, de la directora general de Economía Social y Trabajo, se determinan las fiestas locales para el año 2024 con carácter retribuido y no recuperable, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. Asimismo, por Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, se publica la relación de fiestas laborales para el año 2024.

Por Decreto Foral 302/2023, de 27 de diciembre, se declaran los días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Foral a efectos de cómputo de plazos para el año 2024.

A la vista de las disposiciones citadas, procede aprobar el calendario laboral para el año 2024 para el personal de las oficinas municipales del Ayuntamiento de Mendavia.

Por lo que, en ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

HE RESUELTO:

1. Aprobar el calendario laboral y de días festivos de 2024 para el personal de las oficinas municipales del Ayuntamiento de Mendavia, declarando festivos los días siguientes:

–1 de enero: Año Nuevo.

–6 de enero: Epifanía del Señor.

–28 de marzo: Jueves Santo.

–29 de marzo: Viernes Santo.

–1 de abril: Lunes de Pascua.

–1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

–20 de mayo: Lunes de Pascua de Pentecostés, Fiesta de las Almendreras.

–25 de julio: Santiago Apóstol.

–15 de agosto: Asunción de la Virgen.

–23 de agosto: Víspera de Fiestas de San Juan Bautista, festivo desde las 12:00 horas.

–26 y 27 de agosto: Fiestas de San Juan Bautista.

–12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

–1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.

–3 de diciembre: San Francisco Javier.

–6 de diciembre: Día de la Constitución.

–25 de diciembre: Navidad.

Se declaran inhábiles, a efectos del cómputo de plazos durante el año 2024, todos los sábados y domingos y los referidos días declarados festivos para las oficinas municipales.

Los citados días, además de todos los sábados del año, permanecerán cerradas las oficinas municipales.

El horario de atención al público de las oficinas será de 9:00 a 14:00 horas.

2. Distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo:

La distribución del cómputo anual de la jornada de trabajo, fijado en 1.592 horas efectivas de trabajo, de conformidad con la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley Foral 13/2012, de 21 de junio, de medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, se realizará de la siguiente forma:

–Horario del personal de oficinas:

  • La jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos.
  • Reducción durante la celebración de las fiestas patronales de San Juan Bautista: El 23 de agosto, víspera de San Juan Bautista, las oficinas municipales permanecerán abiertas hasta las 12:00 horas.

–Horario laboral de la brigada de servicios múltiples:

  • Meses de enero, febrero, octubre, noviembre y diciembre, de 7:50 a 15:00 horas.
  • Meses de marzo, abril y mayo, de 7:40 a 15:00 horas.
  • Meses de junio, julio y agosto de 6:30 a 14:00 horas.
  • Mes de septiembre de 7:30 a 15:00 horas.

Los servicios que deban ser prestados en las fiestas patronales de San Juan Bautista y en Las Almendreras serán tenidos, a efectos exclusivamente retributivos, como festivos.

3. Horario laboral de los agentes municipales:

Dos turnos, en horario de mañana de 7:40 a 15.00 horas de lunes a sábado, y en horario de tarde de 14:40 a 22.00 horas de lunes a viernes. El exceso de horas acumulado se disfrutará a lo largo del año.

4. Para ajustar la distribución del cómputo anual, con carácter general, se tendrá en cuenta lo siguiente: cada persona trabajadora tendrá 3 días libres que podrá disfrutar a su elección, previa solicitud (exceso de horas).

5. Las vacaciones deberán disfrutarse dentro del año 2024, caducando el derecho a las mismas el 31 de enero de 2025, salvo cuando por necesidades del servicio debidamente justificadas, deban de ser aplazadas.

6. Trasladar la presente a los delegados de Personal, a Intervención, proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y en el portal de transparencia de la página web oficial del Ayuntamiento, así como dar cuenta de la misma al pleno de la corporación en la primera sesión ordinaria que éste celebre.

Mendavia, 19 de enero de 2024.–La alcaldesa-presidenta, María José Verano Elvira.

Código del anuncio: L2401152