BOLETÍN Nº 246 - 5 de diciembre de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LAZAGURRÍA

Convocatoria para la adjudicación de una licencia de taxi

Vistas las bases de la convocatoria para el otorgamiento mediante concurso de una licencia de taxi para la prestación del servicio urbano en el término municipal de Lazagurría.

Esta alcaldía, en uso de sus atribuciones conferidas por el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y demás disposiciones concordantes,

HA RESUELTO:

Primero.–Aprobar la convocatoria y sus bases.

Segundo.–Publicar la presente convocatoria, sus bases y anexos en el boletín oficial de Navarra y la sede electrónica.

Lazagurría, 23 de octubre de 2024.-El alcalde, Máximo López Caro.

La presente convocatoria se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en la normativa que resulte de la aplicación y a lo establecido en las siguientes:

BASES

1.–Objeto.

Constituye el objeto de la presente convocatoria la adjudicación mediante concurso de una licencia para la prestación del servicio urbano de taxi en el municipio de Lazagurría con un plazo indefinido, pero su validez quedará condicionada a la comprobación periódica establecida en las presentes bases. El servicio se prestará íntegramente en el término municipal de Lazagurría. Por mandato del artículo 18 de la Ley Foral 9/2005 del taxi, para la prestación de servicios interurbanos, quien resulte titular de la licencia deberá solicitar la correspondiente autorización al Gobierno de Navarra.

2.–Régimen jurídico.

El régimen jurídico aplicable a las licencias objeto de la presente convocatoria se contiene en la siguiente normativa:

–Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi.

–Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra.

–Decreto Foral 280/1990, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades de Navarra.

–Decreto del 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.

Y por las demás disposiciones que en el desarrollo o complemento de las citadas sean de aplicación.

3.–Condiciones necesarias para participar en el concurso para ser titular de la licencia de taxi.

1. Las condiciones necesarias para participar en el concurso son las siguientes:

a) Ser persona física.

b) Tener la nacionalidad española o bien la de un Estado de la Unión Europea o de otro país extranjero con el que, en virtud de lo dispuesto en Acuerdos, Tratados o Convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el citado requisito o, en otro caso, contar con las autorizaciones o permisos de trabajo que, con arreglo a lo dispuesto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, resulten suficientes para amparar la realización de la actividad de transporte en nombre propio.

c) Acreditar la disponibilidad del vehículo en régimen de propiedad, de arrendamiento u otro título admitido en el ordenamiento jurídico, y que dicho vehículo reúna las siguientes condiciones:

–Los vehículos deberán estar clasificados, en su correspondiente ficha de características técnicas, como turismos y reunir las características exigidas por la normativa vigente y cumplir los requisitos y especificaciones necesarios para los vehículos adaptados a las personas que usen sillas de ruedas.

–Las configuraciones de cada modelo no tendrán nunca carácter deportivo.

–Los vehículos contarán con 4 puertas para el acceso de ocupantes y, en todo caso, la disposición de estas asegurará el acceso y la salida de las plazas posteriores por ambos lados y de manera independiente de las plazas delanteras. Excepcionalmente, los vehículos adaptados para personas con movilidad reducida podrán admitir un portón trasero y/o lateral para que los usuarios accedan con sillas de ruedas, incluyendo la posibilidad de homologar conforme a la normativa vigente, otros vehículos con el fin de que tengan capacidad para ocupar el taxi un cliente en silla de ruedas.

–Se exige a todos los vehículos que estén equipados con aire acondicionado o climatizador.

–Con carácter general, las licencias se otorgarán para vehículos con una capacidad máxima de nueve plazas, incluida la del conductor y deberán estar habilitados para personas con movilidad reducida y adaptados a las características de la zona donde haya de prestarse el servicio, en particular cuando se trate de zonas de especiales características geográficas, de población etc.

d) Cumplir las obligaciones de carácter fiscal, laboral y social establecidas en la normativa vigente y hallarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Lazagurría, suponiendo la presentación a la convocatoria autorización suficiente para que esta entidad pueda hacer las pertinentes comprobaciones.

e) Tener cubierta la responsabilidad civil por daños que puedan ocasionarse en el transcurso del servicio en los términos establecidos en la normativa vigente.

f) No tener otra licencia de taxi.

g) No tener antecedentes penales.

4.–Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes de los interesados deberán ajustarse a las bases y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el solicitante del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.

Cada licitador no podrá presentar más de una oferta.

Las solicitudes se presentarán presencialmente en horario de atención ciudadana, en el Registro General del Ayuntamiento de Lazagurría, sito en calle Mayor número 82, en el plazo a 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de las presentes bases en el Boletín Oficial de Navarra, según el modelo de solicitud del anexo.

Podrán presentarse solicitudes por correo, en cuyo caso el interesado/a deberá enviar, antes de que finalice el plazo establecido en el párrafo anterior, por correo electrónico (Ayuntamientolazagurria@lazagurria.es), el resguardo correspondiente acreditando la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos. Sin cumplir tales requisitos, no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera de plazo establecido.

No obstante, transcurridos 4 días naturales desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.

5.–Documentación.

Las solicitudes se presentarán en dos sobres en los que figurará la siguiente leyenda: "Concurso para la adjudicación de una licencia para la prestación del servicio de taxi en Lazagurría", y el nombre, apellidos, número de DNI y firma de la persona que presenta la solicitud, así como el título de cada sobre, que será respectivamente:

–Sobre número 1: Documentación administrativa.

–Sobre número 2: Documentación técnica.

1.–En el sobre número 1, titulado "documentación administrativa" incluirá:

  • Fotocopia del documento nacional de identidad en vigor de la persona que presenta la solicitud.
  • Fotocopia del carnet de conducir vigente.
  • Solicitud de participación y declaración responsable conforme el anexo I.

2.–En el sobre número 2, titulado "documentación técnica": deberá incluirse conforme al modelo que se adjunta como anexo número II, la documentación que aporte el solicitante para que se valoren y puntúen los criterios de adjudicaciones establecidos en la cláusula 6 de las presentes bases.

6.–Criterios de adjudicación.

Para la adjudicación de las licencias se tendrán en cuenta los siguientes criterios, debidamente ponderados, pudiendo obtener un máximo de 30 puntos:

1. Se valorará con un máximo de 5 puntos, la capacidad del vehículo según el baremo que se indica a continuación:

  • 9 plazas incluyendo conductor: 5 puntos.
  • 8 plazas incluyendo conductor: 4 puntos.
  • 7 plazas incluyendo conductor: 3 puntos.

2. Oferta de servicio: En este aspecto se valora con 10 puntos, el compromiso ofertado para la prestación del servicio en una serie de periodos especiales: horario nocturno, festivos y fines de semana.

  • Por prestación de servicio en horario nocturno: 2 puntos.
  • Por prestación de servicio en día festivo: 2 puntos.
  • Por prestación de servicio en fines de semana: 2 puntos.
  • Por prestación de 8 horas diarias en Lazagurría: 4 puntos.

3. Combustibles y motores menos contaminantes, conforme a distintivos de la Dirección General de Tráfico:

Se valorará con un máximo de 4 puntos el compromiso ofertado para la utilización de vehículos que supongan utilización de combustibles y motores que resulten menos contaminantes. Según el siguiente baremo:

  • Distintivo Cero Emisiones: 4 puntos.
  • Distintivo ECO: 3 puntos.
  • Distintivo Verde - C: 2 puntos.
  • Distintivo B: 1 punto.

Distintivo ambiental según Dirección General de Tráfico: https://www.pegatinas-dgt.com/

Clasificación según la base de datos elaborada por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía del Ministerio de Industria, Energía y Turismo del Gobierno de España (I.D.A.E.) (https://coches.idae.es).

En caso de empate en la puntuación total, en cumplimiento del artículo 5.5 de la Ley Foral 9/2005 de 6 de julio, este se dirimirá a favor de la oferta que favorezca la incorporación dela mujer al sector del taxi, es decir, a favor de las solicitantes mujeres. Si persistiese el empate, se resolverá mediante sorteo.

4. Se valorará con un máximo de 6 puntos el estar empadronado en Lazagurría.

5. Se valorará con un máximo de 5 puntos que el vehículo conste domiciliado en Lazagurría.

7.–Comisión de Valoración.

La Comisión encargada de la calificación de la documentación y evaluación de las propuestas estará formada por:

–Presidente: Máximo Lopez Caro, alcalde del Ayuntamiento de Lazagurría.

–Vocal 1: Jon Palacios Baztán, concejal del Ayuntamiento de Lazagurría.

–Vocal 2: Jesús Sagredo Baños, concejal del Ayuntamiento de Lazagurría.

–Vocal-secretario: Irene Úriz López, secretaria del Ayuntamiento de Lazagurría.

8.–Apertura de los sobres y valoración.

Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Comisión, en acto interno, procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre número 1 en sesión no pública.

Se publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento la lista provisional de los solicitantes admitidos y excluidos. Los aspirantes podrán formular reclamaciones y subsanar los defectos en que pudieran haber incurrido en el plazo que indique la propia lista provisional de solicitantes admitidos.

El día indicado en la lista provisional de solicitantes se publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento la lista definitiva con los aspirantes admitidos y excluidos. En caso de no existir excluidos en la lista provisional de solicitantes, la lista provisional pasará a ser definitiva y así se indicará.

La lista definitiva de solicitantes determinará día, hora y lugar en el que se procederá a la apertura de los sobres correspondientes a la documentación técnica.

Una vez conocidos los solicitantes admitidos a optar a una licencia, también en acto interno, se procederá a la apertura y análisis del contenido del sobre número 2 conforme a los criterios de adjudicación contenidos en la base 6.

La Comisión en acto público que se celebrará en el día, hora y lugar indicando en la lista definitiva de solicitantes dará cuenta de la puntuación obtenida por el análisis del contenido del sobre número 2 conforme a los criterios de adjudicación.

En un plazo máximo de 5 días, se publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en la sede electrónica, el listado de puntuación con el orden de preferencia, resultando adjudicataria provisional la persona que más puntuación haya obtenido.

9.–Adjudicación de licencia.

1. La adjudicataria provisional deberá presentar en el plazo 6 meses desde la notificación de la adjudicación la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas para su otorgamiento y, en particular:

–La relativa a la disposición del vehículo al que se adscribirá la licencia, que deberá ajustarse a la oferta presentada, así como cumplir las características previstas en la Ley Foral del Taxi.

–La contratación de los seguros, y en su caso, de conductor asalariado.

–Alta, referida al ejercicio corriente, y en su caso, último recibo del impuesto sobre actividades económicas.

–Certificado del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra y demás órganos competentes de las Administraciones públicas respecto de las cuales el licitador tenga obligaciones tributarias, acreditativos de que se halla la corriente de las mismas, expedido con una antelación no superior a 6 meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.

–Certificado expedido por la Seguridad Social acreditativo de estar inscrita en el sistema de Seguridad Social, estar afiliados o haber afiliado y dado de alta a los trabajadores, haber presentado los documentos de cotización correspondientes y hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de la Seguridad Social que le impone las disposiciones vigentes, expedido con una antelación no superior a 6 meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.

–Declaración del licitador, o en su caso de su apoderado o representante, en la que se afirme bajo su responsabilidad hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y prevención de riesgos laborales, impuestas por las disposiciones vigentes.

2. En el caso de que la persona adjudicataria provisional no presente en el plazo de 6 meses desde la notificación de la adjudicación de la licencia, la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas para su otorgamiento (en particular la relativa a la disposición de vehículo, la contratación de seguros, en su caso, del conductor asalariado) será descartado del proceso de adjudicación de licencias, ocupando su lugar la primera persona candidata según el orden de preferencia establecido que no hubiere sido adjudicataria provisional de licencia.

3. Presentada dicha documentación y estimada conforme a la Comisión de Valoración se formulará propuesta de adjudicación y, mediante resolución de alcaldía se adjudicará definitivamente y con carácter indefinido la licencia de taxi, publicándose en el Boletín Oficial de Navarra, la persona en favor de la que se adjudique definitivamente la licencia para la prestación del servicio urbano del taxi en Lazagurría.

10.–Obligaciones de quien resulte titular de la licencia.

Los derechos y obligaciones del titular de la licencia son los que nacen de este pliego, que tendrá carácter contractual, y de la licencia otorgada por el Municipio, así como los derivados de la legislación aplicable.

Quien resulte de la adjudicación definitiva de una licencia de taxi deberá mantener las condiciones establecidas por el artículo 6 de la Ley Foral 9/2005 del Taxi para ser titular de la licencia de taxi.

Igualmente, todas las características valoradas en este concurso según los criterios definidos en la base número 6 deberán ser mantenidas vinculadas a la licencia durante todo el tiempo de vigencia de la misma.

La licencia será transmisible previa autorización del alcalde de Lazagurría, siempre que el adquirente cumpla todas las condiciones exigidas en estas bases y siguiendo lo estipulado en el artículo 12 de la Ley Foral 9/2005 del Taxi.

En el plazo de 2 meses contados desde la fecha de la concesión de las distintas licencias municipales, su titular vendrá obligado a prestar el servicio de forma inmediata y con el vehículo afecto al mismo.

Los titulares de las licencias y autorizaciones de taxi podrán prestar el servicio personalmente o mediante personal contratado, siempre y cuando respeten las especificaciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Foral 9/2005, de 6 de julio, del Taxi, pudiendo contratar un máximo de un conductor para cubrir horas valle, fines de semana, días festivos o vísperas de festivo, acontecimientos singulares, fiestas patronales o similares. No pudiendo rebasar la prestación del servicio de taxi a través de personal contratado, el tiempo de prestación del servicio por el titular de la licencia, excepto en los casos de invalidez o incapacidad laboral transitoria del titular en cuyo caso se seguirá lo dispuesto en el citado artículo.

El titular de la licencia deberá respetar la normativa vigente en materia de protección de datos.

11.–Causas de suspensión.

Serán causas de suspensión y las mismas supondrán la retirada de la licencia:

–No cumplir las condiciones de estas bases.

–Las dispuestas en la Ley Foral 9/2005 de 6 de julio, del taxi.

12.–Antigüedad y renovación de los vehículos.

Solamente podrán adscribirse a las nuevas licencias y autorizaciones de taxi los vehículos con una antigüedad inferior a un año, contada desde su primera matriculación.

El titular de la licencia podrá sustituir el vehículo adscrito a esta cuando lo desee y obligatoriamente, antes de alcanzar los 10 años de antigüedad.

13.–Servicios interurbanos.

Dentro del servicio de auto-taxis, aun siendo específicamente urbano, podrán prestarse servicios interurbanos, para lo cual los vehículos deberán de proveerse de las autorizaciones correspondientes conforme se dispone en los artículos 16, 17 y 18 de la LFT.

14.–Órganos de inspección.

La vigilancia e inspección de los servicios urbanos de taxi corresponderá al ayuntamiento.

Los inspectores tienen el carácter de autoridad pública en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos constatados en las actas e informes de los servicios de inspección o en las denuncias formuladas por las fuerzas que legalmente tienen atribuida la vigilancia del transporte tendrán valor probatorio, sin prejuicio de las pruebas que en su defensa puedan aportar los propios administrados.

Los titulares de las licencias vendrán obligados a facilitar al personal de la inspección en el ejercicio de sus funciones el examen de los documentos que estén obligados a llevar.

15.–Reclamaciones de los usuarios.

Cada vehículo llevará un único libro de reclamaciones.

16.–Cláusulas de información y consentimiento.

En cumplimiento de la normativa vigente de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos que se nos faciliten serán incorporados a nuestro fichero de "licitaciones", con la finalidad de gestionar las adjudicaciones públicas pertinentes, los servicios y su tratamiento de forma adecuada. Así mismo, comunicamos que podrán ser cedidos a terceros en el cumplimiento legal de las bases de licitaciones, siendo documentación pública a disposición de las personas legitimadas. Si se desea se puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación del tratamiento y oposición de sus datos dirigiéndose al Registro General del Ayuntamiento de Lazagurría.

17.–Jurisdicción y recursos.

Cuantas incidencias se deriven de la aplicación e interpretación de las presentes bases serán resueltas en primer término por el órgano competente para la adjudicación de las licencias, cuyas resoluciones podrán ser impugnadas de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra, en la Ley 39/2015 y en el caso de que se recurra ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de dicha jurisdicción.

ANEXO I.–SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y DECLARACIÓN RESPONSABLE

Don/doña ................................................................................................................................................
DNI/NIF ....................... con domicilio a efectos de notificación en ........................................................
C.P. ...................., localidad .............................................. teléfono ...................................., en nombre propio o en representación de (táchese lo que no proceda) ................................................................ con CIF..........................., con dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones a través de medios: ........................................................................................................

EXPONGO:

Que estoy interesado/a en participar en la convocatoria para el otorgamiento mediante concurso de una licencia para la prestación del servicio de taxi urbano en el término municipal, conforme al condicionado que fue aprobado por el Ayuntamiento de Lazagurría, por resolución de alcaldía 42/2024 de 23 de octubre de 2024, que declaro conocer y a cuyo cumplimiento me comprometo, y que ha sido publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ..............., de fecha......................................................., y a tal efecto,

DECLARO RESPONSABLEMENTE:

–Que me encuentro al corriente del cumplimiento de las obligaciones de carácter fiscal, laboral y social establecidas en la normativa vigente.

–Que me encuentro al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales, impuestas por las disposiciones vigentes.

–Que no padezco enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión.

–Que carezco de antecedentes penales.

–Que no he sido sancionado/a por procedimiento penal y/o administrativo con retirada del carnet de conducir.

–Que me comprometo a aportar un vehículo que reúna las condiciones establecidas en la base 3 del condicionado aprobado por el Ayuntamiento de Lazagurría.

–Que acepto todos los términos establecidos en el citado condicionado aprobado por el Ayuntamiento de Lazagurría.

–Que me comprometo a acreditar la posesión y validez de todos los documentos a que se hace referencia en esta declaración, en cualquier momento en que sea requerido/a para ello.

Y SOLICITO:

Ser admitida/o a la convocatoria para la adjudicación mediante concurso de una licencia para la prestación de la convocatoria para el otorgamiento mediante concurso de una licencia para la prestación del servicio de taxi urbano en el término municipal, conforme al condicionado que fue aprobado por el alcalde de Lazagurría por Resolución de Alcaldía 42/2024 de 23 de octubre de 2024, que declaro conocer y a cuyo cumplimiento me comprometo, y que ha sido publicada en el Boletín Oficial de Navarra número .........., de fecha..........................................

Y a tal efecto adjunta a la presente solicitud fotocopia del DNI y fotocopia del carnet de conducir vigente.

En............................................., a............. de.................................... de 2024

(Firma)

Señor ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE LAZAGURRÍA.

ANEXO II.–DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

Don/doña ................................................................................................................................................
DNI/NIF ....................... con domicilio a efectos de notificación en ........................................................
C.P. ...................., localidad .............................................. teléfono ...................................., en nombre propio o en representación de (táchese lo que no proceda) ................................................................. con CIF...........................,

Habiendo sido admitida/o a la convocatoria para la adjudicación mediante concurso de una licencia para la prestación del servicio de taxi urbano en el término municipal de Lazagurría, conforme al condicionado que fue aprobado por el Ayuntamiento de Lazagurría por resolución de alcaldía 42/2024 de 23 de octubre de 2024, que declaro conocer y a cuyo cumplimiento me comprometo, y que ha sido publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ..............., de fecha.......................................................,

APORTO la documentación para que se valoren y puntúen los criterios de adjudicación establecidos en la cláusula 6 de las bases de la convocatoria para la adjudicación mediante concurso de una licencia para la prestación del servicio urbano del taxi en Lazagurría, que se corresponde con los siguientes aspectos:

1. Capacidad del vehículo según el baremo que se indica a continuación (marcar con x lo que proceda):

9 PLAZAS INCLUYENDO CONDUCTOR/A

5 PUNTOS

8 PLAZAS INCLUYENDO CONDUCTOR/A

4 PUNTOS

7 PLAZAS INCLUYENDO CONDUCTOR/A

3 PÙNTOS

2. Compromiso de oferta de servicio (marcar con x lo que proceda):

POR PRESTACIÓN DE SERVICIO EN HORARIO NOCTURNO

2 PUNTOS

POR PRESTACIÓN DE SERVICIO EN FINES DE SEMANA

2 PUNTOS

POR PRESTACIÓN DE SERVICIO EN DÍAS FESTIVOS

2 PUNTOS

POR PRESTACIÓN DE 8 HORAS DIARIAS EN LAZAGURRÍA

4 PUNTOS

3. Combustibles y motores menos contaminantes, conforme a distintivos de la Dirección General de Tráfico (marcar con x lo que proceda):

DISTINTIVO CERO EMISIONES

4 PUNTOS

DISTINTIVO ECO

3 PUNTOS

DISTINTIVO VERDE -C

2 PUNTOS

DISTINTIVO B

1 PUNTO

Distintivo Ambiental según Dirección General de Tráfico: https://www.pegatinas-dgt.com/.

4. Consta empadronado en Lazagurría, (marcar con x lo que proceda):

SÍ, ESTOY EMPADRONADO EN LAZAGURRÍA

NO, NO ESTOY EMPADRONADO EN LAZAGURRÍA

5. Consta el vehículo domiciliado en Lazagurría, (marcar con x lo que proceda):

SÍ, EL VEHÍCULO ESTÁ DOMICILIADO EN LAZAGURRÍA

NO, EL VEHÍCULO NO ESTÁ DOMICILIADO EN LAZAGURRÍA

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente declaración.

En................................................, a............. de................................................ de 2024

(Firma)

Código del anuncio: L2415444

Hace cien años

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