BOLETÍN Nº 25 - 2 de febrero de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CORELLA

Exposición pública de terreno comunal a favor de Chilos Solar 2, SL

El Ayuntamiento de Corella en sesión extraordinaria del Pleno municipal celebrado el 9 de enero de 2024, adoptó el siguiente,

ACUERDO:

Resultando que con fecha 26 de mayo de 2023 la empresa Chilos solar 2, SL, previa solicitud de desistimiento de las anteriores instancias, solicita se tramite desafectación para imposición de servidumbre de paso eléctrica que permita la ejecución de las infraestructuras de evacuación de energía producida por el parque fotovoltaico IFV Navas.

Considerando que se han emitido los informes que obran en expediente instruido al efecto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 y siguientes de la Ley Foral de Administración Local de Navarra 6/1990, artículos 143 y siguientes del Decreto Foral 280/1990 de Reglamento de bienes de las entidades locales de Navarra y artículos 22 y 47 de la Ley de Bases de Régimen Local 7/1985.

Visto el dictamen de la comisión informativa de agricultura de fecha 27/12/2023.

Se acuerda por mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación municipal,

Primero.–Aprobar inicialmente la desafectación de 211,76 m² de terreno comunal en el paraje del Juncal, polígono 8, parcela 817 para su posterior gravamen y servidumbre de paso eléctrico, de conformidad con el proyecto tramitado en el Gobierno de Navarra, y Resolución 222E/2022 de 1 de julio de 2022 de autorización de actividades en suelo no urbanizable al parque fotovoltaico y su línea de evacuación.

Segundo.–Aprobar el pliego de condiciones que regirá la desafectación y posterior constitución de gravamen y servidumbre.

Tercero.–Someter el acuerdo a exposición pública, en el tablón municipal, por el plazo de un mes, previo anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, al objeto de que puedan formularse dentro de este plazo alegaciones o reclamaciones.

Cuarto.–Determinar que, transcurrido el plazo, si existieran reclamaciones deberán resolverse por el pleno adoptándose el acuerdo pertinente y en el caso de no haberlas el acuerdo inicial pasará a ser definitivo.

Quinto.–Cumplidos los trámites precedentes, remitir el expediente, con la documentación acreditativa del cumplimiento de lo previsto en la normativa, los documentos de identificación de las fincas y el pliego de condiciones que han de regir la constitución de la servidumbre, en solicitud de que se adopte acuerdo por el Gobierno de Navarra aprobando la desafectación.

Corella, 10 de enero de 2024.–El alcalde, Gorka García Izal.

Código del anuncio: L2400612