2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
GOIZUETA
Tipos impositivos para 2025
El Pleno del Ayuntamiento de Goizueta, en sesión celebrada con fecha de 12 de noviembre de 2024, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 2/95 de Haciendas Locales de Navarra, adoptó el siguiente acuerdo:
1.–Establecer los tipos impositivos de los impuestos municipales para el año 2025 en los siguientes términos:
1.1. Establecer el tipo de gravamen de la contribución territorial urbana en 0,27% sobre el valor catastral.
1.2. Establecer el tipo de gravamen de la contribución territorial rústica en 0,27% sobre el valor catastral.
1.3. Establecer el tipo de gravamen del impuesto municipal sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) en un 4,5% sobre el presupuesto de ejecución material.
1.4. Respecto al impuesto del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, aplicar los coeficientes establecidos en la Ley Foral 2/1995 y el tipo de gravamen mínimo establecido en la Ley Foral 2/1995.
1.5. Impuesto sobre actividades económicas: aplicar las tarifas previstas en la Ley y el tipo de gravamen mínimo establecido en la ley.
1.6. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Aplicar las tarifas previstas en la Ley.
2.–El presente acuerdo entrará en vigor el día uno de enero del año 2025.
3.–Lo que se hace público para su conocimiento y efectos, en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de Navarra.
Goizueta, 12 de noviembre de 2024.–El alcalde, Unai Miranda Berroeta.
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