BOLETÍN Nº 258 - 20 de diciembre de 2024

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 111/2024, de 20 de noviembre, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se hace extensiva a la convocatoria de huelga realizada por Confederación General del Trabajo (CGT) en el ámbito del transporte de personas urbano e interurbano, para los días 28 y 29 de noviembre de 2024, 5 y 9 de diciembre de 2024 (desde las 00:00 horas hasta las 24:00 horas) y a partir de las 00:00 horas del 23 de diciembre de 2024 con una duración indefinida, la aplicación de las Órdenes Forales 97/2024 y 98/2024, de 22 de octubre, del consejero de Cohesión Territorial, estableciendo los mismos servicios mínimos determinados, respectivamente, en el transporte regular interurbano de viajeros por carretera en la Comunidad Foral de Navarra y en el transporte regular de viajeros de la Comarca de Pamplona.

Con fecha 15 de noviembre de 2024 el sindicato Confederación General del Trabajo (CGT) ha convocado huelga en el sector de transporte de personas urbano e interurbano y transporte de mercancías por carretera para los días 28 y 29 de noviembre de 2024, 5, 9 y 23 de diciembre de 2024 y con carácter indefinido a partir del día 23 de diciembre de 2024.

La convocatoria ha sido realizada para unas fechas coincidentes con la huelga convocada por FSC-CCOO, FESMC-UGT y SLT a nivel estatal en el ámbito del transporte de viajeros. Los servicios mínimos para la huelga convocada por estas organizaciones sindicales fueron establecidos por las siguientes Órdenes Forales:

–Orden Foral 97/2024, de 22 de octubre, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se establecen los servicios mínimos del transporte regular interurbano de viajeros por carretera en la Comunidad Foral de Navarra, con motivo de la huelga convocada durante los días 28 de octubre de 2024, 11 de noviembre de 2024, 28 y 29 de noviembre de 2024, 5 de diciembre de 2024, 9 de diciembre de 2024 (desde las 00:00 horas hasta las 24:00 horas) y a partir de las 00:00 horas del 23 de diciembre de 2024 con una duración indefinida (Boletín Oficial de Navarra número 227, de 8 de noviembre de 2024).

–Orden Foral 98/2024, de 22 de octubre, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se establecen los servicios mínimos del transporte regular de viajeros de la Comarca de Pamplona con motivo de la huelga sectorial convocada por FSC-CCOO, FESMC-UGT y SLT durante los días 28 de octubre de 2024, 11 de noviembre de 2024, 28 y 29 de noviembre de 2024, 5 de diciembre de 2024, 9 de diciembre de 2024 (desde las 00:00 horas y hasta las 24:00 horas), y a partir de las 00:00 horas del 23 de diciembre de 2024 con una duración indefinida (Boletín Oficial de Navarra número 227, de 8 de noviembre de 2024).

En consecuencia, dado la coincidencia de las fechas de las huelgas convocadas, se considera que para la huelga convocada por Confederación General del Trabajo (CGT) procede hacer extensiva la aplicación de las citadas Órdenes Forales estableciendo en el sector de transporte de viajeros los mismos servicios mínimos determinados en las mismas.

En su virtud, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Constitución Española, el artículo 10 párrafo 2 del Real Decreto Ley 17/1997, de 4 de marzo, y los artículos 49 y 58.1.b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, de conformidad con la propuesta formulada por el Servicio de Planificación y Modernización de Transportes y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

1.º El ejercicio de la huelga convocada por Confederación General del Trabajo (CGT) en el transporte de viajeros por carretera para los días 28 y 29 de noviembre de 2024, 5 y 9 de diciembre de 2024, y a partir del 23 de diciembre de 2024 desde las 00:00 con una duración indefinida, deberá respetar el mantenimiento de los servicios mínimos determinados para dichas fechas en las siguientes Órdenes Forales:

–Orden Foral 97/2024, de 22 de octubre, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se establecen los servicios mínimos del transporte regular interurbano de viajeros por carretera en la Comunidad Foral de Navarra, con motivo de la huelga convocada durante los días 28 de octubre de 2024, 11 de noviembre de 2024, 28 y 29 de noviembre de 2024, 5 de diciembre de 2024, 9 de diciembre de 2024 (desde las 00:00 horas hasta las 24:00 horas) y a partir de las 00:00 horas del 23 de diciembre de 2024 con una duración indefinida (Boletín Oficial de Navarra número 227, de 8 de noviembre de 2024).

–Orden Foral 98/2024, de 22 de octubre, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se establecen los servicios mínimos del transporte regular de viajeros de la Comarca de Pamplona con motivo de la huelga sectorial convocada por FSC-CCOO, FESMC-UGT y SLT durante los días 28 de octubre de 2024, 11 de noviembre de 2024, 28 y 29 de noviembre de 2024, 5 de diciembre de 2024, 9 de diciembre de 2024 (desde las 00:00 horas y hasta las 24:00 horas), y a partir de las 00:00 horas del 23 de diciembre de 2024 con una duración indefinida (Boletín Oficial de Navarra número 227, de 8 de noviembre de 2024).

2.º Notificar a Confederación General del Trabajo (CGT) la presente orden foral y las citadas Órdenes Forales 97/2024 y 98/2024, de 22 de octubre, del consejero de Cohesión Territorial.

3.º Notificar la presente orden foral a las empresas que prestan servicios de transporte regular interurbano de viajeros de uso general de titularidad de la Comunidad Foral de Navarra, a la Dirección General de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos del Departamento de Educación, a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, a Transports Ciutat Comtal, SA, y al Servicio de Planificación y Modernización de Transportes, a los efectos oportunos.

4.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Señalar que, contra la presente orden foral, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la presente orden foral agota la vía administrativa para las Administraciones públicas, quienes podrán interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 20 de noviembre de 2024.–El consejero de Cohesión Territorial, Óscar Chivite Cornago.

Código del anuncio: F2416959

Hace cien años

Boletín Oficial de Navarra

Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.

31001 - Pamplona (Navarra)

848 42 12 50

bon@navarra.es