BOLETÍN Nº 242 - 28 de noviembre de 2024

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

ORKOIEN

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de personal de trabajador/trabajadora familiar

El alcalde del Ayuntamiento de Orkoien, mediante Resolución de Alcaldía número 2024-0859, de fecha 14 de noviembre, aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de trabajador/trabajadora familiar con destino al Servicio Social de Base del Ayuntamiento de Orkoien.

Esta convocatoria se regirá por las siguientes bases:

1.–Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza a jornada completa (número 47 de la plantilla orgánica municipal) del puesto de trabajo de trabajador/trabajadora familiar, en régimen laboral fijo:

1.2. Asimismo, es objeto de la presente convocatoria constituir, con aquellas personas aspirantes que no obtenga plaza en el procedimiento, una relación de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en las bases 12 y 13 de la presente convocatoria.

1.3. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.4. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel D de los establecidos en el Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, Reglamento provisional de retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y los complementos retributivos establecidos en la plantilla orgánica del Ayuntamiento.

1.5. Las principales funciones a desempeñar por las personas seleccionadas serán, entre otras, la prestación de los servicios de atención domiciliaria en los diferentes domicilios particulares sitos en los municipios que forman parte del Servicio Social de Orkoien:

–Valle de Iza:

  • Iza.
  • Lete.

–Valle de Goñi:

  • Aizpún.
  • Goñi.
  • Urdánoz.
  • Azanza.
  • Munárriz.

–Valle de Ollo:

  • Anotz.
  • Iltzarbe.
  • Saldise.
  • Ultzurrun.
  • Eguillor.
  • Arteta.
  • Ollo.
  • Senosiain.
  • Beasoain.

–Valle de Etxauri.

–Cendea de Oltza:

  • Ororbia.
  • Arazuri.
  • Artázcoz.
  • Asiain.
  • Ibero.
  • Izcue.
  • Izu.
  • Lizasoain.
  • Oltza.

–Belascoain.

–Zabalza:

  • Arraiza.
  • Ubani.
  • Zabalza.

–Ciriza.

–Echarri.

–Bidaurreta.

Por ello será preciso el desplazamiento entre el Centro Cívico, sede de Servicios Sociales en Orkoien, hasta los lugares de trabajo concretos. El desplazamiento deberá llevarse a cabo por cada trabajador/a por sus propios medios haciéndose cargo el Ayuntamiento de Orkoien del pago del kilometraje según lo dispuesto en cada momento por Gobierno de Navarra. Las funciones comprenderán todas aquellas tareas encaminadas a la atención a la familia y al cuidado del hogar de aquellas personas o familias que, debido a su situación, requieran ser atendidas por el Servicio de Atención Domiciliaria. Así mismo, se le podrán encomendar otras tareas análogas dentro del mismo nivel a requerimiento municipal.

1.6. En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, así como en las demás normas de aplicación.

2.–Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Para ser admitidas en este concurso-oposición, las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrá también participar el / la cónyuge de las personas de nacionalidad española, de las personas de un Estado miembro de la Unión Europea y de las personas nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado/separada de derecho, así como sus descendientes y los / las del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes (resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención).

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Hallarse en posesión de alguno de las siguientes titulaciones:

–Certificado de profesionalidad de Atención Sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (Código SSCS0208).

–Certificado de profesionalidad de Atención Sociosanitaria a personas en el domicilio (Código SSCS0108).

–Certificado de profesionalidad de Auxiliar de Ayuda a Domicilio (Código SSCS30).

–Habilitación excepcional o habilitación provisional en las categorías profesionales de gerocultor/gerocultora, cuidador/cuidadora y auxiliar de ayuda a domicilio y asistente personal de los centros y servicios del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, conforme a resolución 1653/2018 de 13 de marzo.

–Otras titulaciones oficiales o certificados de profesionalidad equivalentes a los aquí enumerados.

Se admitirán también las candidaturas de aquellas personas aspirantes que estén en posesión de alguno de los siguientes títulos:

–Técnico/técnica en Atención a Personas en Situación de Dependencia.

–Técnico/técnica en Cuidados Auxiliares de Enfermería.

–Técnico/técnica en Atención Sociosanitaria.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separada del servicio de una Administración pública.

g) Permiso de conducir vehículos de la clase B1 y compromiso firmado de la persona aspirante de que podrá desplazarse por sus propios medios (indicarlo en la propia instancia).

Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por las aspirantes aprobadas que obtengan puesto de trabajo en el plazo y forma previstos en la base 9 de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de la selección y hasta el momento de la contratación.

3.–Instancias.

3.1. Las instancias solicitando participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General, presencial o electrónico, del Ayuntamiento de Orkoien, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I, donde las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3.2. A la instancia deberá acompañarse fotocopia del documento nacional de identidad o documento oficial equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad de la persona aspirante, y los certificados originales o copias autenticadas acreditativos de los méritos que el aspirante desee hacer valer en la fase de concurso.

3.3. Las personas que posean discapacidad deberán presentar la documentación justificativa de la misma, de cara a futuros llamamientos que se puedan realizar.

3.4. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.5. Las personas aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, y expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el alcalde presidente del Ayuntamiento de Orkoien dictará resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de las listas provisionales en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, el alcalde presidente del Ayuntamiento de Orkoien dictará resolución aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5.–Composición, constitución y actuación del tribunal calificador.

5.1. El tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: don Alejandro López Orejuela, alcalde del Ayuntamiento de Orkoien.

Suplente: doña Carol García Pellejeros, teniente de alcaldía y concejala de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Orkoien.

Vocal 1: doña Nekane García Razquin, trabajadora social del SSB del Ayuntamiento de Orkoien.

Suplente: don Raúl Valenciano Rodríguez, educador social del SSB del Ayuntamiento de Orkoien.

Vocal 2: doña Cristina Ochotorena Uranga, oficial administrativa Área de Personal del Ayuntamiento de Orkoien.

Suplente: doña María Olaetxea Otermin, oficial administrativa Registro-Padrón del Ayuntamiento de Orkoien.

Vocal 3: don Jose Ignacio Ropero Sánchez, representación sindical personal funcionario.

Suplente: doña Eva Faure Gurbindo, representación sindical personal funcionario.

Vocal secretario: doña M.ª Ángeles Díaz Ramos, secretaria municipal.

Suplente: doña M.ª José Aragón García, interventora municipal.

5.2. El tribunal habrá de constituirse con anterioridad al inicio de las pruebas.

5.3. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.4. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases contenidas en esta convocatoria.

5.5. El tribunal podrá incorporar asesoramiento especializado para todas o algunas de las pruebas. La asesoría se limitará al ejercicio de su especialidad técnica y colaborará con el tribunal en base exclusivamente a aquella.

6.–Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición constará de dos fases: una de concurso y otra de oposición, en la forma indicada en las presentes bases.

6.2. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios que forman parte de la fase de oposición. Los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se harán públicos en los tablones de anuncios de la casa consistorial con una antelación de 48 horas.

7.–Fase de concurso.

7.1. La fase de concurso no tiene carácter eliminatorio. Su objeto es valorar los méritos de cada aspirante, y tendrá una puntuación máxima de 30 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Por experiencia profesional, hasta un máximo de 20 puntos.

b) Por formación complementaria de contenido directamente relacionado con las funciones del puesto de trabajo, hasta un máximo de 10 puntos.

7.2. El tribunal valorará, conforme al baremo recogido en el Anexo IV, los méritos alegados y probados documentalmente por las personas aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en el concurso oposición.

7.3. El tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por las aspirantes.

8.–Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición constará de una única prueba, y su puntuación máxima será de 70 puntos. La prueba consistirá en la realización de un único ejercicio que consistirá en contestar a un cuestionario de preguntas con varias opciones de respuesta, de las que sólo una de ellas será válida sobre el temario incluido en el Anexo II. Penalizarán las respuestas erróneas en la proporción que el tribunal establezca con anterioridad al comienzo de las mismas. La puntuación máxima de este ejercicio será de 70 puntos, quedando eliminadas las personas aspirantes que no obtengan un mínimo de 35 puntos.

8.2. En la realización de esta prueba no se permitirá la consulta de ningún texto, salvo bolígrafo, de tinta azul o negra.

8.3. La prueba de la fase de oposición se realizará mediante llamamiento único, a las que las aspirantes deberán acudir con el DNI a efectos de su correcta acreditación, quedando eliminadas aquellas que no se presenten en la fecha, hora y lugar anunciado, por cualquier motivo.

8.4. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para las personas aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

9.–Relación de personas aprobadas, propuesta de contratación y presentación de documentos.

9.1. Terminada la calificación del ejercicio, el tribunal hará públicas en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Orkoien la relación de personas aprobadas por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones obtenidas por cada persona aspirante en las fases de concurso y oposición, y dará traslado de la mismas al órgano convocante con la propuesta de contratación en favor de la persona aspirante con mayor puntuación.

9.2. Dentro de los 15 días naturales siguientes al de publicación de los resultados, la persona aspirante propuesta deberá aportar en el Registro General del Ayuntamiento, los siguientes documentos:

a) Copia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

b) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separada del servicio de cualquier Administración pública.

c) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias del cargo conforme a los protocolos médicos establecidos para las actividades a desarrollar en el puesto objeto de la convocatoria. La persona aspirante que no obtenga la calificación de "apto" en el citado examen médico no podrán ser contratadas.

d) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones del cargo.

La persona aspirante propuesta que no tenga la nacionalidad española deberá presentar declaración jurada de no estar sometida a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) En su caso, la documentación complementaria que les sea requerida desde el Ayuntamiento de Orkoien.

9.3. Quien dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser contratada, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido.

9.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Ayuntamiento de Orkoien cubrirá la baja con la persona aspirante incluida inmediatamente a continuación en la relación de personas aprobadas a que se refiere el apartado 9.1.

10.–Contratación.

10.1. Concluido el procedimiento selectivo y aportado por la persona aspirante los documentos a que se refiere la base anterior, la alcaldía procederá a su contratación.

10.2. El resultado de la convocatoria será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

10.3. La persona seleccionada deberá formalizar el contrato en el plazo de un mes a contar desde la notificación del resultado del concurso-oposición. Si en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no formalizaran el contrato, perderán todos los derechos para la contratación. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 9.

11.–Lista de aspirantes a la contratación temporal.

11.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, el alcalde presidente del Ayuntamiento de Orkoien constituirá las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, de acuerdo al procedimiento establecido en la base 13 de esta convocatoria.

–Lista de personas aprobadas sin plaza.

–Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo.

12.–Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal.

Recibido el expediente del tribunal calificador, por resolución del alcalde presidente del Ayuntamiento de Orkoien, se concederá a las personas aprobadas sin plaza, así como a las que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de dicha resolución, para presentar la siguiente documentación:

a) Copia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

b) En su caso, la documentación complementaria que les sea requerida desde el Ayuntamiento de Orkoien.

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

Finalizado el plazo de presentación de documentación, por resolución del alcalde presidente del Ayuntamiento de Orkoien, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de personas aprobadas sin plaza.

b) Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo y no hayan resultado aprobados sin plaza.

El orden de las aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para las aprobadas sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la mayor puntuación obtenida en la suma de las pruebas superadas.

14.–Protección de datos de carácter personal.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) se informa a las personas aspirantes de las siguientes cuestiones:

–El responsable del tratamiento de los datos personales facilitados como consecuencia de la participación en esta convocatoria es el Ayuntamiento de Orkoien.

–La finalidad del tratamiento es la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza a jornada completa del puesto de trabajo de limpieza, en régimen laboral fijo.

–La base jurídica que permite el tratamiento es:

  • Artículo 6.1.c) del RGPD Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
  • Artículo 6.1.b) del RGPD Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales.

–Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recogen y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la convocatoria y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. (Instrucciones para la evaluación y eliminación de documentos de las Entidades Locales de Navarra).

–Los datos se comunicarán en los supuestos legalmente previstos y se publicarán conforme a lo dispuesto en la convocatoria.

–Los y las titulares pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad en las oficinas municipales, a través de la sede electrónica o en la dirección del delegado de protección de datos (delegadoprotecciondatos@orkoien.com).

–Así mismo tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es) si consideran que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente o hacerlo previamente ante el delegado de protección de datos en la dirección anteriormente indicada.

15.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir; o bien,

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación en que se recurra.

c) Recurso de reposición ante el órgano remanente en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación.

ANEXO I.–MODELO DE INSTANCIA

Don/Doña ............................................................................................................................................., mayor de edad, con DNI número ......................................., con fecha de nacimiento .........................., natural de ........................................, (..........................,), con domicilio en ..............................., (..........................,), calle .........................., número, .............., piso .........................., código postal .........................., teléfono .........................., comparece y como mejor proceda,

EXPONE:

Que solicita ser admitido/admitida a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza del puesto de trabajador/trabajadora familiar, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número .............................., de fecha ............................................, cuyas bases declara conocer y aceptar expresamente,

Que cumple en tiempo y forma todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Que aporta fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o documento oficial equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

Que podrá desplazarse por sus propios medios a los distintos lugares de trabajo.

Que aporta certificados originales o copias autenticadas acreditativos de los méritos que desea hacer valer en la fase de concurso*

Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan. (En hoja aparte se especificarán las adaptaciones que se solicitan y los motivos de la solicitud)*.

Que aporta documentación acreditativa de la condición de persona con discapacidad, expedida por el organismo competente*.

Por todo lo cual,

SOLICITA:

Que teniendo por presentada esta instancia en tiempo y forma se admita a quien suscribe a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza del puesto de trabajador/trabajadora familiar del SSB del Ayuntamiento de Orkoien.

(*) Marcar únicamente cuando proceda.

(Fecha y firma de la persona solicitante)

EXCELENTÍSIMO SEÑOR ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ORKOIEN.

Información básica de protección de datos. Responsable del tratamiento: Ayuntamiento de Orkoien. Finalidad: gestión de la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo. Derechos: acceso, rectificación supresión y otros derechos como se indica en la información ampliada que está disponible en la base 14 de la convocatoria.

ANEXO II.–TEMARIO ADMINISTRATIVO

1.–Régimen legal de las entidades locales de Navarra: Municipios. Competencias locales. Organización y Administración.

2.–El Ayuntamiento. Composición. Elección de sus miembros. El Pleno, la Alcaldía y la Comisión de Gobierno. Las Comisiones Informativas. Funcionamiento de los organismos municipales.

3.–El Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Clases de personal. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Provisión de puestos de trabajo. Retribuciones. Derechos y Deberes. Régimen disciplinario.

ANEXO III.–TEMARIO PROFESIONAL

1.–Ley Foral 15/2006, de 14 diciembre, de Servicios Sociales de Navarra.

2.–Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia.

3.–Ordenanza Municipal Reguladora del Servicio de Atención a Domicilio.

4.–El Programa de Atención a Personas con dificultades de Autovalimiento en el marco de los Servicios Sociales de Base. El Servicio de Atención a Domicilio. Definición. Destinatarios. Situaciones objeto de atención. Análisis y repercusión de los cambios sociales y familiares en el Servicio de Atención a Domicilio.

5.–El/La trabajador/trabajadora familiar en el Servicio de Atención a Domicilio: Funciones y características de su trabajo, Ética profesional en el marco de los Servicios Sociales de Base, el manejo de la información confidencial en la relación con otros servicios.

6.–La comunicación y las habilidades sociales del/la trabajador/trabajadora familiar en su práctica profesional. El manejo de situaciones de conflicto. Trabajo en equipo en el marco de los servicios sociales. La coordinación del/la trabajador/trabajadora familiar con el resto de profesionales del equipo.

7.–Tercera Edad. Características y necesidades más importantes. Situaciones susceptibles de ser atendidas por el Servicio de Atención a Domicilio.

8.–Discapacidades físicas y psíquicas. Características y necesidades más importantes. Situaciones susceptibles de ser atendidas por el Servicio de Atención a Domicilio,

9.–Hábitos saludables, nutrición y alimentación, ejercicio físico y sueño, Prevención de accidentes. Primeros auxilios. Higiene personal y de la vivienda. Aplicación de Ayudas técnicas para cuidados personales, movilidad, alimentación y acondicionamiento del hogar,

10.–La atención de las personas cuidadoras desde el Servicio de Atención a Domicilio. La intervención y funciones del/la trabajador/ trabajadora familiar.

ANEXO IV.–BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS

a) Experiencia profesional, hasta un máximo de 20 puntos.

Por servicios prestados como trabajador/trabajadora familiar en alguna Empresa o Administración pública, con las funciones propias del puesto objeto de la convocatoria, valorándose 1 punto por cada año completo, con un máximo de 20 puntos. Las prestaciones de servicio en régimen de jornada inferiores a la completa, y las inferiores al año se prorratearán proporcionalmente.

La experiencia profesional se justificará mediante la presentación de la certificación oportuna de la Empresa o Administración contratante.

En los certificados de la Empresa o de la Administración contratante deberá constar: La categoría profesional, el tipo de jornada (con indicación del porcentaje o número de horas en el caso de jornadas a tiempo parcial) y las fechas exactas de inicio y terminación del periodo trabajado.

Notas para la valoración de la experiencia profesional:

1.ª Únicamente serán baremados aquellos méritos perfeccionados a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.ª En el supuesto de que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas fechas, se valorará únicamente aquél del que se derive la puntuación más favorable para la persona aspirante.

3.ª Los contratos a tiempo parcial, así como los de periodos inferiores al año, se computarán de forma proporcional.

b) Formación complementaria de contenido directamente relacionado con las funciones del puesto de trabajo, hasta un máximo de 10 puntos, conforme al siguiente baremo:

Por cada curso/cursillo de menos de 20 horas de duración: 0,5 puntos.

De 20 y más horas sin llegar a 40 horas: 1 punto.

De 40 y más horas sin llegar a 100 horas: 1,5 puntos.

De 100 y más horas de duración: 2 puntos.

Orkoien, 14 de noviembre de 2024.–El alcalde, Alejandro López Orejuela.

Código del anuncio: L2416683

Hace cien años

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