1. Comunidad Foral de Navarra
1.2. Autoridades y Personal
1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones
ORDEN FORAL 11E/2024, de 15 de octubre, del consejero de Presidencia e Igualdad, por la que se nombra a las personas integrantes de la Comisión para la Coordinación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y las entidades locales de Navarra en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
El artículo 12 de la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de Igualdad entre Mujeres y Hombres, dispone que el Gobierno de Navarra, a través del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, establecerá una estructura de coordinación con entidades locales municipales y supramunicipales para el desarrollo de lo establecido en esta ley foral, que se desarrollará reglamentariamente.
Por Decreto Foral 44/2024, de 30 de abril, se crea la Comisión para la Coordinación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y las entidades locales de Navarra en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y se regulan sus funciones, composición y régimen de funcionamiento.
La Comisión para la coordinación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y las entidades locales de Navarra en materia de igualdad entre mujeres y hombres, es el órgano de composición mixta, de carácter interinstitucional, de colaboración, cooperación y coordinación entre la administración foral y la administración local para la integración del principio de igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de la violencia hacia las mujeres en todas las políticas públicas de la Comunidad Foral.
El artículo 6 del Decreto Foral 44/2024, de 30 de abril, señala que la presidencia de la Comisión será ocupada por la persona titular del departamento competente en materia de igualdad entre mujeres y hombres, que la vicepresidencia primera será ocupada por la persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, y que la vicepresidencia segunda será ocupada por la persona que ejerza la presidencia de la Federación Navarra de Municipios y Concejos, siendo que el nombramiento y cese de las personas integrantes designadas por entidades que no pertenezcan a la Administración de la Comunidad Foral, se realizará por parte de la persona titular del departamento competente en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
Por su parte el artículo 10, señala que las personas miembros de la comisión que lo sean por razón del cargo que ocupan, lo serán mientras ostenten el cargo para el que hayan sido nombradas.
El Decreto Foral 44/2024, de 30 de abril, establece que ocuparán las vocalías representantes del Gobierno de Navarra, de las entidades locales de Navarra debiendo ser designadas por la Federación de Municipios y Concejos, y por los grupos de acción local, debiendo las entidades facultadas para proponer el nombramiento de vocales proponer, asimismo, a sus suplentes.
En el caso de las personas que ocupen el cargo de vocalías por designación, serán elegidas para un período de cuatro años, siempre y cuando concurran los requisitos esenciales para ello, pudiendo ser reelegidas por periodos de igual duración.
Finalmente, su artículo 11 dispone que toda vacante que se produzca por causa distinta a la expiración del mandato será cubierta por la persona suplente, finalizando el mandato, en todo caso, al mismo tiempo que el del resto de vocales.
Tanto la Federación Navarra de Municipios y Concejos como los grupos de acción local, han designado sus representantes.
La Subdirección Jurídica y de Gestión eleva propuesta de nombramiento de las personas integrantes de la Comisión para la Coordinación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y las entidades locales en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y por el Decreto Foral 238/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia e Igualdad,
ORDENO:
1.º Nombrar, de conformidad con el artículo 6.º del Decreto Foral 44/2024, de 30 de abril, por el que se crea la Comisión para la Coordinación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y las entidades locales de Navarra en materia de igualdad entre mujeres y hombres, como integrantes de la misma a las siguientes personas:
a) En representación del Gobierno de Navarra:
–La persona titular de la Subdirección de Ciudadanía, Empoderamiento y Participación de las Mujeres del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.
–La persona titular de la Subdirección de Gobernanza para la Igualdad del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.
–La persona titular de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.
b) En representación de las entidades locales de Navarra:
–Doña Itziar Imaz Artázcoz, alcaldesa de Puente la Reina, como titular y doña Susana Castanera Gómez, alcaldesa de Allo y presidenta de la Mancomunidad de Montejurra, como suplente.
–Doña María Amparo Viñuales Gale, alcaldesa de Roncal como titular, y doña Berta Arizkun González, alcaldesa de Burlada, como suplente.
–Don Tirso Calvo Zardoya, alcalde de Ribaforada como titular, y don Joseba Asirón Saez, alcalde de Pamplona, como suplente.
c) En representación de los grupos de acción local:
–Doña Ana Elcano Sesma, técnica de igualdad del Consorcio de Desarrollo de la zona Media, como titular y doña Aurora Sanz Diéguez, técnica de igualdad de Asociación TEDER, como suplente.
d) En calidad de personal experto, con voz, pero sin voto:
–Doña Vanesa Eguíluz, técnica de igualdad del Ayuntamiento de Pamplona, y doña Eider Pérez de Heredia, técnica de igualdad del Ayuntamiento de Baztán.
2.º Designar secretaria de la Comisión a doña Marina Malvido Goñi, secretaria del Consejo Navarro de Igualdad, que será sustituida en casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa justificada, por quien ocupe el cargo de vocalía de menor edad, que conservará todos sus derechos como tal.
3.º Trasladar esta orden foral al Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua y a las personas nombradas como representantes de la Administración de la Comunidad Foral y notificarla al resto de personas interesadas, a los efectos oportunos.
4.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, para general conocimiento.
Pamplona, 15 de octubre de 2024.–El consejero de Presidencia e Igualdad, Félix Taberna Monzón.
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