BOLETÍN Nº 260 - 24 de diciembre de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ZÚÑIGA

Tipos impositivos para 2025

El Pleno del Ayuntamiento de Zúñiga, en sesión celebrada el día 1 de octubre de 2024, aprobó los tipos de gravamen para el año 2025. Sometido el expediente a información pública, previo anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 214, de 22 de octubre de 2024 y en el tablón de anuncios de esta entidad local y habiendo transcurrido el plazo de la misma sin que se hayan presentado reclamaciones, reparos ni observaciones, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, el acuerdo de aprobación inicial pasa a ser definitivo.

Se publica la aprobación definitiva de los tipos de gravamen a regir durante el ejercicio de 2025:

Primero.–Fijar los siguientes tipos impositivos para el 2025:

a) Fijar en el 0,45 el tipo de gravamen para la contribución rústica y urbana.

b) Aplicar el índice 1 al impuesto de actividades económicas.

c) Impuesto de construcciones, obras y servicios (ICIO).

–Un 4% sobre el presupuesto de ejecución material.

d) En relación con el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de Naturaleza Urbana, son de aplicación los tipos mínimos establecidas en los artículos 175 y 178 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

e) Aplicar las tarifas del impuesto de circulación.

f) Tasas:

–Expedición de tarjeta de circulación por la vía verde: 5 euros/tarjeta.

–Agua de riego: 0,12 euros metro cúbico.

–Canon anual agua de riego: 15 euros/contador.

–Abono para la utilización de la de la sala municipal adyacente al bar: 20 euros/año.

–Fianza por préstamo de equipo de sonido: 150 euros.

Segundo.–En relación con las tasas y precios públicos serán de aplicación las previstas para el 2025.

Tercero.–Los impuestos y tasas fijados en el presente acuerdo serán de aplicación a partir del 1 de enero de 2025.

Lo que se expone para general conocimiento y efectos, advirtiendo que contra este acuerdo podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación o, previamente y con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano emanante del mismo en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, o recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde la notificación del mismo.

Zúñiga, 10 de diciembre de 2024.–El alcalde, Pedro María Oteiza Díaz.

Código del anuncio: L2417957

Hace cien años

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